La Orden Ministerial número 42/2000, de 28 de febrero, aprobó las directrices generales para la elaboración de los planes de estudios de la enseñanza militar de formación de los militares profesionales de tropa y marinería, y se modificó parcialmente por la Orden DEF/462/2002, de 19 de febrero.
Las Instrucciones 214/2001, de 3 de octubre, del Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra; 35/2001, de 2 de febrero, del Jefe del Estado Mayor de la Armada, y 132/2001, de 6 de junio, del Estado Mayor del Ejército del Aire, aprobaron los planes de estudios de las diferentes especialidades de los militares profesionales de tropa y marinería de sus respectivos Ejércitos.
El Real Decreto 1244/2002, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de acceso de extranjeros a la condición de militar profesional de tropa y marinería en su capítulo III, artículo 10, señala la necesidad de incrementar la formación de estos alumnos en lo referente al conocimiento de los valores constitucionales y las instituciones, así como la cultura y la historia de España; ello hace necesario adaptar la Orden Ministerial antes citada para dar cabida o, en su caso, ampliar estos conceptos.
En su virtud, y conforme a lo dispuesto en la disposición final primera del Real Decreto 1244/2002, de 29 de noviembre, dispongo:
La presente Orden Ministerial tiene por finalidad adaptar la Orden Ministerial número 42/2000, de 28 de febrero, sobre directrices generales de los planes de estudios de la enseñanza militar de formación de los militares profesionales de tropa y marinería, modificada parcialmente por la Orden DEF/462/2002, de 19 de febrero, a lo dispuesto en el artículo 10, Capítulo III, del Real Decreto 1244/2002, de 29 de noviembre por el que se aprueba el reglamento de acceso de extranjeros a la condición de militar profesional de tropa y marinería.
La presente Orden Ministerial será sólo de aplicación a aquellos extranjeros que accedan a la condición de militar profesional de tropa y marinería del Ejército de Tierra, Armada y Ejército del Aire.
Las Instrucciones 214/2001, de 3 de octubre, del Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra; 35/2001, de 2 de febrero, del Jefe del Estado Mayor de la Armada, y 132/2001, de 6 de junio, del Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire, por las que se aprueban los planes de estudios de las diferentes especialidades de los militares profesionales de tropa y marinería de Ejército de Tierra, Armada y del Ejército del Aire, serán de aplicación a los extranjeros que accedan a la enseñanza militar de formación, aumentando los contenidos de los mismos con la inclusión de un módulo de formación complementaria
1. Capacidades terminales:
Completar los conocimientos sobre el ordenamiento constitucional español.
Conocer de forma básica la geografía física de España y su situación en el mundo.
Conocer de forma básica la historia de España.
Conocer de forma básica la estructura del Estado Español, así como la unidad y pluralidad cultural de España.
2. Contenidos básicos:
Principales rasgos geográficos de España, su situación en Europa y en el mundo.
Relieve, clima, cuencas. Organización territorial de España, mapa autonómico. De los pueblos prerromanos a las invasiones musulmanas.
La España de los Reyes Católicos y el descubrimiento de América.
La España de los Austrias. El Imperio de Carlos V.
De la dinastía de los Borbones a la segunda República.
La Guerra Civil. El franquismo y la Transición.
Estructura del Estado español. El poder Legislativo. El poder Ejecutivo. El poder Judicial.
El Estado de las Autonomías.
3. Asignación de horas lectivas:
El módulo de formación complementaria, se impartirá durante el periodo de formación general militar, y tiene asignadas un total de veinticuatro horas (24 horas) de formación teórica.
Los Jefes de los Estados Mayores del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, aprobarán en el plazo de un mes, contado a partir de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado, las adaptaciones de las Instrucciones 214/2001, de 3 de octubre, del Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra, 35/2001, de 3 de febrero del Jefe del Estado Mayor de la Armada y 132/2001, de 6 de junio del Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire, por las que se aprueban respectivamente los planes de estudios de las diferentes especialidades de los militares profesionales de tropa y marinería del Ejército de Tierra, la Armada y del Ejército del Aire a lo dispuesto en la presente Orden Ministerial.
La presente Orden Ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 9 de mayo de 2003.
TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid