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Documento BOE-A-2003-14869

Resolución de 22 de julio de 2003, de la Secretaría de Estado de Organización Territorial del Estado, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, en relación con las Leyes de Canarias 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias y 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 24 de julio de 2003, páginas 28789 a 28789 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2003-14869

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría de Estado, dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 22 de julio de 2003.‒El Secretario de Estado, Gabriel Elorriaga Pisarik.

ANEXO

D.ª Isabel Benzo Sainz y D. Miguel Becerra Domínguez, Secretarios de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias.

CERTIFICAN:

Que en la reunión de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, celebrada el día 21 de julio de 2003, se adoptó el siguiente Acuerdo:

1.º) Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con los preceptos siguientes:

Artículos 7, 11.2, 56.2, 64 y disposición adicional segunda en relación con el artículo 2.4 de la Ley de Canarias 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias.

Artículos 16.1 y 17 de la Ley de Canarias 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias.

2.º) Designar un grupo de trabajo, compuesto por un número igual de miembros de cada una de las representaciones, para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación las soluciones que procedan, pudiendo comprender, en su caso, la modificación de los preceptos señalados.

3.º) Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, antes del próximo 23 de julio de 2003, por cualquiera de los órganos mencionados en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, a los efectos que en el propio precepto se contemplan de ampliación del plazo al Excmo. Sr. Presidente del Gobierno para la interposición del recurso de inconstitucionalidad frente a las Leyes citadas, así como insertar el presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Canarias».

Y para que conste y surta los oportunos efectos, se expide la presente certificación por los Secretarios de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, a 21 de julio de 2003.

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