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Documento BOE-A-2003-4455

Resolución de 14 de febrero de 2003, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del acta donde se contiene la revisión salarial final para el año 2002 y la provisional para el año 2003 y las correspondientes tablas salariales del Convenio Colectivo estatal para el Sector de Industrias Extractivas, Industrias del Vidrio, Industrias Cerámicas y para los/as del Comercio Exclusivista de los mismos materiales.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 2003, páginas 8576 a 8586 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2003-4455
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2003/02/14/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta donde se contiene la revisión salarial final para el año 2002 y la provisional para el año 2003 y las correspondientes tablas salariales del Convenio Colectivo estatal para el Sector de Industrias Extractivas, Industrias del Vidrio, Industrias Cerámicas y para los/as del Comercio Exclusivista de los mismos materiales (código de Convenio número 9902045), que han sido suscritas de una parte por la Confederación Empresarial Española del Vidrio y la Cerámica en representación de las empresas del Sector y de otra por las Organizaciones Sindicales MCA-UGT, FIA-UGT y FITEQA-CC.OO en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta y tablas salariales en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de febrero de 2003.–La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

COMISIÓN MIXTA DE INTERPRETACIÓN

Acta de revisión salarial final de 2002 y provisional para el año 2003

Asisten:

Por la representación empresarial:

Don Manuel Campos.

Don Juan Antonio Bueno Aranda.

Don Antonio Jiménez Frauca.

Don Álvaro Rodríguez Hesles.

Don Lluís Fradera Marcet.

Don Luis Adolfo Martínez.

Don José Carlos Sanz.

Don José Tomás Reyes.

Don Carlos Martí.

Don Jaumeg Puig.

Doña Susana Méndez Plaza.

Por la representación sindical:

MCA UGT: Don Pedro Echániz Biota.

FIA UGT:

Don Adolfo López Amigó.

Don Antonio Martínez López.

CC.OO.:

Don Fernando Justo.

Don José Espinosa.

Don Manuel Fernández.

Secretario: Don José Luis Alonso.

En Madrid siendo las doce horas del día 22 de enero de 2003, previa convocatoria al efecto se reúnen en la sede de la Confederación Empresarial Española del Vidrio y la Cerámica, sita en Gran Vía 80, los representantes empresariales, sindicales y el secretario que figuran referenciados para deliberar y tomar acuerdos sobre el siguiente orden del día:

ORDEN DEL DÍA

1. Revisión de las tablas salariales de 2002.

2. Confección de las tablas salariales provisionales para el 2003.

3. Atrasos y diferencias por revisión salarial.

1. Revisión de las tablas salariales de 2002:

1.1 Confección de las tablas salariales finales correspondientes al año 2002 teniendo en cuenta el IPC real (4 por 100) mas el 0,70 pactado.

Constatado que el IPC para el año 2002 asciende al 4 por 100 y a la vista de los artículos 7 y 8 del Convenio Colectivo Estatal.

Se acuerda que las tablas salariales para el año 2002 sean las de 2001 incrementadas en un 4,70 por 100.

a) Tablas Salariales Revisadas: Se unen como anexo formando parte de la presente, las siguientes:

1. Tablas Salariales Generales (anexo II).

2. Tablas Salariales para la Provincia de Madrid (anexo III).

3. Tablas salariales para el Subsector de Vidrio al Soplete (anexo IV).

4. Tablas Salariales para la Fabricación de Frascos y envases de Vidrio por Procedimiento Automático, Provincia de Barcelona (anexo V).

5. Tablas Salariales para la Fabricación y Enriquecimiento de Vidrio Hueco de Barcelona (Servicio de Mesa) (anexo VI).

6. Tablas Salariales para el Sector de Industrias Extractivas y Explotación y Manufacturas de Tierras Industriales (anexo VII).

7. Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Valencia (anexo VIII).

8. Tablas Salariales para el Sector de Baldosín Cerámico de la Provincia de Valencia (anexo IX).

9. Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Barcelona (anexo X).

10. Tablas Salariales para la Cerámica de Valencia (anexo XI).

11. Tabla de referencia a aplicar a las empresas que se incorporen al Convenio a partir del 1 de enero de 1999, en tanto ejerciten la opción establecida en el artículo 73 del presente Convenio (anexo XIII).

12. Tablas Salariales para el Vidrio de Zaragoza (anexo XIII).

b) Otros conceptos:

Salario mínimo garantizado: 9.073,60 euros.

Media dieta: 5,29 euros.

Dieta completa: 33,90 euros.

2. Confección de las tablas provisionales para el año 2003:

2.1 Confección de las tablas provisionales para el año 2003 según el IPC previsto 2 por 100, más 0,70 por 100 pactado.

Conocido que el IPC previsto para el año 2003 asciende al 2 por 100 y visto que el artículo 7 del Convenio Colectivo Estatal, establece un incremento para el 2003 del IPC previsto más 0,70 puntos.

Se acuerda que las tablas salariales provisionales para el año 2003 sean las de 2002 anteriormente acordadas, incrementadas en un 2,70 por 100.

a) Tablas Salariales Revisadas: Se unen como anexo formando parte de la presente, las siguientes:

1. Tablas Salariales Generales (anexo II).

2. Tablas Salariales para la Provincia de Madrid (anexo III).

3. Tablas salariales para el Subsector de Vidrio al Soplete (anexo IV).

4. Tablas Salariales para la Fabricación de Frascos y envases de Vidrio por Procedimiento Automático, Provincia de Barcelona (anexo V).

5. Tablas Salariales para la Fabricación y Enriquecimiento de Vidrio Hueco de Barcelona (Servicio de Mesa) (anexo VI).

6. Tablas Salariales para el Sector de Industrias Extractivas y Explotación y Manufacturas de Tierras Industriales (anexo VII).

7. Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Valencia (anexo VIII).

8. Tablas Salariales para el Sector de Baldosín Cerámico de la Provincia de Valencia (anexo IX).

9. Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Barcelona (anexo X).

10. Tablas Salariales para la Cerámica de Valencia (anexo XI).

11. Tabla de referencia a aplicar a las empresas que se incorporen al Convenio a partir del 1 de enero de 1999, en tanto ejerciten la opción establecida en el artículo 73 del presente Convenio (anexo XIII).

12. Tablas Salariales para el Vidrio de Zaragoza (anexo XIII).

b) Otros conceptos:

Salario mínimo garantizado: 9.318,59 euros.

Media dieta: 5,43 euros.

Dieta completa: 34,81 euros.

Póliza de seguros por accidente de trabajo: 15.848 euros.

3. Atrasos y diferencias por revisión salarial:

Los atrasos derivados del incremento pactado para el año 2003, se abonarán en un solo pago, dentro del mes siguiente al de la publicación de las tablas en el «Boletín Oficial del Estado».

Las diferencias por revisión salarial del año 2002 se abonarán con efectos retroactivos al 1 de enero de 2002, en una sola paga y durante los dos meses siguientes a la publicación oficial del IPC (14 de enero de 2003).

Se acuerda que el Acta sea firmada por cuatro miembros de la representación empresarial, dos por FITEQA CC.OO y dos por UGT (uno por FIA y uno por MCA) más el Secretario.

ANEXO II
Tablas salariales finales año 2002

INCREMENTO IPC REAL (4) + -0,7 PUNTOS

Generales

Grupo profesional

Nivel salarial Categoría profesional

Día

– 

Euros

7 II Personal Titulado Superior. 25,41
6 III Personal Titulado Medio. 23,87
  IV Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.a. 23,12
  V Jefe Administración 2.a, Jefe de Sección. 22,41
5 VI Oficial Administrativo 1.a, Técnico de Organización 1.a, Jefe Taller, Encargado. 21,71
  VII Técnico de Organización 2.a, Contramaestre, Especialista Oficio. 21,03
4 VIII Oficial Administrativo 2.a, Oficial 1.a operario. 20,31
  IX Auxiliar Administrativo, Oficial 2.a operario. 19,40
3 X Especialista de 1.a, Oficial 3.a operario. 18,68
2 XI Especialista de 2.a, Peón especializado. 18,29
1 XII Peón, Personal de limpieza. 18,14
Pluses:  
Asistencia: Por día efectivamente trabajado. 3,02
Transporte: Por día efectivamente trabajado. 2,31
ANEXO III
Tablas salariales finales año 2002

INCREMENTO IPC REAL(4) + 0,7 PUNTOS

Provincia de Madrid

Grupo profesional

Nivel salarial Categoría profesional

Día

– 

Euros

7 II Personal Titulado Superior. 25,41
6 III Personal Titulado Medio. 23,87
  IV Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.a. 23,35
  V Jefe Administración 2.a, Jefe de Sección. 22,86
5 VI Oficial Administrativo 1.a, Técnico de Organización 1.a, Jefe Taller, Encargado. 22,37
  VII TécnicodeOrganización2.a, Contramaestre, Especialista Oficio. 21,91
4 VIII Oficial Administrativo 2.a, Oficial 1.a operario. 21,71
  IX Auxiliar Administrativo, Oficial 2.a operario. 21,06
3 X Especialista de 1.a, Oficial 3.a operario. 20,66
2 XI Especialista de 2.a, Peón especializado. 20,11
1 XII Peón, Personal de limpieza. 19,61

Pluses:

 
Asistencia: Por día efectivamente trabajado 2,49
Transporte: Por día efectivamente trabajado 2,29
Dietas:  
Comida y pernocta. 16,67
ANEXO IV
Tablas salariales finales año 2002

INCREMENTO IPC REAL(4) + 0,7 PUNTOS

Subsector del Vidrio al soplete

Grupo profesional

Nivel salarial Categoría profesional

Día

– 

Euros

7 II Personal Titulado Superior. 49,08
6 III Personal Titulado Medio. 45,64
  IV Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.a. 43,00
  V Jefe Administración 2.a, Jefe de Sección. 37,20
5 VI Oficial Administrativo 1.a, Técnico de Organización 1.a, Jefe Taller, Encargado. 31,45
  VII Técnico de Organización2.a, Contramaestre, Especialista Oficio. 30,53
4 VIII Oficial Administrativo 2.a, Oficial 1.a operario. 25,54
  IX Auxiliar Administrativo, Oficial 2.a operario. 22,73
3 X Especialista de 1.a, Oficial 3.a operario. 21,36
2 XI Especialista de 2.a, Peón especializado. 20,12
1 XII Peón, Personal de limpieza. 19,61
Pluses:  
Asistencia: Por día efectivamente trabajado. 2,36
Transporte: Por día efectivamente trabajado. 2,18
ANEXO V
Tablas salariales finales año 2002

INCREMENTO IPC REAL(4) + 0,7 PUNTOS

Fabricación de frascos y envases de vidrio por procedimiento automático provincia de Barcelona

Categoría profesional Básico PAC Semana
Personal con remuneración mensual      
Técnicos y directivos:      
Jefe de fabricación. 734,26 537,86 33,25
Encargado de sección. 618,54 274,30 33,25
Contramaestre. 598,41 158,15 33,25
Delineante superior. 638,29 263,06 33,25
Delineante de 1.a. 618,33 220,50 33,25
Delineante de 2.a. 618,33 141,05 33,25
Auxiliares de 1.a. 557,26 94,04 33,25
Auxiliares de 2.a. 537,31 38,71 33,25
Administrativos:      
Jefe de 1.a. 679,44 355,14 33,25
Jefe de 2.a. 637,86 262,68 33,25
Oficial de 1.a. 618,33 205,03 33,25
Oficial de 2.a. 578,46 156,28 33,25
Auxiliares. 567,51 54,53 31,75
Aspirantes. 557,26 54,53 31,75
Mercantiles:      
Jefe de ventas. 638,29 264,58 33,25
Viajante o Agente. 618,33 96,83 33,25
Oficial de ventas. 557,26 76,22 31,75
Subalternos:      
Listeros. 404,62 95,48 30,21
Cobradores. 557,26 83,70 31,75
Capataces de peones. 537,86 101,83 30,21
Almacenero. 537,34 100,31 30,21
Vigilante y Portero. 557,29 20,41 31,75
Sanitario y Ordenanza. 537,31 20,41 30,21
Personal de remuneración diaria      
Obreros:      
Arqueta. 17,67 2,26 32,00
Conductor máquina 1s ks. Potg. 19,30 4,03 33,25
Mecánico Mak 1 s ks. De primera. 19,30 4,03 33,25
Mecánico Mak 1 s ks. De segunda. 19,30 3,92 33,25
Maquinista de primera. 19,30 4,03 33,25
Maquinista de segunda. 19,30 3,92 33,25
Fundidor de primera. 19,30 3,92 33,25
Sacador de primera. 19,30 3,49 33,25
Oficial primera de servicios auxiliares. 19,30 3,49 33,25
Sacador de segunda. 18,55 3,65 27,82
Soplador de primera. 17,89 1,27 31,75
Vigilante Arca y Arca Corr. 17,89 1,27 31,75
Ayudante (todos). 17,89 1,27 31,75
Soplador de segunda. 17,89 1,27 31,75
Peones especializados. 17,20 1,74 30,21
Oficial segunda de servicios oficiales. 18,55 2,92 30,23
Peones y servicio limpieza. 16,59 1,46 30,23

 Además, todo el personal percibirá, por día trabajado, las siguientes cantidades:

Plus estímulo empresarial. 1,68
Plus estimulo empresarial: Peones y Peones especializados. 2,72
Transporte:  
Personal domiciliado dentro de un radio de 1 km. 0,43
Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 km. 0,63
Personal domiciliado a más de tres kilómetros. 0,88
Prendas de trabajo ( por sustitución de sus entrega). 0,41

Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, Patrono de la Industria Vidriera. Las empresas, abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a cinco días de salario básico, más el plus de actividad correcta incrementada, en su caso con el premio de antigüedad, si correspondiera.

ANEXO VI
Tablas salariales finales año 2002

INCREMENTO IPC REAL (4) + 0,7 PUNTOS

Fabricación y enriquecimiento de vidrio hueco de Barcelona (servicio de mesa)

Categoría profesional Básico PAC Semana
Personal con remuneración mensual      
Técnicos:      
Jefe de fabricación. 734,26 523,86 33,25
Encargado de sección. 618,33 274,30 33,25
Contramaestre. 597,47 188,29 33,38
Administrativos:      
Jefe de primera. 679,44 358,47 33,25
Jefe de segunda. 616,93 254,33 33,25
Oficial de primera. 618,31 172,88 33,25
Oficial de segunda. 578,44 176,21 33,25
Auxiliares. 567,32 42,75 31,75
Aspirantes de 1.a. 557,26 32,38 31,75
Aspirantes de 2.a. 377,76 130,06 22,64
Mercantiles:      
Jefe de ventas. 638,29 248,79 33,25
Viajante o Corredor. 618,33 123,85 33,25
Oficial de ventas. 557,29 83,66 31,75
Subalternos:      
Almacenero. 537,31 99,51 30,21
Capataces de Peones. 537,31 99,51 30,21
Listeros. 537,31 87,46 30,21
Sanitarios y Ordenanzas. 537,31 30,10 30,93
Cobradores. 557,29 117,82 31,75
Guardias y Vigilantes. 537,31 32,68 30,21
Porteros. 537,31 32,68 30,21
Personal de remuneración diaria (profesionales de oficio)      
Gran Plaza:      
Maestro abridor. 20,17 11,04 33,25
Soplador de primera. 19,30 8,53 33,25
Soplador de segunda. 19,30 5,15 33,25
Levantador. 18,90 3,00 31,75
Posteros y Patroneros. 18,55 3,63 31,75
Jarra o 2.o Gran Plaza:      
Abridor. 19,30 8,53 33,25
Soplador. 19,30 3,70 33,25
Levantador de asas. 17,89 1,35 31,75
Fantasía:      
Maestro. 19,30 8,53 33,25
Levantador. 18,55 3,00 31,75
Bohemia de 1.a:      
Soplador. 19,30 8,53 33,25
Patronero. 17,89 5,19 31,75
Bohemia de 2.a:      
Soplador. 19,30 7,53 33,25
Patronero. 17,89 4,84 31,75
Bohemia de 3.a:      
Soplador. 19,30 5,15 33,25
Patronero. 17,89 3,67 31,75
Copa Gas Extra:      
Maestro. 19,30 8,53 33,25
Soplador. 19,30 5,19 33,25
Levantador de pies y piernas. 17,89 1,35 31,75
Vasos Corte y Gas:      
Soplador toda clase. 19,30 29,11 33,25
Soplador pequeños finos. 19,30 2,64 33,25
Copas Gas Corriente:      
Maestro colador pies y pierna. 19,30 7,53 33,25
Soplador. 19,30 4,63 33,25
Levantador de pies y piernas. 16,55 1,35 31,75
Vasos acabados a mano:      
Abridor. 19,30 7,53 33,25
Soplador. 19,30 5,19 33,25
Vasos acabados a mano de 2.a:      
Abridor. 19,30 5,96 33,25
Soplador. 19,30 3,95 33,25
Prensa Refinada Extra:      
Abridor. 19,30 8,71 33,25
Prensador. 19,30 5,96 33,25
Levantador. 18,55 3,00 31,75
Prensa Miniatura:      
Abridor. 19,30 7,30 33,25
Prensador. 19,30 5,15 33,25
Levantador. 18,55 3,00 31,75
Prensa sin Refinar:      
Prensador. 19,30 3,95 33,25
Levantador. 18,55 2,69 31,75
Copas Americanas Extras:      
Colocador de pies. 19,30 6,09 33,25
Soplador. 19,30 5,15 33,25
Levantador. 17,89 1,35 31,75
Copas Americanas Corrientes:      
Colocador de pies. 19,30 0,51 33,25
Soplador. 19,30 4,43 33,25
Levantador. 17,89 1,35 31,75
Tapones a Mano:      
Taponero. 19,30 5,89 33,25
Tapones Prensador (Punzados):      
Taponero. 17,89 1,35 31,75
Producción semiautomática:      
Oficial de primera máquina. 19,30 4,50 33,25
Oficial de primera sacador. 19,30 3,18 33,25
Oficiales de primera soplador. 17,89 1,35 31,75
Oficial de segunda máquina. 19,30 3,48 33,25
Oficiales de segunda sacador. 18,55 3,00 31,75
Oficial de segunda soplador. 17,89 1,70 31,75
A) Sección Acabado      
Cortadores a gas (bohemia/F). 17,89 2,48 31,75
Cortadores a gas corriente. 17,89 2,37 31,75
Fletadores (B. y F.). 18,55 3,00 31,75
Fletadores finos al torno. 18,55 3,00 31,75
Fletadores corriente. 18,55 3,00 31,75
Chaflanadores (B. y F.). 18,55 3,00 31,75
Chaflanadores (sonoro). 18,55 3,00 31,75
Requemadores a mano o maq. 17,89 2,37 31,75
Chaflanadores corrientes. 17,89 2,37 31,75
Despuntilladores. 17,89 2,37 31,75
Pulidores. 17,89 2,37 31,75
Taponadores finos. 19,30 3,48 33,25
Taponadores semifino. 17,89 4,71 31,75
Taponadores ordinario. 17,89 3,63 31,75
B) Sección Enriquecido      
Tallería:      
Tallador de primera. 19,30 6,10 33,25
Tallador de segunda. 19,30 3,95 33,25
Tallador de tercera. 17,89 5,54 31,75
Pulidor. 17,89 2,69 31,75
Decorado:      
Decorador de primera. 19,30 6,10 33,25
Decorador de segunda. 19,30 3,97 33,25
Decorador de tercera. 18,55 2,69 31,75
Mufleros. 18,55 2,22 31,75
Serigrafiados. 18,55 2,22 31,75
Grabado:      
Grabador a la rueda de primera. 19,30 6,10 33,25
Grabadora a la rueda de segunda. 17,89 4,43 31,75
Grabadora a la rueda de tercera. 17,89 3,54 31,75
Grabadora al transporte. 18,55 2,22 31,75
Panteng y Gillog. 18,55 2,22 31,75
C) Sección Temple      
Fundidor de primera. 19,30 3,48 31,75
Fundidor de segunda. 17,89 3,54 31,75
Arqueta. 17,89 2,45 31,75
D) Servicios Auxiliares      
Oficial de primera. 19,30 3,18 33,25
Oficial de segunda. 19,30 1,35 33,25
Crisolista de primera. 19,30 2,22 33,25
Crisolista de segunda. 18,55 1,39 31,75
Peones especializados. 17,20 1,57 30,84
Peones. 16,59 1,46 30,84
Servicio de limpieza. 16,59 1,46 30,84

Además, todo el personal percibirá, por día trabajado, las siguientes cantidades:

Plus estímulo empresarial.

1,68
Personal domiciliado dentro de un radio de 1 km. 0,42
Transporte:  
Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 km. 0,63
Personal domiciliado a más de tres kilómetros. 0,88
Prendas de trabajo ( por sustitución de sus entrega). 0,41

Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, Patrono de la Industria Vidriera. Las empresas, abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a cinco días de salario básico, más el plus de actividad correcta incrementada, en su caso con el premio de antigüedad, si correspondiera.

ANEXO VII
Tablas salariales finales año 2002

INCREMENTO IPC REAL(4) + 0,7 PUNTOS

Sector de industrias extractivas y explotación y manufacturas de minerales industriales

Grupo profesional

Niveles Categoría profesional

Salario base

– 

Euros

    Grupo A) Técnicos  
    I. Titulados  
7 II Ingenieros, Licenciados, Capaz Facultativo, Vigilantes de interior, vigilantes de exterior, Peritos y Practicantes 25,60
    2. No titulados  
6 V Jefe de fábrica o taller. 23,34
5 VI Encargado de taller, Vigilantes de interior, Vigilantes de exterior, Topógrafo y Delineante de primera. 24,04
4 IX

Auxiliar de topógrafo, Calcador de plano y Analista.

19,60
    Grupo B) Administrativos  
6 III Jefe de primera. 24,03
6 V Jefe de segunda. 22,58
5 VI Oficial de primera. 21,87
4 IX

Auxiliar.

19,60
    Grupo C) Subalternos  
5 VII Capataz de peones. 21,21
3 X

Listeros, Almacenero, Guarda Jurado, Portero. Ordenanza, Basculero, Pesador, Enfermero, Dependiente de Economato, Personal de limpieza.

18,83
    Grupo D) Obreros  
    1. Obreros de Interior  
    a) Profesionales de:  
4 VIII Mineros de primera. Barreneros. Estibadores. Picadores. Caminero de primera. 20,43
1 XII

Caminero de segunda.

18,29
    b) Especialistas:  
3 X Ayudantes de Barrenero. Estibador y Picador. Tubero y Bombero. 19,45
2 XI Vagonero. 18,70
    2. Obreros de Exterior  
    a) Profesionales de oficio:  
4 VIII Oficial de primera. 20,30
  IX Oficial de segunda. 19,60
3 X Maquinistas de extracción y de arrastre, carg. Barrenero y Fogonero. 19,45
  X

Oficial de tercera.

18,83
    b) Especialistas:  
2 XI Celadores. Composteros. Lampisteros. Estriadores. Molineros. Trituradores. Ayudante de fogonero. Embasadores de sacos y otras especialidades. 18,29
1 XII c) Peones. 18,14
Pluses:  
Plus de transporte por día debidamente trabajado 2,31
Plus de asistencia por día debidamente trabajado. 3,02
ANEXO VIII
Tablas salariales finales año 2002

INCREMENTO IPC REAL(4) + 0,7 PUNTOS

Comercio y manufacturas de vidrio plano de Valencia

Grupo profesional Nivel Categoría profesional

Salario día

Euros

Plus transporte

Euros

Plus asistencia

Euros

    Operarios      
4 VIII Oficial de primera. 20,31 2,31 3,02
  IX Oficial de segunda. 19,47 2,31 3,02
3 X Ayudante Vigilante. 19,15 2,31 3,02
2 XI Peón especialista. 18,77 2,31 3,02
1 XII Peón ordinario. 18,42 2,31 3,02
    Administrativos      
6 III Jefe de primera. 910,34 49,80 60,80
  V Jefe de segunda. 799,93 49,80 60,80
5 VI Encargado de taller. 729,56 49,80 60,80
  VI Oficial de primera. 729,61 49,80 60,80
4 VIII Oficial de segunda. 633,18 49,80 60,80
  IX Auxiliar, Cobrador, Subalterno. 594,63 49,80 60,80
Dieta:  
Media dieta. 6,10
Comida y pernocta. 18,40
ANEXO IX
Tablas salariales finales año 2002

INCREMENTOIPC REAL(4) +0,7 PUNTOS

Baldosín cerámico de la provincia de Valencia

Grupo

profesional

Nivel Categoría profesional Salario mínimo Salario medio

Salario máximo

5 VII Capataz. 22,24
4 VIII Oficial 1.a. 21,89 26,32 30,74
  IX Oficial 2.a. 21,22 25,41 29,64
3 X Especialista de 1.a. 21,03 25,21 29,41
2 XI Especialista de 2.a. 20,77 24,96 29,16
  XI Especialista de 3.a. 20,73 24,87 29,02
1 XII Peón. 20,62 24,69 28,86
  XIII Pinche. 19,54 23,18 27,32

Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 3,04 euros.

ANEXO X
Tablas salariales finales año 2002

INCREMENTOIPC REAL(4) +0,7 PUNTOS

Manufactura y comercio vidrio plano de Barcelona

Grupo

profesional

Nivel Categoría profesional Salario día
7 II Ingenieros. 35,88
  II Licenciados. 33,78
  II Peritos. 25,32
6 III Ayudante técnico. 23,60
  III Jefe de 1.a administrativo. 29,57
  IV Jefe de fábrica. 33,74
  IV Delineante proyectista. 25,17
  V Jefe de 2.a administrativo. 25,23
5 VI Encargado de taller. 25,23
  VI Delineante. 23,34
  VI Oficial de 1.a administrativo. 24,23
  VI Vendedor. 24,23
  VII Oficial de 2.a administrativo. 22,53
4 VIII Contramaestre. 24,10
  VIII Calcador. 22,36
  VIII Oficial de 1.a. 22,97
  VIII Capataz de Peones. 19,36
  IX Oficial de 2.a. 19,43
  IX Portero. 17,82
  IX Ordenanza. 17,82
  IX Auxiliar administrativo. 18,17
3 X Cobrador. 20,17
  X Listero. 19,70
  X Almacenero. 19,90
  X Guarda jurado. 18,68
  X Guarda ordinario y Vigilante. 17,82
  X Basculero y Pesador. 17,82
  X Sanitario no titulado. 17,82
  X Auxiliar laboratorio. Administrativo mayor de dieciocho años. 17,82
2 XI Oficial de 3.a y Ayudante. 18,73
1 XII Personal de limpieza. 17,82
  XII Peón. 18,24
  XII Botones. 16,14

Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 3,02 euros.

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,30 euros.

Paga de San Antonio: 45,29 euros.

Dietas:

Media dieta: 8,92 euros.

ANEXO XI
Tablas salariales finales año 2002

INCREMENTO IPC REAL(4) + 0,7 PUNTOS

Grupo profesional

Nivel salarial Categoría profesional

Salario día

– 

Euros

7 II Personal Titulado Superior. 33,93
6 III Personal Titulado Medio. 27,64
  IV Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.a. 26,59
  V Jefe Administración 2.a, Jefe de Sección. 24,47
5 VI Oficial Administrativo 1.a, Técnico de Organización 1.a, Jefe Taller, Encargado. 22,86
  VII TécnicodeOrganización2.a, Contramaestre, Especialista Oficio. 22,49
4 VIII Oficial Administrativo 2.a, Oficial 1.a operario. 21,73
  IX Auxiliar Administrativo, Oficial 2.a operario. 21,38
3 X Especialista de 1.a, Oficial 3.a operario. 21,07
2 XI Especialista de 2.a, Peón especializado. 20,79
1 XII Peón, Personal de limpieza. 20,47

Anexo

Redactado conforme a las especificaciones del acuerdo de 22 de septiembre de 1995, publicado en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valencia» número 251, de fecha 21 de octubre de 1996, y que sigue vigente en sus puntos primero, segundo y tercero y todos sus apartados de dicho acuerdo.

ANEXO XII
Tablas salariales finales año 2002

INCREMENTO IPC REAL(4) + 0,7 PUNTOS

Tabla de referencia

A aplicar en las empresas que se incorporen al Convenio a partir de 1 de enero de 1999, en tanto ejerciten la opción establecida en el artículo 73 del presente Convenio.

Grupo Nivel

Salario día

Euros

Salario anual

– 

Euros

7 II 25,41 12.923,70
6 III, IV y V 23,11 11.877,20
5 VI y VII 21,37 11.085,50
4 VIII y IX 19,86 10.398,45
3 X 18,68 9.861,55
2 XI 18,29 9.684,10
1 XII 18,14 9.615,85
       
Plus de asistencia: Por día efectivo de trabajo. 3,02  
Plus de transporte: Por día efectivo de trabajo. 2,31  

Los valores anuales se entienden referidos para supuestos de:

Salario día a razón de 455 días (365 días/año + 30 paga extra de verano + 30 paga extra de Navidad + 30 paga extra de marzo).

Plus de asistencia a razón de 282 días (221 días trabajo efectivo + 21 paga extra de verano + 20 paga extra de Navidad + 20 paga de vacaciones).

Plus de transporte a razón de 221 días (221 días de trabajo efectivo/año).

ANEXO XIII
Tablas salariales finales año 2002

INCREMENTOIPC REAL(4) +0,7 PUNTOS

Vidrio de Zaragoza

Grupo profesional

Nivel salarial Categoría Euro/día Euros
7 II Personal titulado superior. 43,26 19.685,55
6 III Personal titulado medio, Jefe administrativo 1.a. 38,41 17.477,50
  IV Jefe de personal, Encargado general. 37,04 16.854,64
  V Jefe administración 2.a, Delineante superior, Jefe de sección, Jefedeorganización2.a. 32,09 14.603,00
5 VI Oficial administrativo, Delineante, Técnico organización 1.a, Jefe taller, Encargado. 30,71 13.973,91
  VII Delineante, Técnico organización 2.a, Analista 1.a, Capataz. 28,42 12.927,49
4 VIII

Oficial administrativo 2.a, Corredor, Oficial 1.a oficio,

Analista 2.a.

27,75 12.622,29
  IX Auxiliar administrativo, Auxiliar organización, Oficial 2.a de oficio. 26,74 12.167,61
3 X Auxiliar laboratorio, Vigilante, Almacenero, Enfermero, Cobrador, Ayudante. 23,99 10.915,66
2 XI Especialista de 2.a, Peón especializado. 23,37 10.635,36
1 XII Peón, personal de limpieza. 22,69 10.320,81
  XIII Aspirante administrativo, Aspirante técnico, Pinches y Aprendices de diecisiete años. 15,81 ?.191,86

Premio de vinculación * (por año de servicio): 14,52 euros. Premio de vinculación (tope máximo): 275,79 euros.

Pluses:

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,31 euros.

* Se hará efectivo el día laborable anterior a la festividad de Nuestra Señora del Pilar. No se abonará este premio a los trabajadores que tengan más de tres faltas de asistencia injustificadas en los doce meses anteriores a la fecha en que corresponde abonar este premio.

Respecto al plus de asistencia, ayuda escolar y fiesta del Pilar, se estará a lo pactado en el Acuerdo de Adhesión, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 191, del viernes 10 de agosto de 2001.

ANEXO II
Generales

Grupo profesional

Nivel salarial Categoría Día
7 II Personal titulado superior. 26,10
6 III Personal titulado medio. 24,51
  IV Jefe de personal, Encargado general de fábrica, Jefe administración 1.a. 23,74
  V Jefe administración 2.a, Jefe de sección. 23,02
5 VI Oficial administrativo 1.a, Técnico de organización 1.a, Jefe taller, Encargado. 22,30
  VII Técnico de organización 2.a, Contramaestre, Especialista oficio. 21,60
4 VIII Oficial administrativo 2.a, Oficial 1.a operario. 20,86
  IX Auxiliar administrativo, Oficial 2.a operario. 19,92
3 X Especialista de 1.a, Oficial 3.a operario. 19,18
2 XI Especialista de 2.a, Peón especializado. 18,78
1 XII Peón, personal de limpieza. 18,63

Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 3,10 euros.

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,37 euros.

ANEXO III
Provincia de Madrid

Grupo profesional

Nivel salarial Categoría Día
7 II Personal titulado superior. 26,10
6 III Personal titulado medio. 24,51
  IV Jefe de personal, Encargado general de fábrica, Jefe administración 1.a. 23,98
  V Jefe administración 2.a, Jefe de sección. 23,48
5 VI Oficial administrativo 1.a, Técnico de organización 1.a, Jefe taller, Encargado. 22,97
  VII Técnico de organización 2.a, Contramaestre, Especialista oficio. 22,50
4 VIII Oficial administrativo 2.a, Oficial 1.a operario. 22,30
  IX Auxiliar administrativo, Oficial 2.a operario. 21,63
3 X Especialista de 1.a, Oficial 3.a operario. 21,22
2 XI Especialista de 2.a, Peón especializado. 20,65
1 XII Peón, personal de limpieza. 20,14

Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 2,56 euros.

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,35 euros.

Dietas:

Comida y pernocta: 17,12 euros.

ANEXO IV
Subsector del vidrio al soplete

Grupo profesional

Nivel salarial Categoría Día
7 II Personal titulado superior. 50,41
6 III Personal titulado medio. 46,87
  IV Jefe de personal, Encargado general de fábrica, Jefe administración 1.a. 44,16
  V Jefe administración 2.a, Jefe de sección. 38,20
5 VI Oficial administrativo 1.a, Técnico de organización 1.a, Jefe taller, Encargado. 32,30
  VII Técnico de organización 2.a, Contramaestre, Especialista oficio. 31,35
4 VIII Oficial administrativo 2.a, Oficial 1.a operario. 26,23
  IX Auxiliar administrativo, Oficial 2.a operario. 23,34
3 X Especialista de 1.a, Oficial 3.a operario. 21,94
2 XI Especialista de 2.a, Peón especializado. 20,66
1 XII Peón, personal de limpieza. 20,14

Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 2,42 euros.

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,24 euros.

ANEXO V
Fabricación de frascos y envases de vidrio por procedimiento automático. Provincia de Barcelona
Categoría profesional Básico PAC Semana
Personal con remuneración mensual      
Técnicos y directivos:      

Jefe de fabricación.

754,09 552,38 34,15
Encargado de sección. 635,24 281,71 34,15
Contramaestre. 614,57 162,42 34,15
Delineante superior. 655,52 270,16 34,15
Delineante de 1.a. 635,02 226,45 34,15
Delineante de 2.a. 635,02 144,86 34,15
Auxiliares de 1.a. 572,31 96,58 34,15
Auxiliares de 2.a. 551,82 39,76 34,15
Administrativos:      
Jefe de 1.a. 697,78 364,73 34,15
Jefe de 2.a. 655,08 269,77 34,15
Oficial de 1.a. 635,02 210,57 34,15
Oficial de 2.a. 594,08 160,50 34,15
Auxiliares. 582,83 56,00 32,61
Aspirantes. 572,31 56,00 32,61
Mercantiles:      
Jefe de ventas. 655,52 271,72 34,15
Viajante o Agente. 635,02 99,44 34,15
Oficial de ventas. 572,31 78,28 32,61
Subalternos:      
Listeros. 415,54 98,06 31,03
Cobradores. 572,31 85,96 32,61
Capataces de peones. 552,38 104,58 31,03
Almacenero. 551,85 103,02 31,03
Vigilante y Portero. 572,34 20,96 32,61
Sanitario y Ordenanza. 551,82 20,96 31,03
Personal de remuneración diaria      
Obreros:      
Arqueta. 18,15 2,32 32,86
Conductor máquina 1s ks. Potg. 19,82 4,14 34,15
Mecánico Mak 1 s ks. de primera. 19,82 4,14 34,15
Mecánico Mak 1 s ks. de segunda. 19,82 4,03 34,15
Maquinista de primera. 19,82 4,14 34,15
Maquinista de segunda. 19,82 4,03 34,15
Fundidor de primera. 19,82 4,03 34,15
Sacador de primera. 19,82 3,58 34,15
Oficial primera de servicios auxiliares. 19,82 3,58 34,15
Sacador de segunda. 19,05 3,75 28,57
Soplador de primera. 18,37 1,30 32,61
Vigilante Arca y Arca Corr. 18,37 1,30 32,61
Ayudante (todos). 18,37 1,30 32,61
Soplador de segunda. 18,37 1,30 32,61
Peones especializados. 17,66 1,79 31,03
Oficial segunda de servicios oficiales. 19,05 3,00 31,05
Peones y servicio limpieza. 17,04 1,50 31,05

Además, todo el personal percibirá, por día trabajado, las siguientes cantidades:

Plus estímulo empresarial: 1,73

Plus estimulo empresarial: Peones y Peones especializados: 2,79

Transporte:

Personal domiciliado dentro de un radio de 1 km: 0,44

Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 km: 0,65

Personal domiciliado a más de tres kilómetros: 0,90

Prendas de trabajo ( por sustitución de su entrega): 0,42

Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, Patrono de la Industria Vidriera, las empresas abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a cinco días de salario básico, más el plus de actividad correcta incrementada, en su caso, con el premio de antigüedad, si correspondiera.

ANEXO VI
Fabricación y enriquecimiento de vidrio hueco de Barcelona (servicio de mesa)

Categoría profesional

Básico PAC Semana
Personal con remuneración mensual      
Técnicos:      
Jefe de fabricación. 754,09 538,00 34,15
Encargado de sección. 635,02 281,71 34,15
Contramaestre. 613,60 193,37 34,28
Administrativos:      
Jefe de primera. 697,78 368,15 34,15
Jefe de segunda. 633,59 261,20 34,15
Oficial de primera. 635,00 177,55 34,15
Oficial de segunda. 594,06 180,97 34,15
Auxiliares. 582,64 43,90 32,61
Aspirantes de 1.a. 572,31 33,25 32,61
Aspirantes de 2.a. 387,96 133,57 23,25
Mercantiles:      
Jefe de ventas. 655,52 255,51 34,15
Viajante o Corredor. 635,02 127,19 34,15
Oficial de ventas. 572,34 85,92 32,61
Subalternos:      
Almacenero. 551,82 102,20 31,03
Capataces de Peones. 551,82 102,20 31,03
Listeros. 551,82 89,82 31,03
Sanitarios y Ordenanzas. 551,82 30,91 31,77
Cobradores. 572,34 121,00 32,61
Guardias y Vigilantes. 551,82 33,56 31,03
Porteros. 551,82 33,56 31,03
Personal de remuneración diaria (profesionales de oficio)      
Gran Plaza:      
Maestro abridor. 20,71 11,34 34,15
Soplador de primera. 19,82 8,76 34,15
Soplador de segunda. 19,82 5,29 34,15
Levantador. 19,41 3,08 32,61
Posteros y Patroneros. 19,05 3,73 32,61
Jarra o 2.o Gran Plaza:      
Abridor. 19,82 8,76 34,15
Soplador. 19,82 3,80 34,15
Levantador de asas. 18,37 1,39 32,61
Fantasía:      
Maestro. 19,82 8,76 34,15
Levantador. 19,05 3,08 32,61
Bohemia de 1.a:      
Soplador. 19,82 8,76 34,15
Patronero. 18,37 5,33 32,61
Bohemia de 2.a:      
Soplador. 19,82 7,73 34,15
Patronero. 18,37 4,97 32,61
Bohemia de 3.a:      
Soplador. 19,82 5,29 34,15
Patronero. 18,37 3,77 34,15
Copas Gas Extra:      
Maestro. 19,82 8,76 34,15
Soplador. 19,82 5,33 34,15
Levantador de pies y piernas. 18,37 1,39 32,61

Vasos Corte y Gas:

     
Soplador toda clase. 19,82 29,90 34,15
Soplador pequeños finos. 19,82 2,71 34,15
Copas Gas Corriente:      
Maestro colador pies y pierna. 19,82 7,73 34,15
Soplador. 19,82 4,76 34,15
Levantador de pies y piernas. 17,00 1,39 32,61
Vasos acabados a mano:      

Abridor.

19,82 7,73 34,15
Soplador. 19,82 5,33 34,15

Vasos acabados a mano de 2.a:

     

Abridor.

19,82 6,12 34,15
Soplador. 19,82 4,06 34,15

Prensa Refinada Extra:

     

Abridor.

19,82 8,95 34,15
Prensador. 19,82 6,12 34,15
Levantador. 19,05 3,08 32,61

Prensa Miniatura:

     

Abridor.

19,82 7,50 34,15
Prensador. 19,82 5,29 34,15
Levantador. 19,05 3,08 32,61

Prensa sin Refinar:

     

Prensador.

19,82 4,06 34,15
Levantador. 19,05 2,76 32,61

Copas Americanas Extras:

Colocador de pies.

19,82 6,25 34,15
Soplador. 19,82 5,29 34,15
Levantador. 18,37 1,39 32,61

Copas Americanas Corrientes:

     

Colocador de pies.

19,82 0,52 34,15
Soplador. 19,82 4,55 34,15
Levantador. 18,37 1,39 32,61

Tapones a Mano:

     

Taponero.

19,82 6,05 34,15

Tapones Prensador (Punzados):

     

Taponero.

18,37 1,39 32,61

Producción semiautomática:

     

Oficial de primera máquina.

19,82 4,62 34,15
Oficial de primera sacador. 19,82 3,27 34,15
Oficiales de primera soplador. 18,37 1,39 32,61
Oficial de segunda máquina. 19,82 3,57 34,15
Oficiales de segunda sacador. 19,05 3,08 32,61
Oficial de segunda soplador. 18,37 1,75 32,61
A) Sección Acabado      

Cortadores a gas (bohemia/F.).

18,37 2,55 32,61
Cortadores a gas corriente. 18,37 2,43 32,61
Fletadores (B. y F.). 19,05 3,08 32,61
Fletadores finos al torno. 19,05 3,08 32,61
Fletadores corrientes. 19,05 3,08 32,61
Chaflanadores (B. y F.). 19,05 3,08 32,61
Chaflanadores (sonoro). 19,05 3,08 32,61
Requemadores a mano o maq. 18,37 2,43 32,61
Chaflanadores corrientes. 18,37 2,43 32,61
Despuntilladores. 18,37 2,43 32,61
Pulidores. 18,37 2,43 32,61
Taponadores finos. 19,82 3,57 34,15
Taponadores semifino. 18,37 4,84 32,61
Taponadores ordinario. 18,37 3,73 32,61

B) Sección Enriquecido

     

Tallería:

     

Tallador de primera.

19,82 6,26 34,15
Tallador de segunda. 19,82 4,06 34,15
Tallador de tercera. 18,37 5,69 32,61
Pulidor. 18,37 2,76 32,61

Decorado:

     

Decorador de primera.

19,82 6,26 34,15
Decorador de segunda. 19,82 4,08 34,15
Decorador de tercera. 19,05 2,76 32,61
Mufleros. 19,05 2,28 32,61
Serigrafiados. 19,05 2,28 32,61

Grabado:

     

Grabador a la rueda de primera.

19,82 6,26 34,15
Grabadora a la rueda de segunda. 18,37 4,55 32,61
Grabadora a la rueda de tercera. 18,37 3,64 32,61
Grabadora al transporte. 19,05 2,28 32,61
Panteng y Gillog. 19,05 2,28 32,61

C) Sección Temple

     

Fundidor de primera.

19,82 3,57 32,61
Fundidor de segunda. 18,37 3,64 32,61
Arqueta. 18,37 2,52 32,61

D) Servicios Auxiliares

     

Oficial de primera.

19,82 3,27 34,15
Oficial de segunda. 19,82 1,39 34,15
Crisolista de primera. 19,82 2,28 34,15
Crisolista de segunda. 19,05 1,43 32,61
Peones especializados. 17,66 1,61 31,67
Peones. 17,04 1,50 31,67
Servicio de limpieza. 17,04 1,50 31,67

Además, todo el personal percibirá, por día trabajado, las siguientes cantidades:

Plus estímulo empresarial: 1,73

Transporte: Personal domiciliado dentro de un radio de 1 km: 0,43

Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 km. 0,65

Personal domiciliado a más de tres kilómetros: 0,90

Prendas de trabajo ( por sustitución de su entrega): 0,42

Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, Patrono de la Industria Vidriera, las empresas, abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a cinco días de salario básico, más el plus de actividad correcta incrementada, en su caso, con el premio de antigüedad, si correspondiera.

ANEXO VII
Sector de Industrias Extractivas y Explotación y Manufacturas de Minerales Industriales

Quedan comprendidas dentro del ámbito de aplicación del Convenio Colectivo Estatal, a título orientativo las siguientes Industrias:

En general: Las minas y canteras no metálicas ni energéticas.

Más en concreto: Las explotaciones, molienda, trituración, pulverización, lavado y clasificado, que se utilizan con la extracción o no de: Andalucita, Arcilla, Arena, Arenisca, Atapulguita, Barita, Bauxita, Bentonita, Caliza, Caolín, Ocres, Carbonato, Cuarcita, Cuarzo, Dolomia, Exquisto, Feldespato, Magnesita, Sepiolita, Neofelinica, Sienica, Solimanita, Talco, Tierra de trípoli, y todos aquellos que se utilizan, predominantemente, en la fabricación de vidrios y Cerámica.

Grupo

profesional

Niveles Categoría profesional

Salario base

– 

Euros

    Grupo A) Técnicos  
    1. Titulados  
7 II

Ingenieros, Licenciados, Capataz Facultativo, Vigilantes de interior, Vigilantes de exterior, Peritos y Practicantes

26,29
    2. No titulados  
6 V Jefe de fábrica o taller 23,97
5 VI Encargado de taller, Vigilantes de interior, Vigilantes de exterior, Topógrafo y Delineante de primera 24,69
4 IX Auxiliar de Topógrafo, Calcador de plano y Analista. 20,13
    Grupo B) Administrativos  
6 III Jefe de primera. 24,68
6 V Jefe de segunda. 23,19
5 VI Oficial de primera. 22,46
4 IX

Auxiliar.

20,13
    Grupo C) Subalternos  
5 VII Capataz de peones. 21,78
3 X

Listeros, Almacenero, Guarda Jurado, Guarda, Portero, Ordenanza, Basculero, Pesador, Enfermero, Dependiente de Economato, Personal de limpieza.

19,34
    Grupo D) Obreros  
    1. Obreros de Interior  
    a) Profesionales de:  
4 VIII Mineros de primera, Barreneros, Estibadores, Picadores, Caminero de primera. 20,98
1 XII

Caminero de segunda.

18,78
    b) Especialistas:  
3 X Ayudantes de Barrenero, Estibador y Picador, Tubero y Bombero. 19,98
2 XI Vagonero. 19,20
    2. Obreros de Exterior  
    a) Profesionales de oficio:  
4 VIII Oficial de primera. 20,85
  IX Oficial de segunda. 20,13
3 X Maquinistas de extracción y de arrastre, carg. Barrenero y Fogonero. 19,98
  X Oficial de tercera. 19,34
    b) Especialistas:  
2 XI Celadores, Composteros, Lampisteros, Estriadores, Molineros, Trituradores, Ayudante de fogonero, Embasadores de sacos y otras especialidades. 18,78
1 XII c) Peones. 18,63

Pluses:

Plus de transporte por día debidamente trabajado. 2,37

Plus de asistencia por día debidamente trabajado. 3,10

ANEXO VIII
Comercio y Manufacturas de Vidrio plano de Valencia
Grupo profesional Nivel Categoría profesional

Salario día

Euros

Plus transporte

Euros

Plus asistencia

Euros

    Operarios      
4 VIII Oficial de primera. 20,86 2,37 3,10
  IX Oficial de segunda. 20,00 2,37 3,10
3 X Ayudante Vigilante. 19,67 2,37 3,10
2 XI Peón especialista. 19,28 2,37 3,10
1 XII Peón ordinario. 18,92 2,37 3,10
    Administrativos      
6 III Jefe de primera. 934,92 51,14 62,44
  V Jefe de segunda. 821,53 51,14 62,44
5 VI Encargado de taller. 749,26 51,14 62,44
  VI Oficial de primera. 749,31 51,14 62,44
4 VIII Oficial de segunda. 650,28 51,14 62,44
  IX Auxiliar, Cobrador, Subalterno. 610,69 51,14 62,44

Dieta:

Media dieta. 6,26

Comida y pernocta. 18,90

ANEXO IX
Baldosín cerámico de la provincia de Valencia

Grupo

profesional

Nivel Categoría Salario mínimo Salario medio

Salario máximo

5 VII Capataz. 22,84
4 VIII Oficial 1.a. 22,48 27,03 31,54
  IX Oficial 2.a. 21,79 26,10 30,44
3 X Especialista de 1.a. 21,60 25,89 30,20
2 XI Especialista de 2.a. 21,33 25,63 29,95
  XI Especialista de 3.a. 21,29 25,54 29,80
1 XII Peón. 21,18 25,36 29,64
  XIII Pinche. 20,07 23,81 28,06

Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado. 3,12

ANEXO X
Manufactura y comercio vidrio plano de Barcelona

Grupo profesional

Nivel Categoría profesional

Salario día

Euros

7 II Ingenieros. 36,85
  II Licenciados. 34,69
  II Peritos. 26,00
6 III Ayudante técnico. 24,24
  III Jefe de 1.a administrativo. 30,37
  IV Jefe de fábrica. 34,65
  IV Delineante proyectista. 25,85
  V Jefe de 2.a administrativo. 25,91
5 VI Encargado de taller. 25,91
  VI Delineante. 23,97
  VI Oficial de 1.a administrativo. 24,88
  VI Vendedor. 24,88
  VII Oficial de 2.a administrativo. 23,14
4 VIII Contramaestre. 24,75
  VIII Calcador. 22,96
  VIII Oficial de 1.a. 23,59
  VIII Capataz de Peones. 19,88
  IX Oficial de 2.a. 19,95
  IX Portero. 18,30
  IX Ordenanza. 18,30
  IX Auxiliar administrativo. 18,66
3 X Cobrador. 20,71
  X Listero. 20,23
  X Almacenero. 20,44
  X Guarda Jurado. 19,18
  X Guarda ordinario y Vigilante. 18,30
  X Basculero y Pesador. 18,30
  X Sanitario no titulado. 18,30
  X Auxiliar laboratorio, Administrativo mayo de dieciocho años. 18,30
2 XI Oficial de 3.a y Ayudante. 19,24
1 XII Personal de limpieza. 18,30
  XII Peón. 18,73
  XII Botones. 16,58
Pluses:  
Asistencia: Por día efectivamente trabajado. 3,10
Transporte: Por día efectivamente trabajado. 2,36

Paga de San Antonio.

46,51
Dietas:  
Media dieta. 9,16
ANEXO XI
Cerámica de la provincia de Valencia

Grupo profesional

Nivel salarial Categoría profesional

Salario día

– 

Euros

7 II Personal Titulado Superior. 34,85
6 III Personal Titulado Medio. 28,39
  IV Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.a. 27,31
  V Jefe Administración 2.a, Jefe de Sección. 25,13
5 VI Oficial Administrativo 1.a, Técnico de Organización 1.a, Jefe Taller, Encargado. 23,48
  VII Técnico de Organización 2.a, Contramaestre, Especialista Oficio. 23,10
4 VIII Oficial Administrativo 2.a, Oficial 1.a operario. 22,32
  IX Auxiliar Administrativo, Oficial 2.a operario. 21,96
3 X Especialista de 1.a, Oficial 3.a operario. 21,64
2 XI Especialista de 2.a, Peón especializado. 21,35
1 XII Peón, Personal de limpieza. 21,02
Aprendiz de tercer año. 17,87
Aprendiz de segundo año. 16,82
Pluses:  
De transporte. 1,75
Distancia. 0,08
Plus de asistencia. 0,37

Anexo

Redactado conforme a las especificaciones del acuerdo de 22 de septiembre de 1995, publicado en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valencia» número 251, de fecha 21 de octubre de 1996, y que sigue vigente en sus puntos primero, segundo y tercero y todos sus apartados de dicho acuerdo.

ANEXO XII
Tabla de referencia

A aplicar en las empresas que se incorporen al Convenio a partir del 1 de enero de 1999, en tanto ejerciten la opción establecida en el artículo 73 del presente Convenio.

Grupo Nivel

Salario día

Euros

Salario anual

– 

Euros

7 II 26,10 13.268,00
6 III, IV y V 23,73 12.189,65
5 VI y VII 21,95 11.379,75
4 VIII y IX 20,40 10.674,50
3 X 19,18 10.119,40
       
2 XI 18,78 9.937,40
1 XII 18,63 9.869,15
Plus de asistencia: Por día efectivo de trabajo. 3,10  
Plus de transporte: Por día efectivo de trabajo. 2,37  

Los valores anuales se entienden referidos para supuestos de:

Salario día a razón de 455 días (365 días/año + 30 paga extra de verano + 30 paga extra de Navidad + 30 paga extra de marzo).

Plus de asistencia a razón de 281 días (221 días trabajo efectivo + 21 paga extra de verano + 20 paga extra de Navidad + 20 paga de vacaciones).

Plus de transporte a razón de 220 días (221 días de trabajo efectivo/año).

ANEXO XIII
Vidrio de Zaragoza

Grupo

profesional

Nivel salarial Categoría Salario/día Salario/anual
7 II Personal titulado superior. 44,43 20.215,65
6 III Personal titulado medio, Jefe administrativo 1.a. 39,45 17.949,75
  IV Jefe de personal, Encargado general. 38,04 17.308,20
  V Jefe administración 2.a, Delineante superior, Jefe de sección, Jefe de organización 2.a. 32,96 14.996,80
5 VI Oficial administrativo, Delineante, Técnico organización 1.a, Jefe taller, Encargado. 31,54 14.350,70
  VII Delineante, Técnico organización 2.a, Analista 1.a, Capataz. 29,19 13.281,45
4 VIII

Oficial administrativo 2.a, Corredor, Oficial 1.a oficio, Analista 2.a.

28,50 12.967,50
  IX Auxiliar administrativo, Auxiliar organización, Oficial 2.a de oficio. 27,46 12.494,30
3 X Auxiliar laboratorio, Vigilante, Almacenero, Enfermero, Cobrador, Ayudante. 24,64 11.211,20
2 XI Especialista de 2.a, Peón especializado. 24,00 10.920,00
1 XII Peón, personal de limpieza. 23,30 10.601,50
  XIII Aspirante administrativo, Aspirante técnico, Pinches y Aprendices de diecisiete años. 16,24 7.389,20

Premio de vinculación * (por año de servicio): 14,91 euros.

Premio de vinculación (tope máximo): 283,24 euros.

Pluses:

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,37 euros.

* Se hará efectivo el día laborable anterior a la festividad de Nuestra Señora del Pilar. No se abonará este premio a los trabajadores que tengan más de tres faltas de asistencia injustificadas en los doce meses anteriores a la fecha en que corresponde abonar este premio.

Respecto al plus de asistencia, ayuda escolar y fiesta del Pilar, se estará a lo pactado en el Acuerdo de Adhesión, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 191, del viernes 10 de agosto de 2001.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/02/2003
  • Fecha de publicación: 04/03/2003
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 3 de septiembre de 2002 (Ref. BOE-A-2002-18516).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Industria de la cerámica
  • Industria del vidrio
  • Industria extractiva

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