La Comisión Académica del Consejo de Universidades, de fecha 10 de junio de 2002, resolvió homologar la modificación del plan de estudios conducente a la obtención del título oficial de Licenciado en Sociología.
Este Rectorado, en virtud de las competencias que tiene atribuidas, y de conformidad con el artículo 10.2 del R. D. 1497/1987, de 27 de noviembre, ha resuelto ordenar la publicación de la modificación del punto 15.
Requisitos para acceder al segundo ciclo del plan de estudios conducente a la obtención del título oficial de Licenciado en Sociología, página 29405 del B.O.E. núm. 189, de 9 de agosto, quedando redactado de la siguiente forma:
"15. Requisitos para acceder al segundo ciclo:
Conforme la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 10 de diciembre de 1993, B.O.E. núm. 310, de 28 de diciembre de 1993, podrán acceder al segundo ciclo de los estudios conducentes a la obtención del
título oficial de Licenciado en Sociología, además de quienes cursen el primer ciclo de estos estudios:
a) Quienes estando en posesión del título de Diplomado en Trabajo Social cursen, de no haberlo hecho antes, 36 créditos distribuidos entre las siguientes materias:
- Ciencia Política y de la Administración: 6 créditos.
- Economía Política II: 4,5 créditos.
- Estadística Aplicada a las Ciencias Sociales: 6 créditos.
- Estructura Social y Estructura Social de España: 4,5 créditos.
- Historia Política y Social Contemporánea: 6 créditos.
- Teoría Sociológica: 9 créditos.
b) Quienes habiendo superado el primer ciclo de Ciencias Políticas y de la Administración cursen, de no haberlo hecho antes, 20 créditos distribuidos entre las siguientes materias:
- Estadística Aplicada a las Ciencias Sociales: 6 créditos.
- Estructura Social y Estructura Social de España: 5 créditos.
- Teoría Sociológica: 9 créditos.
La Laguna, 11 de marzo de 2003.-El Rector, José S. Gómez Soliño.
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