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Documento BOE-A-2004-10069

Corrección de errores del Real Decreto 296/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el régimen simplificado de la contabilidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 31 de mayo de 2004, páginas 19976 a 19977 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2004-10069
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2004/02/20/296/corrigendum/20040531

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el Real Decreto 296/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el régimen simplificado de la contabilidad, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 50, de 27 de febrero de 2004, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 9248, segunda columna, en la línea 12 del preámbulo, donde dice: «... del régimen simplificado a todas...», debe decir: «... del régimen simplificado a todos...».

En la página 9250, primera columna, en el artículo 2.3, donde dice: «... de su constitución, en el inicio de sus actividades...», debe decir: «... de su constitución, o en el inicio de sus actividades...».

En la página 9254, en el anexo II, se reproduce el Balance simplificado:

«Balance simplificado

Activo

Ejercicio

N

Ejercicio

N-1

Pasivo

Ejercicio

N

Ejercicio

N-1

A) Accionistas (socios) por desembolsos no exigidos.     A) Fondos propios.    

B) Inmovilizado.

I. Gastos de establecimiento.

II. Inmovilizaciones inmateriales.

III. Inmovilizaciones materiales.

IV. Inmovilizaciones financieras.IV.

V. Acciones propias.

C) Gastos a distribuir en varios ejercicios.

D) Activo circulante.

I. Accionistas por desembolsos exigidos.

II. Existencias.

III. Deudores.

IV. Inversiones financieras temporales.

V. Acciones propias a corto plazo.

VI. Tesorería.

VII. Ajustes por periodificación.

   

I. Capital suscrito.

II. Prima de emisión (asunción1).

III. Reservas de revalorización.

IV. Reservas.

V. Resultados de ejercicios anteriores.

VI. Pérdidas y ganancias (beneficio o pérdida).

B) Ingresos a distribuir en varios ejercicios.

C) Provisiones para riesgos y gastos.

D) Acreedores a largo plazo.

E) Acreedores a corto plazo.

   
Total General (A+B+C+D).     Total General (A+B+C+D+E).    

1 De acuerdo con la denominación de esta partida para las sociedades de responsabilidad limitada.»

En la página 9258, en el modelo Memoria simplificada, en el cuadro correspondiente al apartado h) Deudas, la columna denominada «A. Forma», debe denominarse «Forma».

 

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 31/05/2004
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 296/2004, de 20 de febrero (Ref. BOE-A-2004-3634).
Materias
  • Asociaciones
  • Contabilidad
  • Empresas
  • Fundaciones
  • Sistema tributario
  • Sociedades

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