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Documento BOE-A-2004-12265

Resolución de 3 de junio de 2004, de la Comisión Nacional de Energía, por la que se modifican los ficheros automatizados de datos de carácter personal en este Organismo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 30 de junio de 2004, páginas 24169 a 24169 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2004-12265
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2004/06/03/(2)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros automatizados de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el "Boletín Oficial del Estado" o en el diario oficial correspondiente.

En cumplimiento de la disposición antes citada, la Comisión Nacional de Energía dicta Resoluciones de fechas 11 de noviembre de 1999, 14 de noviembre de 2002 y 5 de diciembre de 2002 por las que se crean en el citado Organismo ficheros automatizados que contienen datos de carácter personal.

En el ejercicio de las atribuciones conferidas por el apartado tercero, 1, función decimosexta, de la Disposición Adicional Undécima, de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y a fin de dar cumplimiento al mandato legal del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre modificación de ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal gestionados por la Comisión Nacional de Energía, y asegurar a los administrados el ejercicio legítimo de sus derechos, el Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía, en su sesión de 3 de junio de 2004, ha dispuesto:

Primero.-De conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y a los efectos previstos en el mismo, se modifica el domicilio del responsable del fichero así como del servicio o unidad dónde ejercitar los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación de los ficheros automatizados a cargo de la Comisión Nacional de Energía en el que se contienen y procesan datos de carácter personal, pasando a ser el siguiente:

Comisión Nacional de Energía.

Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía, Alcalá 47, 28014 Madrid. Teléfono: 91 432 96 00.

Segundo.-Los ficheros afectados por dicho cambio son los que a continuación se detallan:

Fichero 1: Nómina.

Fichero 2: Personal.

Fichero 3: Control de presencia.

Fichero 4: Relaciones externas.

Fichero 5: Proveedores.

Fichero 6: Registro.

Fichero 7: Selección de personal.

Fichero 8: Usuarios de firma electrónica.

Tercero.-Los titulares del órgano responsable del citado fichero, adoptarán las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando, en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y sus normas de desarrollo.

Cuarto.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 3 de junio de 2004.-El Presidente, Pedro María Meroño Vélez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/06/2004
  • Fecha de publicación: 30/06/2004
  • Fecha de entrada en vigor: 01/07/2004
  • Fecha de derogación: 05/07/2007
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • MODIFICA la Resolución de 11 de noviembre de 1999 (Ref. BOE-A-2000-1060).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
  • CITA Ley 34/1998, de 7 de octubre (Ref. BOE-A-1998-23284).
Materias
  • Comisión Nacional de Energía
  • Ficheros con datos personales

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