En virtud de lo dispuesto en el artículo 16.1.b) del Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional de 5 de julio de 1990 (Boletín Oficial del Estado de 3 de agosto), he resuelto delegar las funciones que le corresponden a esta Presidencia como órgano de contratación, en el Secretario general del Tribunal Constitucional.
Madrid, 26 de julio de 2004.-La Presidenta del Tribunal Constitucional,
CASAS BAAMONDE
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