El Tribunal Constitucional, por providencia de 13 de julio actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 3799-2004, promovido por Presidente del Gobierno, contra los artículos 15.1.b) y primer inciso del párrafo c); 20.1.c); 21.2.d); 22.2; 27.2; 46.1.c) y d); el inciso "con carácter exclusivo" del artículo 61; 113.1 y disposiciones transitorias segunda y tercera de la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco.
Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, a excepción del artículo 61 de la Ley cuestionada, desde la fecha de interposición del recurso -11 de junio de 2004-, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.
Madrid, 13 de julio de 2004.-La Presidenta del Tribunal Constitucional.
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