Habiendo sido homologada por la Comisión Académica del Consejo de Coordinación Universitaria de fecha 25-10-04 la modificación del plan de estudios de Licenciado en Matemáticas (B.O.E. 19-11-91) y en cumplimiento del art. 6.2 del Real Decreto 49/2004, de 19 de enero, Este Rectorado ha resuelto publicar dicha modificación quedando tal como se transcribe a continuación:
En la página 37472 del mencionado Boletín Oficial del Estado, en el apartado 6. «Se otorgan créditos por equivalencia a», se añade la convalidación de las prácticas realizadas en empresas por créditos de libre configuración, con una equivalencia de 20 horas por crédito y un máximo de 12 créditos.
En la página 37473, apartado 3. Ordenación temporal de las asignaturas, se modifica quedando como sigue:
«Se proponen las siguientes ordenaciones temporales y restricciones: a) Es necesario haber cursado la asignatura de primer curso Análisis I para matricularse de cualesquiera de las siguientes: Análisis II, Ecuaciones Diferenciales I y II, Teoría de Variable Compleja, Análisis Funcional y Ecuaciones en Derivadas Parciales.
b) Por el contenido de las dos asignaturas de Ecuaciones Diferenciales de tercer curso, Ecuaciones Diferenciales I deberá impartirse durante el primer cuatrimestre y Ecuaciones Diferenciales II durante el segundo. c) Es necesario haber cursado la asignatura de primer curso Algebra I para matricularse de Algebra II. d) Es necesario haber cursado la asignatura Geometría I para matricularse de Geometría y Topología I, y Geometría y Topología II.
e) Es necesario haber cursado la asignatura de segundo curso Probabilidades I y Estadística, para matricularse de cualesquiera de las siguientes: Estadística II, Cálculo y probabilidades II, y Procesos Estocásticos.»
Oviedo, 17 de noviembre de 2004.-El Rector, Juan Antonio Vázquez García.
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