De conformidad con lo dispuesto en artículo 10.2 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, sobre directrices generales comunes de los planes de estudios de los títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional («Boletín Oficial del Estado» de 14 de diciembre), una vez aprobada la modificación del mencionado plan de estudios por la Universidad de Extremadura y homologado por el Consejo de Coordinación Universitaria según acuerdo de su Comisión Académica,
Este Rectorado, ha resuelto ordenar la publicación de la citada modificación, consistente en hacer constar que no se exige trabajo o proyecto fin de carrera para obtener el título.
Badajoz, 12 de marzo de 2004.‒El Rector, Juan Francisco Duque Carrillo.
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