El permiso de investigación de hidrocarburos «Castor» le fue otorgado por Real Decreto 2056/1996, de 6 de septiembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 27 de septiembre de 1996, a la empresa «España Canada Resources, Inc., Sucursal en España».
Mediante instancia presentada ante el Ministerio de Economía con fecha 16 de junio de 2003, la empresa «ESCAL-UGS, S.L.» solicita de este Ministerio la inscripción a su favor del permiso de investigación de hidrocarburos «Castor» del que es titular la empresa «España Canada Resources, Inc., Sucursal en España».
A la solicitud anterior adjunta escritura de 12 de marzo de 2003, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid el día 9 de mayo de 2003, de ampliación de capital de la primera, «ESCAL-UGS, S.L.», mediante aportación de la segunda, «España Canada Resources, Inc., Sucursal en España», que se extingue.
Mediante escritos de 23 y 28 de julio y 3 de noviembre de 2003, la solicitante aporta documentación complementaria que le fue requerida con fecha 8 de julio de 2003 desde la Dirección General de Política Energética y Minas, relativa a la acreditación de su capacidad legal, técnica y económico-financiera, y poderes notariales de representación. Con ello, la solicitud viene suscrita por un representante de la compañía solicitante con poderes suficientes, acreditado ante la Dirección General de Política Energética y Minas.
Tramitado el expediente por la Dirección General de Política Energética y Minas con arreglo a lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, y en el artículo 10 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, sobre investigación y explotación de hidrocarburos, se considera acreditada la capacidad requerida a la adquirente. Dispongo:
Se autoriza la cesión del permiso de investigación de hidrocarburos «Castor» de «España Canada Resources, Inc., Sucursal en España» a favor de la empresa «ESCAL-UGS, S.L.».
«ESCAL-UGS, S.L.» se subroga en todos los derechos y obligaciones que «España Canada Resources, Inc., Sucursal en España» tenga reconocidos en el permiso de investigación regulados por la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, en los términos y condiciones que figuren en las disposiciones por las que se otorgaron y que «España Canada Resources, Inc., Sucursal en España» no haya ejecutado con anterioridad a la publicación de esta Orden o deba ejecutar a partir de la misma.
Dentro del plazo de treinta días a partir de la fecha de publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», la empresa «ESCAL-UGS, S.L.» deberá presentar en la Subdirección General de Hidrocarburos de la Dirección General de Política Energética y Minas, resguardos acreditativos de haber ingresado en la Caja General de Depósitos las garantías derivadas de la nueva titularidad del mencionado permiso de investigación de hidrocarburos.
Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 17 de diciembre de 2003.–El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de Economía, P.D. (Orden ECO/2498/2002, de 3 de octubre de 2002, «Boletín Oficial del Estado» del 10), el Secretario de Estado de la Energía, Desarrollo Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, José Folgado Blanco.
Ilma. Sra. Directora General de Política Energética y Minas.
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