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Documento BOE-A-2005-3770

Corrección de errores y erratas de la Resolución de 7 de febrero de 2005, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2005 el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 8 de marzo de 2005, páginas 8110 a 8110 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2005-3770
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2005/02/07/(2)/corrigendum/20050308

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores y erratas en el texto de la Resolución de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2005 el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 42, de fecha 18 de febrero de 2005, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En la página 5902, el título que dice: «Resolución de 7 de febrero de 2005, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicación durante 2005, el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.», debe decir: «Resolución de 7 de febrero de 2005, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2005 el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.»

En la página 5906, en la que figuran las cuatro últimas filas de la Tabla III, debe suprimirse la fila que las antecede, que dice:

1

690,35

639,12

587,88

541,20

484,40

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 08/03/2005
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores y erratas de la Resolución de 7 de febrero de 2005 (Ref. BOE-A-2005-2723).
Materias
  • Accidentes
  • Circulación vial
  • Incapacidades laborales
  • Indemnizaciones
  • Seguros de vehículos de motor
  • Vehículos de motor

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