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Documento BOE-A-2005-4727

Resolución de 1 de marzo de 2005, de la Dirección General de trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la escala salarial oficial y definitiva correspondiente al año 2004, del Convenio Colectivo de las Cajas de Ahorro.

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 22 de marzo de 2005, páginas 9978 a 9979 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2005-4727
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2005/03/01/(1)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la escala salarial oficial y definitiva correspondiente al año 2004 del Convenio Colectivo de las Cajas de Ahorro (Código de Convenio n.º 9900785), así como las cuantías del plus de funciones de ventanilla y el plus de chóferes que fue suscrito con fecha 2 de febrero de 2005 por la Comisión Mixta Interpretativa del Convenio en la que están integradas la Asociación de Cajas de Ahorro para Relaciones Laborales (ACARL) y las organizaciones sindicales COMFIA-CC.OO, FES-UGT y CSICA firmantes de dicho Convenio en representación de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada escala salarial correspondiente al año 2004 y los pluses de ventanilla y de chóferes en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 1 de marzo de 2005.-El Director general, Esteban Rodríguez Vera.

TABLA SALARIAL C.C. DE LAS CAJAS DE AHORROS

Año 2004

(Doce mensualidades)

Categorías

Año 2004 Incr. IPC 2004 3,2% €

Jefe de Primera

29.432,02

Jefe de Segunda

25.877,20

Jefe de Tercera

21.786,55

Jefe de Cuarta

19.335,27

Jefe de Quinta

18.283,16

Jefe de Cuarta «A»

19.855,90

Jefe de Cuarta «B»

19.335,27

Jefe de Quinta «A»

18.809,25

Jefe de Quinta «B»

18.283,16

Jefe de Sexta «A»

17.967,22

Jefe de Sexta «B»

17.701,78

Titulado Superior «A»

21.954,57

Titulado Superior «B»

18.283,16

Titulado Medio «A»

18.063,74

Titulado Medio «B»

16.621,10

Oficial Superior

17.120,42

Oficial Primero

16.344,81

Oficial Segundo (tres años)

14.970,41

Oficial Segundo

14.268,20

Auxiliar «A»

12.724,81

Auxiliar «B»

12.118,86

Auxiliar «C»

10.877,80

Conserje

13.766,35

Subconserje

12.949,60

Ayudante «A» (antig. Ord. 1.ª)

12.535,99

Ayudante «B» (antig. Ord. entrada)

11.939,01

Ayudante «C»

10.524,31

Botones (dieciocho años)

7.997,07

Botones (Entrada)

5.011,30

Telefonista «A»

12.299,07

Telefonista «B»

10.775,87

Oficial 1.º Of. V. (Ant. Ofic. O.V.)

13.218,40

Oficial 2.º Of. V. (Ant. Ayte. O.V.)

12.528,35

Ayudante Of. V. (Ant. Peón O.V.)

11.316,23

Peón Oficios Varios

10.314,63

Personal de Limpieza

8.709,32

Complementos salariales

-

Plus de Funciones de Ventanilla y Plus de Chóferes

Año 2004 Incr. IPC 2004 3,2% €

Plus de funciones de ventanilla

345,63

Plus Chóferes

375,71

Año 2004 Incr. IPC 2004 3,2% €

Grupo 1

Nivel I

25.877,20

Nivel II

21.786,55

Nivel III

19.335,27

Nivel IV

18.283,16

Nivel V

17.701,78

Nivel VI

17.120,42

Nivel VII

16.344,81

Nivel VIII

15.796,63

Nivel IX

14.970,41

Nivel X

14.268,20

Nivel XI

12.724,81

Nivel XII

10.877,80

Nivel XIII

8.702,24

Grupo 2

Nivel I

13.766,35

Nivel II

13.036,34

Nivel III

12.299,07

Nivel IV

10.775,87

Nivel V

10.314,63

Pers. Limpieza Valor/hora

5,80

Complementos salariales

-

Plus de Funciones de Ventanilla y Plus de Chóferes

Año 2004 Incr. IPC 2004 3,2% €

Plus de funciones de ventanilla

345,63

Plus Chóferes

375,71

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/03/2005
  • Fecha de publicación: 22/03/2005
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 25 de febrero de 2004 (Ref. BOE-A-2004-4764).
Materias
  • Cajas de Ahorro
  • Convenios colectivos

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