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Documento BOE-A-2005-833

Real Decreto 2401/2004, de 30 de diciembre, por el que se crea la Consejería de Economía y Comercio de la Misión Diplomática Permanente de España en Kazajstán.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 17 de enero de 2005, páginas 1715 a 1716 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2005-833
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2004/12/30/2401

TEXTO ORIGINAL

Kazajstán es de las cinco repúblicas de Asia Central pertenecientes a la antigua URSS, la que ha atraído mayor interés por parte de los operadores occidentales desde su independencia. Tal interés puede explicarse por una serie de razones:

1. Sus rasgos geográficos, caracterizados por su extensión, su situación geográfica en el corazón de Asia, sus amplísimas fronteras con Rusia y China y su condición de país ribereño del mar Caspio.

2. Su riqueza de recursos naturales, en especial de petróleo, pero también de otros minerales y agrícola. A su riqueza energética propia hay que añadir el papel que desempeña como país de tránsito para el suministro de gas turkmeno y uzbeco a Rusia y Ucrania. Kazajstán participa activamente en los programas TRACECA (transporte) e INOGATE (gas y petróleo). 3. Su interés geopolítico, no sólo por sus relaciones con Rusia, sino por ser la mayor economía en Asia Central, y por su importante papel en la estabilidad de la zona. 4. El buen manejo desde la independencia de su política económica, que ha permitido no sólo una notable acumulación de reservas exteriores, sino un crecimiento industrial muy por encima del resto de los países del área.

A continuación se señalan algunos datos de su evolución reciente.

La importancia de Kazajstán como líder regional se ha visto reforzada por la reciente conclusión en Almaty del acuerdo de creación de la Unión Económica Euroasiática (UEE) entre los 5 países de la CEI miembros de la Unión Aduanera (Rusia, Bielorrusia, Kazajstán, Kirguistán y Tadjikistán). La solvencia de Kazajstán, basada en su riqueza de materias primas energéticas y agrícolas, y en una buena gestión de política económica, está siendo reconocida internacionalmente, lo que hace de este país un mercado de gran interés para las empresas españolas. El crecimiento de Kazajstán durante el período 2002-2003 ha sido uno de los más fuertes de los países miembros de la CEI, registrando una tasa media de crecimiento del PIB para el período considerado cercana al 9,5%. En el período de enero a octubre de 2004, se estima un crecimiento del PIB del 9,4% y el FMI estima en el 8% el crecimiento en los años 2005 y 2006. El crecimiento ha venido acompañado de un aumento en el PIB per cápita, situándose casi al nivel de Rusia, y de una disminución de la tasa de desempleo (9% de la población activa en 2003). El superávit fiscal estimado por el FMI para 2004 se sitúa en el 2,3% del PIB. El petróleo ha sido el principal motor del crecimiento económico, atrayendo fuertes inversiones extranjeras que han permitido elevar los volúmenes de producción y exportación. La actividad petrolera en sentido amplio, incluyendo transportes y construcción, supuso el 25% del PIB, el 32% de los ingresos fiscales y la mitad de las exportaciones en el año 2002. No obstante, hay que señalar que la industria no energética ha crecido también a buen ritmo; un 8% de media durante el intervalo 2000-2002. De todos modos, el crecimiento descansa excesivamente en las exportaciones de materias primas (petróleo, gas, minerales y grano), ya que éstas supusieron el 48% del PIB y dos tercios de la exportación total en el año 2002. La política monetaria ha sido bien manejada, conteniendo las grandes entradas de divisas, y ha conseguido estabilizar la inflación en el 6,8% en el año 2003. La política fiscal se ha comportado de forma prudente. El Gobierno ha seguido dotando el Fondo Nacional de Petróleo (fondo extrapresupuestario, que invierte totalmente en el extranjero), cuyos activos alcanzan un valor de 3.700 millones de dólares en mayo del 2004. Las condiciones para el crecimiento económico a medio plazo son muy favorables, pudiendo sostenerse una tasa de crecimiento del PIB en torno al 7%. La naturaleza estratégica de las reservas petrolíferas de Kazajstán hará que se siga invirtiendo en este sector con una relativa independencia de la evolución de los precios del petróleo. El déficit de la balanza por cuenta corriente se situó en 2003 en el 0,2% del PIB como consecuencia de la buena evolución registrada en las exportaciones. Para el ejercicio 2004, el FMI prevé un ligero superávit corriente. Los flujos de inversión directa han sido muy fuertes, especialmente en el sector petrolero, dando como resultado una acumulación de reservas exteriores. En cuanto a los acuerdos y relaciones institucionales existen:

Acuerdo de Entendimiento, de Cooperación Financiera, suscrito el 27.10.97 durante la visita del Presidente Aznar. Con cargo al mismo, España ha concedido a Kazajstán créditos concesionales por valor de 50 millones de dólares.

Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, APPRI, en vigor desde el 12.06.95. Acuerdo de Cooperación Económica e Industrial, firmado el 24.03.94.

Las exportaciones españolas a Kazajstán han pasado de 11 millones de euros en el año 2000 a 51,4 millones de euros en el ejercicio 2003 habiendo crecido progresivamente en todos los años. Las importaciones, por su parte, han pasado de 69,2 millones de euros en el año 2000 a 198 millones de euros en el 2003.

La presencia creciente de empresas españolas con proyectos significativos en el mercado kazajo permite augurar unas posibilidades mayores de intercambios tanto comerciales como de inversión. La situación actual de implantación institucional por parte de la Administración española, según la cual la demarcación del Consejero Económico y Comercial en Moscú abarca a casi todos los países de la antigua Unión Soviética es claramente insatisfactoria, especialmente por lo que se refiere a los países de Asia Central. Resulta necesaria la presencia estable de una Oficina Económica y Comercial en la zona, siendo Kazajstán el país que, por las razones apuntadas en este informe, destaca como el indicado para iniciar esta presencia. Por todo ello se hace necesario la creación de una Oficina Económica y Comercial en Almaty, dentro del marco normativo que forman tanto la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, como los artículos 11 y 15 del Real Decreto 632/1987, de 8 de mayo, sobre Organización de la Administración del Estado en el Exterior, y 4 del Real Decreto 2827/1998, de 23 de diciembre, de Organización, Funciones y Provisión de puestos de trabajo de las Consejerías y Agregadurías de Economía y Comercio en las Misiones Diplomáticas de España. En su virtud, a iniciativa de los Ministros de Asuntos Exteriores y de Cooperación y de Industria, Turismo y Comercio, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de diciembre de 2004,

D I S P O N G O :
Artículo 1. Creación de la Consejería de Economía y Comercio.

Se crea la Consejería de Economía y Comercio de la Misión Diplomática Permanente de España en la República de Kazajstán, con sede en Almaty, que se articula como Oficina Económica y Comercial de dicha Misión. Esta Consejería de Economía y Comercio dependerá funcional, administrativa y presupuestariamente del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a través de la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio, sin perjuicio de las facultades de dirección y coordinación del Jefe de la Misión Diplomática.

Artículo 2. Estructura orgánica de la Consejería de Economía y Comercio.

La estructura orgánica de la Consejería de Economía y Comercio será la que se determine en la correspondiente relación de puestos de trabajo, sin que ello suponga, en ningún caso, incremento del gasto público.

Artículo 3. Gastos de apertura, instalación y funcionamiento.

Los gastos que origine la apertura, instalación y funcionamiento de la Consejería de Economía y Comercio que se crea por este real decreto se cubrirán con cargo a los créditos de los diferentes conceptos presupuestarios de la Dirección General de Comercio e Inversiones existentes para las Oficinas Económicas y Comerciales en el extranjero, incluidos los del personal, por lo que no se producirá incremento del gasto público.

Disposición final primera. Desarrollo normativo.

El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, el Ministro de Industria, Turismo y Comercio y el Ministro de Administraciones Públicas, previo cumplimiento de los trámites legales oportunos, dictarán las disposiciones necesarias para el desarrollo de lo previsto en el presente real decreto y promoverán las restantes medidas para la aplicación de lo dispuesto en el mismo.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 30 de diciembre de 2004.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Administraciones Públicas, JORDI SEVILLA SEGURA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 30/12/2004
  • Fecha de publicación: 17/01/2005
  • Fecha de entrada en vigor: 18/01/2005
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 4 del Real Decreto 2827/1998, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-991).
    • arts. 11 y 15 del Real Decreto 632/1987, de 8 de mayo (Ref. BOE-A-1987-11917).
Materias
  • Administración del Estado en el Exterior
  • Kazajstan
  • Misiones Diplomáticas
  • Organización de la Administración del Estado

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