Visto el expediente de indulto de don Andrés García González, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial, sección décima, de Barcelona, en sentencia de 5 de febrero de 1963, como autor de un delito de conducción de vehículo de motor sin título y de otro delito de conducción de vehículo de motor sin autorización de su dueño, a la pena de cinco meses de arresto mayor, por cada delito, y privación definitiva de la facultad de obtener el permiso de conducción, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1962, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de mayo de 2005,
Vengo en indultar a don Andrés García González la pena de privación definitiva de la facultad de obtener el permiso de conducción.
Dado en Madrid, el 13 de mayo de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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