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Documento BOE-A-2006-21238

Orden FOM/3693/2006, de 24 de noviembre, por la que se modifica parcialmente el anexo 1 del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, relativo a las tarifas de ayudas a la navegación aérea (Eurocontrol).

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 5 de diciembre de 2006, páginas 42716 a 42716 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2006-21238
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2006/11/24/fom3693

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo establecido por el artículo 3 de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del régimen legal de las tasas estatales y locales y de reordenación de las prestaciones patrimoniales de carácter público, y de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo Multilateral relativo a las tarifas por ayudas a la navegación aérea, hecho en Bruselas el 12 de febrero de 1981, que ha sido ratificado por España mediante Instrumento de 14 de abril de 1987, en particular con lo establecido en el párrafo 2.e) del artículo 3 y en el párrafo 1.a) del artículo 6 de dicho Acuerdo, y en ejecución de la Decisión número 93 adoptada por la Comisión Ampliada de Eurocontrol el 16 de octubre de 2006, se modifica parcialmente el apartado séptimo del anexo 1 del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la red de ayudas a la navegación aérea, según la redacción dada por la Orden FOM/28/2006, de 12 de enero, por la que se establecen las tarifas aplicables a partir del 1 de enero de 2006, para la adecuación de la exoneración relativa a los vuelos efectuados para el transporte en misión oficial.

En su virtud, dispongo:

Primero.-De conformidad con lo determinado en la Decisión n.º 93 adoptada por la Comisión Ampliada de Eurocontrol el 16 de octubre de 2006, se modifica el párrafo g) del apartado séptimo, del anexo 1 del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la red de ayudas a la navegación aérea (Eurocontrol), según la redacción dada por la Orden FOM/28/2006, de 12 de enero. Dicho apartado queda redactado en los siguientes términos: «g) Los vuelos efectuados exclusivamente para el transporte, en misión oficial, del Monarca reinante o de su familia cercana, de Jefes de Estado y de Gobierno, así como de ministros. Dichos vuelos deberán, en todos los casos, ir justificados por el indicador de estado especial o la observación correspondiente en el plan de vuelo.»

Segundo.-Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, si bien sus efectos se producirán desde el día 16 de octubre de 2006, conforme a lo dispuesto por la Decisión n.º 93, de la Comisión Ampliada de Eurocontrol. Madrid, 24 de noviembre de 2006.-La Ministra de Fomento, Magdalena Álvarez Arza.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 24/11/2006
  • Fecha de publicación: 05/12/2006
  • Fecha de entrada en vigor: 06/12/2006
  • Efectos desde el 16 de octubre de 2006.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo 1 del Decreto 1675/1972, de 26 de junio (Ref. BOE-A-1972-966).
  • DE CONFORMIDAD con el Acuerdo de 12 de febrero de 1981 (Ref. BOE-A-1987-13603).
  • CITA Orden FOM/28/2006, de 12 de enero (Ref. BOE-A-2006-841).
Materias
  • Exenciones
  • Gobierno
  • Jefatura del Estado
  • Navegación aérea
  • Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea
  • Tarifas

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