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Documento BOE-A-2006-3251

Resolución de 14 de febrero de 2006, del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, por la que se delegan competencias en el Gerente.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 23 de febrero de 2006, páginas 7590 a 7591 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2006-3251
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2006/02/14/(2)

TEXTO ORIGINAL

Transcurridos más de 24 años desde la publicación de la Resolución de 4 de diciembre de 1981, del Centro de Estudios Constitucionales, por la que se delegan determinadas competencias en el Gerente del Organismo, y teniendo en cuenta los profundos cambios que en todos estos años ha experimentado la normativa administrativa reguladora de diferentes materias como la gestión económica o la contratación, así como la nueva estructura y organización de este Organismo establecida por Real Decreto 1269/1997, de 24 de julio, por el que se regula la organización y funcionamiento del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, aconsejan proceder a la revisión de la actual delegación de competencias. En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, y en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dispongo:

Primero.-Se delegan en el Gerente del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales las siguientes atribuciones del titular del Organismo: 1. La competencia para autorizar y comprometer gastos y para reconocer y proponer el pago de las obligaciones económicas imputables al capítulo I del presupuesto del Organismo.

2. Las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye al titular del Organismo como órgano de contratación, incluida la aprobación del gasto, en relación con los contratos cuya cuantía no supere los 120.000 euros. 3. La autorización y compromiso de gastos, el reconocimiento de obligaciones y la propuesta y autorización del pago de las obligaciones económicas no imputables al capítulo I del presupuesto del Organismo, cuya cuantía no supere los 120.000 euros. 4. La autorización del pago con cargo a los anticipos de caja fija, así como la tramitación de los documentos contables necesarios para la reposición de fondos e imputación al presupuesto de los gastos realizados, siempre dentro del límite de la consignación presupuestaria específica que se señale en cada momento. 5. La aprobación de las cuentas justificativas de las obligaciones satisfechas con cargo a los anticipos de caja fija y libramientos ordinarios a justificar. 6. La competencia para acordar la cancelación y/o devolución de las garantías de cualquier clase constituidas ante el Organismo.

Segundo.-La delegación de competencias contenida en la presente Resolución se entiende sin perjuicio de que, en cualquier momento, el Director pueda avocar para sí el conocimiento y resolución de cuantos asuntos considere oportuno, en relación con las competencias delegadas.

Tercero.-Siempre que se haga uso de las delegaciones contenidas en la presente Resolución deberá hacerse constar expresamente. Cuarto.-Queda derogada la Resolución de 4 de diciembre de 1981, del Centro de Estudios Constitucionales, por la que se delegan atribuciones en el Gerente de dicho Organismo.

Quinto.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 14 de febrero de 2006.-El Director, José Álvarez Junco.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/02/2006
  • Fecha de publicación: 23/02/2006
  • Fecha de entrada en vigor: 24/02/2006
Referencias anteriores
  • DEROGA la Resolución de 4 de diciembre de 1981 (Ref. BOE-A-1981-28860).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Disposición adicional 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1997-7878).
    • art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Centro de Estudios Políticos y Constitucionales
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de la Presidencia

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