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Documento BOE-A-2006-3862

Resolución de 16 de febrero de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la revisión salarial del Convenio Colectivo Interprovincial de la Industria y Fabricación de Envases Metálicos.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 3 de marzo de 2006, páginas 8911 a 8915 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2006-3862
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2006/02/16/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo Interprovincial de la Industria y de Fabricación de Envases Metálicos (publicado en el BOE de 18.8.05) (Código de Convenio n.º 9903445), que fue suscrito con fecha 24 de enero de 2006, por la Comisión Mixta Paritaria, en la que están integradas la Asociación Metalgráfica Española y las centrales sindicales FM-CC.OO y MCA-UGT, firmantes del Convenio en representación de las empresas y trabajadores del sector y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve: Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Mixta Paritaria.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 16 de febrero de 2006.-El Director general, Esteban Rodríguez Vera.

ACTA DE COMISIÓN MIXTA PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO INTERPROVINCIAL EN LA INDUSTRIA METALGRÁFICA Y DE FABRICACIÓN DE ENVASES METÁLICOS LIGEROS

En Madrid, siendo las 16,30 horas del día 24 de enero de 2006, reunidos los representantes de: FM-CC.OO.: D. Juan Antonio Martínez Blázquez.

MCA-U.G.T.: D. Francisco Núñez. A.M.E.:

D. José Luis García Marrodán.

D.ª Silvia Hinrichs. D. José Luis Vicente. D. Juan Antonio Gálvez. D. Luis Martín Egido.

Declaran constituida la Comisión y a efectos de lo dispuesto en el art. 13 del texto del Convenio, por unanimidad y una vez conocido el IPC real de 2005 (enero-diciembre), que se ha situado en el 3,7%, así como el IPC previsto para el año 2006 (2%), adoptan los siguientes acuerdos: Primero.-Aprobar la tabla salarial y de complemento específico definitiva del Convenio Colectivo Interprovincial de la Industria Metalgráfica, con efectos desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2005, confeccionada según IPC real (3,7%) mas el 0,85% (anexo I).

Segundo.-Aprobar la tabla salarial para 2006, confeccionada según IPC previsto para 2006 (2%) mas 0,85% (anexo II). Tercero.-Aprobar la tabla de complemento específico para 2006. Cuarto.-Remitir la presenta acta y sus anexos a la Autoridad Laboral, para su Registro y posterior publicación en el Boletín Oficial del Estado. Quinto.-El pago de atrasos derivados de la revisión de la tabla salarial del año 2005, deben estar abonados por las empresas antes del 31 de marzo de 2006.

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/02/2006
  • Fecha de publicación: 03/03/2006
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 2 de agosto de 2005 (Ref. BOE-A-2005-14220).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Envases
  • Metalografía

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