El Tribunal Constitucional, por providencia de 14 de marzo actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 8821-2005 planteada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, en relación con el artículo 57.2 del Código Penal en la redacción dada al mismo por el apartado decimoséptimo del artículo único de la Ley Orgánica 15/03, de 25 de noviembre, por posible vulneración de los artículos 1.1, 10.1, 18.1, 24.1 y 25.1 C.E.
Madrid, 14 de marzo de 2006.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
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