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Documento BOE-A-2006-7450

Resolución de 29 de marzo de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la revisión salarial del Convenio colectivo de las empresas organizadoras del juego del bingo.

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 26 de abril de 2006, páginas 16238 a 16238 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2006-7450
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2006/03/29/(9)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio colectivo para las empresas organizadoras del juego del bingo (Código de Convenio n.º 9901905), publicado en el BOE del 11-12-2003, acuerdos que fueron suscritos con fecha 19 de enero de 2006, de una parte por la Confederación Española del Juego (CEJ) en representación de las empresas del sector, y de otra por las centrales sindicales UGT, CC.OO. y USO, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 29 de marzo de 2006.-El Director General, Esteban Rodríguez Vera.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO PARA EMPRESAS ORGANIZADORAS DEL JUEGO DEL BINGO DE 19 DE ENERO DE 2006

REUNIDOS

De una parte: Miguel Ángel Rodríguez Gómez, Alberto Torre, de UGT.

Toni García Hidalgo, de CCOO. Santiago González Vallejo, de USO.

Y de otra:

Rafael Domínguez Fuentes, CEJ.

ACUERDAN

Primero.-La tabla salarial definitiva para el año 2005, recogida en el anexo I, de acuerdo a los criterios establecidos en la disposición transitoria primera del Convenio Colectivo vigente, que marca una subida del IPC real más el 0,25 %.

Dado que la subida del IPC real en el año 2005 ha sido del 3,7 %, el salario se verá incrementado en un 3,95 % en todos sus conceptos, quedando establecido en las cuantías mencionadas en ese anexo I. Segundo.-Una vez revisadas las tablas iniciales de 2005, la diferencia entre esas y las recogidas como definitivas, se abonarán en la segunda quincena del 2006.

ANEXO I

CONVENIO MARCO ESTATAL PARA LAS EMPRESAS ORGANIZADORAS DEL JUEGO DEL BINGO

Tablas salariales 2005

Incremento salarial definitivo 3,95 %

Conceptos económicos

Salario 2005

Artículo 62. Salario base:

Salario anual

10.789,53

Salario mensual

719,30

Artículo 68. Gratificación extraordinaria:

Gratificación extraordinaria

719,30

Artículo 69. Plus de transporte:

Importe anual

461,80

Mensual (once meses)

41,98

Personal de limpieza (por día de trabajo efectivo)

0,62

Artículo 63. Quebranto de moneda:

Importe anual

159,84

Importe mensual (once meses)

14,53

Artículo 61. Horas extraordinarias:

Grupo de Técnicos de Juego

11,77

Grupo de Técnicos de Sala

9,96

Servicios Auxiliares

8,28

Artículo 64. Plus de prolongación de jornada:

Grupo de Técnicos de Juego

30,57

Grupo de Técnicos de Sala

28,94

Resto de personal

24,55

Artículo 67. Plus de nocturnidad:

Mensual (doce meses)

69,89

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 29/03/2006
  • Fecha de publicación: 26/04/2006
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 24 de noviembre de 2003 (Ref. BOE-A-2003-22764).
Materias
  • Bingo
  • Convenios colectivos
  • Juego

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