El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 11 de septiembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 10661-2006 planteada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Albacete, en el juicio rápido 430/2006, en relación con el artículo 153.1 del Código Penal, según redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los artículos 1.1, 9.1, 9.2, 9.3, 10, 14, 17, 24.2 y 25.1 de la CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el juicio rápido 430/2006 podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto.
Madrid, 11 de septiembre de 2007.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
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