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Visto el texto del Acta de 18 de julio de 2007 conteniendo los acuerdos de prórroga y revisión salarial para el año 2007 del Convenio Colectivo de la empresa Tap-Air Portugal, S. A. (código de Convenio n.º 9005042), publicado en el BOE de 4 de octubre de 1995, que fue suscrita de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra por los Delegados de Personal en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 4 de diciembre de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
ACTA IV-NEGOCIACIÓN CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA TAP-AIR PORTUGAL (NIF A-0401003I)
En Madrid, en la sede social de Madrid sita en la plaza de los Mostenses. n.º 13, 6.ª pl., a las 11:15 h. de 18 de julio de 2007, se reúnen los representantes de la parte empresarial, Dr. Joâo Falcato (DNI-portugués 05.559.475), D.ª Victoria William (DNI 43.248.258-R), D. Orlando Cobos (DNI 43.247.463-B) y D. José Alberto Escobal (DNI 1.828.211-X), y los representantes de los trabajadores, D.ª Carmen Sánchez Cañizal (DNI 07.752.222-A), D.ª Silvia Clariana (DNI 43.425.489-V), D. Enrique Casas (DNI 830.894-L), D. Jesús Cabezas (DNI 09.716.316-N) y como asesor D. Antonio Ramos (DNI 23.195.214-J). Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad y legitimación necesaria para negociar el citado Convenio. Abre la reunión D.ª Silvia Clariana, dando lectura al acta n.º 3 de 7 de mayo de 2007, que se lee, aprueba y firma. Seguidamente se analizan las propuestas de la empresa y los trabajadores, culminándose con el siguiente acuerdo:
1. Se prorroga el vigente Convenio Colectivo hasta el 31 de diciembre de 2007, reiniciándose las negociaciones en enero de 2008.
2. Subida del 2,7 % desde enero de 2007, incidiendo esta subida en el salario base y todos los subsidios percibidos, con excepción del subsidio de comida. 3. Revisión de dieta de comida a 7,25 euros día, con retroactividad desde enero de 2007. 4. Las horas extras a compensar, serán pagadas en el mes siguiente, si no han sido compensadas. 5. Se acuerda que el horario de cierre de oficinas de atendimiento al público será a las 17:30 horas Respecto la libranza de viernes tarde por turnos, que se esta ya realizando en el periodo estival, esta en estudio su prórroga para todo el año. 6. Transporte aeropuerto: Madrid se mantiene en el valor actual (5 euros) y Barcelona se igualará al valor de Madrid (5 euros). Todo servicio realizado fuera de horario de transporte publico pasa a ser 8 euros por trayecto, para el personal que utiliza coche propio. El que no utilice coche propio será abonada factura de taxi. 7. En referencia a reclasificación y descripción de las categorías laborales se está haciendo un estudio a nivel global de la compañía para alterar el sistema de las carreras y las categorías profesionales con previsión de ser modificadas a finales del año 2007 o inicio del 2008. Se anexa a esa acta la tabla salarial de acuerdo al punto 2 anterior.
Dando así por cerrada las negociaciones del Convenio Colectivo que estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2007, quedando automáticamente denunciado a partir de esta fecha. No habiendo más asuntos por tratar se da por concluida la reunión a las 14:30 horas del día de la fecha.-Representantes de la empresa, Victoria William, João Falcato, Orlando Cobos y José Alberto Escobal.-Representantes de los trabajadores, Silvia Clariana, Carmen Sánchez, Enrique Casas, Jesús Cabezas y Antonio Ramos.
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           Tabla salarial desde enero 2007  | 
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           Categoría  | 
        
           I  | 
        
           II  | 
        
           III  | 
        
           IV  | 
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           A/Botones.  | 
        
           851,16  | 
        
           901,47  | 
        
           951,77  | 
        
           0,00  | 
        
           Ordenanza (hasta 18 años).  | 
      
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           B/Subalterno.  | 
        
           1.002,08  | 
        
           1.052,39  | 
        
           1.102,66  | 
        
           1.152,79  | 
        
           Ordenanza/recepcionista.  | 
      
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           Informadora/chófer.  | 
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           C/Auxiliar.  | 
        
           1.173,07  | 
        
           1.224,11  | 
        
           1.273,70  | 
        
           1.323,98  | 
        
           Empleado/a administrativo 2.ª  | 
      
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           Empleado/a comercial de 2.ª  | 
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           Despachante de tráfico y operaciones de 2.ª  | 
      |||||
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           D/Oficial III.  | 
        
           1.374,30  | 
        
           1.424,60  | 
        
           1.474,89  | 
        
           1.525,92  | 
        
           Empleado/a de escritorio de 1.ª  | 
      
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           Empleado/a comercial de 1.ª  | 
      |||||
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           Oficial de tráfico de 1.ª  | 
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           Secretario/a-promotor/a 2.ª  | 
      |||||
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           Despachante de tráfico y operaciones de 2.ª  | 
      |||||
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           E/Oficial II.  | 
        
           1.575,51  | 
        
           1.625,82  | 
        
           1.676,09  | 
        
           1.726,41  | 
        
           Empleado/a de escritorio principal.  | 
      
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           Empleado/a comercial principal.  | 
      |||||
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           Oficial de tráfico principal.  | 
      |||||
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           Promotor/a de 1.ª  | 
      |||||
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           Secretario/a de 1.ª  | 
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           Despachante tráfico y operaciones de 1.ª  | 
      |||||
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           F/Oficial I.  | 
        
           1.776,71  | 
        
           1.827,01  | 
        
           1.877,29  | 
        
           1.927,61  | 
        
           Técnico administrativo.  | 
      
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           Técnico comercial.  | 
      |||||
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           Técnico de tráfico/operaciones.  | 
      |||||
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           Secretario/a principal.  | 
      |||||
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           Promotor/a principal.  | 
      |||||
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           Jefe/a mostrador/reservas.  | 
      |||||
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           G/Ayudte. técnico.  | 
        
           1.977,92  | 
        
           2.028,21  | 
        
           2.078,52  | 
        
           2.128,79  | 
        
           Superv. serv. administrativos.  | 
      
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           Adjunto jefe/a de escala.  | 
      |||||
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           Supervisor/a escala.  | 
      |||||
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           Jefe/a de agencia.  | 
      |||||
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           H/Jefe II.  | 
        
           2.229,40  | 
        
           2.279,70  | 
        
           2.330,01  | 
        
           2.380,22  | 
        
           Jefe/a ventas regional.  | 
      
| 
           Jefe/a promoción pasajeros.  | 
      |||||
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           Jefe/a promoción carga.  | 
      |||||
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           I/Jefe I.  | 
        
           2.430,62  | 
        
           2.531,21  | 
        
           2.631,80  | 
        
           2.732,76  | 
        
           Jefe/a de escala.  | 
      
| 
           Jefe/a de ventas.  | 
      |||||
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           Jefe/a serv. administrativos.  | 
      |||||
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           Subsidios  | 
        
           Euros  | 
        
           Antigüedades  | 
        
           Euros  | 
      
| 
           Exención de horario.  | 
        
           164,18  | 
        
           1-5 años.  | 
        
           13,06  | 
      
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           Jefe administrativo.  | 
        
           185,00  | 
        
           6-10 años.  | 
        
           15,47  | 
      
| 
           Jefe de escala, carga y representantes regionales.  | 
        
           106,74  | 
        
           11-15 años. 16-20 años.  | 
        
           18,87 21,70  | 
      
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           Reeducación pedagógica.  | 
        
           201,12  | 
        
           21-25 años.  | 
        
           24,51  | 
      
| 
           + 26 años.  | 
        
           26,92  | 
      ||
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           Comidas.  | 
        
           7,25  | 
        
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