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Documento BOE-A-2008-15988

Resolución de 2 de septiembre de 2008, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se modifica la de 7 de noviembre de 2006, sobre delegación de competencias en sus órganos centrales, territoriales y centros de competencia estatal.

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 3 de octubre de 2008, páginas 39888 a 39889 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2008-15988
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2008/09/02/(6)

TEXTO ORIGINAL

La estructura orgánica y funciones asignadas al Instituto de Mayores y Servicios Sociales por el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre («Boletín Oficial del Estado» número 246, de 14 de octubre de 2005), hizo necesaria una nueva regulación de la delegación de competencias que se efectuó a través de la Resolución de 7 de noviembre de 2006 («Boletín Oficial del Estado» número 291, de 6 de diciembre de 2006). La Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, ha supuesto una actualización y modernización del marco normativo que, a su vez, introduce una puesta al día de determinadas cuantías cuyo origen se remontaba a la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas. La modificación propuesta pretende actualizar las cuantías que posibilitan la contratación por las Direcciones Territoriales y centros a través del procedimiento negociado, así como por procedimientos abiertos en cuantías que no exceden de la regulación armonizada establecida en la nueva Ley 30/2007, todo ello con la finalidad de agilizar estas gestiones; al mismo tiempo se considera oportuno, en materia de avales y garantías vinculados a la contratación administrativa, la atribución de competencias para su devolución en el ámbito de la Dirección Territorial o Centro a cuyo favor se hubieran constituido, como medida igualmente encaminada a simplificar la gestión. En virtud de lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y con la previa aprobación de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad, Esta Dirección General ha dispuesto:

Artículo único. Modificación de la Resolución de 7 de noviembre de 2006, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, sobre delegación de competencias en sus órganos centrales, territoriales y centros de competencia estatal.

La Resolución de 7 de noviembre de 2006, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, sobre delegación de competencias en sus órganos centrales, territoriales y centros de competencia estatal, queda modificada como sigue: Uno. Las letras i) y j) del apartado 3 de la disposición primera quedan redactadas del siguiente modo:

«i) La devolución de avales y garantías constituidas a favor de la Entidad, salvo que se trate de garantías constituidas en el marco de competencias delegadas de las Direcciones Territoriales y Centros de competencia estatal, en cuyo caso la devolución será competencia de la Dirección o Centro responsable de la misma.

j) La contratación administrativa y de derecho privado de la Administración Pública, con las facultades inherentes al órgano de contratación establecidas en la normativa vigente, así como la resolución de los recursos potestativos de reposición interpuestos contra los actos adoptados por delegación por el titular de la Subdirección General de Análisis presupuestario y de Gestión Financiera, en materias que sean competencia del Instituto y siempre que no estén atribuidas o delegadas en otros órganos, con exclusión de los siguientes proyectos:

Contratos de obras y suministros cuyo valor estimado sea superior a 3.000.000 de euros (Impuesto sobre el Valor Añadido excluido).

Contratos de servicios cuyo valor estimado sea superior a 240.000 euros (Impuesto sobre el Valor Añadido excluido). Contratos de gestión de servicios públicos en la modalidad de conciertos cuyo valor estimado sea superior a 500.000 euros (Impuesto sobre el Valor Añadido excluido). Contratos administrativos especiales y de derecho privado de la Administración Pública cuyo valor estimado sea superior a 240.000 euros (Impuesto sobre el Valor Añadido excluido).»

Dos. El apartado 4.2.a) de la disposición primera queda redactado del siguiente modo:

«a) La contratación, incluyendo iniciación del expediente, la aprobación y compromiso de gasto, el reconocimiento de las obligaciones y la propuesta de los pagos correspondientes, con las facultades inherentes al órgano de contratación establecidas en la normativa vigente, así como la resolución de los recursos potestativos de reposición interpuestos contra los actos adoptados por delegación por los titulares de las Direcciones Territoriales y de las Direcciones de centros de competencia estatal, dentro de los créditos asignados a las distintas Direcciones Territoriales y Centros del IMSERSO en los siguientes tipos de contratos, con exclusión de la facultad de aprobación de los proyectos: Contratos de obras y suministros cuyo valor estimado sea inferior a 200.000 euros (Impuesto sobre el Valor Añadido excluido).

Contratos de suministro cuyo valor estimado sea inferior a 120.000 euros (Impuesto sobre el Valor Añadido excluido). Contratos de servicios cuyo valor estimado sea inferior a 120.000 euros (Impuesto sobre el Valor Añadido excluido). Contratos de gestión de servicios públicos en la modalidad de conciertos cuyo valor estimado sea inferior a 120.000 euros (Impuesto sobre el Valor Añadido excluido). Contratos administrativos especiales y de derecho privado de la Administración Pública cuyo valor estimado sea inferior a 120.000 euros (Impuesto sobre el Valor Añadido excluido).»

Madrid, 2 de septiembre de 2008.-La Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, Pilar Rodríguez Rodríguez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 02/09/2008
  • Fecha de publicación: 03/10/2008
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 273, de 12 de noviembre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-18260).
Referencias anteriores
  • MODIFICA el apartado 1 de la Resolución de 7 de noviembre de 2006 (Ref. BOE-A-2006-21336).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Disposición adicional 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1997-7878).
    • art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Instituto de Mayores y Servicios Sociales
  • Ministerio de Trabajo e Inmigración

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