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Documento BOE-A-2008-17970

Orden SCO/3194/2008, de 4 de noviembre, por la que se constituye la Comisión de coordinación de las actividades en materia de relaciones internacionales del Ministerio de Sanidad y Consumo.

Publicado en:
«BOE» núm. 270, de 8 de noviembre de 2008, páginas 44570 a 44571 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2008-17970
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2008/11/04/sco3194

TEXTO ORIGINAL

El Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de septiembre de 2006 por el que se aprueban medidas para la potenciación de la acción exterior del Estado, determina la necesidad de incrementar la eficacia de los instrumentos utilizados desde la Administración General del Estado para fortalecer la acción exterior del Estado. Para conseguirlo prevé el reforzamiento técnico y humano del servicio exterior e impone la obligación de potenciar los mecanismos de coordinación en este ámbito. En la línea de lo expresado en dicho Acuerdo, el incremento progresivo de la importancia de la actividad exterior a través de la participación institucional en los distintos foros internacionales y de la aprobación de programas de cooperación al desarrollo cada vez más ambiciosos, ha tenido una repercusión muy relevante en los ámbitos materiales cuya gestión compete al Ministerio de Sanidad y Consumo. La intervención exterior del Departamento se ha reforzado de forma proporcional al aumento de la capacidad de decisión de los organismos internacionales, de forma coherente con el elevado grado de desarrollo del sistema sanitario español y de los instrumentos jurídicos y técnicos de fomento y protección de la salud pública y de los derechos de los consumidores. Como consecuencia de este rápido proceso, la actividad con proyección internacional de los centros directivos y organismos dependientes del Departamento se ha convertido en un elemento de gestión ordinaria que requiere articularse y coordinarse para conseguir su máxima eficacia dentro de un marco coherente de directrices compartidas que expresen la posición uniforme del Departamento y permitan la difusión interna de la información procedente del exterior. Con el propósito de contribuir a cumplir este objetivo, mediante esta orden se crea la Comisión de coordinación de las actividades en materia de relaciones internacionales del Ministerio de Sanidad y Consumo, como órgano colegiado de participación de los centros directivos y organismos del Departamento, encargado de la coordinación de su acción exterior mediante la identificación, análisis y definición de las directrices y estrategias del Departamento en sus actividades con proyección internacional. Esta Comisión se crea en uso de las facultades atribuidas al titular del Departamento por el artículo 12 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y de acuerdo con su artículo 40. En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Administraciones Públicas, dispongo:

Artículo 1. Creación y adscripción.

Se crea la Comisión de coordinación de las actividades en materia de relaciones internacionales del Ministerio de Sanidad y Consumo, adscrita a la Subsecretaría de Sanidad y Consumo, como órgano colegiado ministerial encargado de garantizar la coordinación de las actividades internacionales del Departamento.

Artículo 2. Composición.

1. La Comisión de coordinación de las actividades en materia de relaciones internacionales del Ministerio de Sanidad y Consumo estará integrada por los siguientes miembros: a) Presidenta: La Subsecretaria de Sanidad y Consumo, que podrá delegar en el Vicepresidente.

b) Vicepresidente: El Secretario General de Sanidad. c) Vocales: La Secretaria General Técnica, el Director del Gabinete del Ministro de Sanidad y Consumo, el Jefe de Gabinete Técnico de la Subsecretaría, el Jefe del Gabinete Técnico del Secretario General de Sanidad, los Directores Generales del Departamento, el Presidente y la Directora ejecutiva de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, la Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Directora del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.

2. También formará parte de la Comisión la Subdirectora General de Relaciones Internacionales, que desempeñará además las funciones de secretaria de la misma.

3. Además de los miembros mencionados en el apartado primero, podrán asistir a las sesiones de la Comisión en calidad de expertos, con voz pero sin voto, aquellos funcionarios cuya asistencia sea aconsejable por razón de las materias a tratar, previa convocatoria de su Presidenta. En particular, podrá convocarse a un representante de la Representación Permanente de España ante la Unión Europea, cuando los temas tratados afecten a la participación del Ministerio en los órganos o en procedimientos relativos a la Unión Europea.

Artículo 3. Régimen de funcionamiento.

1. La Comisión de coordinación de las actividades en materia de relaciones internacionales del Ministerio de Sanidad y Consumo, podrá actuar en Pleno o a través de los grupos de trabajo que éste cree.

2. El Pleno se reunirá, al menos, dos veces al año, previa convocatoria de su Presidenta, y cuantas otras veces sea convocado por la misma. 3. A iniciativa de la Presidenta de la Comisión, el Pleno podrá crear cuantos grupos de trabajo sean precisos para el cumplimiento de sus respectivos objetivos, determinando en tales casos su composición y funciones. Los integrantes de estos grupos de trabajo no tendrán que ser necesariamente miembros de la Comisión.

Artículo 4. Funciones.

La Comisión tendrá encomendadas las siguientes funciones: a) Analizar las intervenciones en materia de acción exterior y relaciones internacionales desarrolladas por los centros directivos y organismos dependientes del Departamento.

b) Proponer directrices y estrategias en la participación del Ministerio de Sanidad y Consumo en los organismos internacionales. En particular, aprobar el Plan Anual de Presencia Internacional del Departamento. c) A propuesta de la Presidencia, informar sin carácter preceptivo los proyectos de convenios y tratados internacionales en las materias de competencia del Departamento. d) A propuesta de la Presidencia, informar sin carácter preceptivo los planes y programas que vayan a ser presentados por el Ministerio de Sanidad y Consumo ante cualquier organismo internacional. e) Contribuir a la coordinación de las intervenciones de los centros directivos del Departamento y sus organismos dependientes en los órganos de participación de la Unión Europea. f) Establecer las líneas generales de formación en materia de relaciones internacionales del personal adscrito al Departamento. g) Proponer medidas de mejora de las capacidades y medios dispuestos por el Departamento para impulsar su acción exterior. h) Proponer medidas que favorezcan la coordinación y difusión de la actividad internacional entre los centros directivos del Departamento. i) Fijar las directrices de comunicación y cooperación en materia internacional para su traslado a las comunidades autónomas, a través del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud y la Conferencia Sectorial de Consumo.

Artículo 5. Régimen jurídico.

En lo no previsto en esta orden, el régimen jurídico y actuación de la Comisión se ajustará a lo dispuesto en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común y en el capítulo IV del título II de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Artículo 6. No incremento de gasto público.

La constitución y funcionamiento de la Comisión serán atendidos con los actuales medios personales y materiales del Departamento y de los organismos públicos vinculados o dependientes del mismo, sin que la aprobación de esta norma suponga incremento del gasto público.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de noviembre de 2008.-El Ministro de Sanidad y Consumo, Bernat Soria Escoms.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 04/11/2008
  • Fecha de publicación: 08/11/2008
  • Fecha de entrada en vigor: 09/11/2008
Referencias anteriores
Materias
  • Administración del Estado en el Exterior
  • Comisiones de Control y Seguimiento
  • Ministerio de Sanidad y Consumo
  • Organización de la Administración del Estado
  • Sanidad
  • Subsecretaría del Ministerio de Sanidad y Consumo

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