Advertido error en el texto de la Orden EHA/2760/2008, de 25 de septiembre, por la que se aprueba el procedimiento de liquidación de la asignación tributaria a la Iglesia Católica y de regularización del saldo resultante entre el Estado y aquélla, previsto en la disposición adicional decimoctava de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», número 239, de 3 de octubre de 2008, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
En la página 39798, segunda columna, artículo 4, primer párrafo, donde dice: «Tres días hábiles antes al 25 de abril de cada año natural, la Agencia Estatal de Administración Tributaria expedirá un certificado acreditativo del importe total de la asignación tributaria correspondiente a la Iglesia Católica como consecuencia de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas devengado en el período impositivo cerrado dos años antes del año corriente y presentadas en el año anterior, en las que conste manifestación expresa de voluntad de contribuir al sostenimiento de aquélla, presentadas por los contribuyentes que tengan su residencia habitual en territorio común. El certificado será remitido antes del día 25 de abril a la Dirección General de Presupuestos.», debe decir: «Tres días hábiles antes al 25 de abril de cada año natural, la Agencia Estatal de Administración Tributaria expedirá un certificado acreditativo del importe total de la asignación tributaria correspondiente a la Iglesia Católica como consecuencia de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas devengado en el período impositivo cerrado dos años antes del año corriente y presentadas en el año anterior, en las que conste manifestación expresa de voluntad de contribuir al sostenimiento de aquélla, presentadas por los contribuyentes que tengan su residencia habitual en territorio común o en el extranjero. El certificado será remitido antes del día 25 de abril a la Dirección General de Presupuestos.».
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