El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 22 de enero actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 6316-2007 planteada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas, en el rollo de apelación núm. 125/2007, en relación con el art. 57.2 del Código Penal, en la redacción dada al mismo por la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por posible vulneración de los arts. 1.1, 9.1, 10, 18.1, 24.1 y 25.1 de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento judicial, en el rollo de apelación núm. 125/2007, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto.
Madrid, 22 de enero de 2008.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
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