Por Orden TAS/3018/2006, de 26 de septiembre, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la dotación de los botiquines de los que han de ir provistos los buques, recogiéndose en el artículo 10.2 que el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses, contados a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria. Con la finalidad de adoptar criterios de racionalización del proceso administrativo en los procesos de convocatoria y resolución de las subvenciones procede modificar el inicio del cómputo del plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento. En virtud de lo anterior, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden TAS/3018/2006, de 26 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la dotación de los botiquines de los que han de ir provistos los buques.
El párrafo segundo del artículo 10.2 de la Orden TAS/3018//2006, de 26 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la dotación de los botiquines de los que han de ir provistos los buques, queda redactado en los siguientes términos:
«El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, contados a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria salvo que ésta posponga sus efectos a una fecha posterior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.»
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 27 de febrero de 2008.-El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera Sánchez-Capitán.
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