Está Vd. en

Documento BOE-A-2008-7674

Resolución de 21 de febrero de 2008, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra, Sección Primera, que confirma la sentencia del Juzgado de Primera Instancia n.º 1, de Pontevedra, de 20 de octubre de 2006.

Publicado en:
«BOE» núm. 104, de 30 de abril de 2008, páginas 22204 a 22204 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2008-7674

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el «Boletín Oficial del Estado», el fallo de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra, Sección Primera, número 152/2007, de fecha 14 de marzo de 2007, que ha devenido firme. En el recurso de apelación número 143/2007, seguido ante la Audiencia Provincial de Pontevedra, Sección Primera, interpuesto por la Dirección General de los Registros y el Notariado, contra la sentencia de 20 de octubre de 2006, dictada en autos de juicio verbal n.º 611/2006, del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Pontevedra, que estimó parcialmente la demanda formulada por el notario don Fernando Olmedo Castañeda, contra la resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 11 de marzo de 2006, declarando que la escritura autorizada por el demandante el 8 de abril de 2005, con el número 602 de su protocolo, produce todos sus efectos, en concreto, el de acceso al registro de la Propiedad, mientras no se declare lo contrario en el procedimiento que corresponda ante la jurisdicción ordinaria.

FALLAMOS

Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la Administración General del Estado, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Pontevedra de fecha 20 de octubre de 2006. Debemos confirmar y confirmamos dicha resolución, sin que haya lugar a pronunciamiento de condena sobre las costas de segunda instancia.

Así, por nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos, don Manuel Almenar Berenguer, doña María Rodríguez González y don Francisco Javier Menéndez Estébanez, Magistrados de la Audiencia Provincial de Pontevedra, Sección Primera.

Madrid, 21 de febrero de 2008.-La Directora General de los Registros y del Notariado, Pilar Blanco Morales Limones.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid