Está Vd. en

Documento BOE-A-2009-13717

Resolución de 31 de julio de 2009, de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 5 de junio de 2009, por el que se autoriza la inclusión en la lista del Convenio de Ramsar (2 de febrero de 1971), relativo a humedales de importancia internacional especialmente como hábitat de aves acuáticas, de diversas zonas húmedas españolas situadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 21 de agosto de 2009, páginas 71917 a 71927 (11 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-13717
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2009/07/31/(6)

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 5 de junio de 2009, a propuesta del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y de conformidad con lo previsto en el artículo 2.5 del Convenio relativo a Humedales de Importancia Internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas (Ramsar, 2 de febrero de 1971), y en el artículo 49 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, el Consejo de Ministros adoptó un Acuerdo por el que se autoriza:

Primero. La inclusión en la Lista de Humedales de Importancia Internacional del Convenio de Ramsar de los siguientes humedales españoles, situados en la Comunidad Autónoma de Andalucía:

Reserva Natural Complejo Endorreico de Chiclana (Cádiz).

Reserva Natural Complejo Endorreico de Puerto Real (Cádiz).

Paraje Natural Laguna Grande (Jaén).

Reserva Natural Lagunas de Archidona (Málaga).

Reserva Natural Complejo Endorreico Lebrija-Las Cabezas (Sevilla).

(La localización, superficie, descripción técnica y mapa de todos estos humedales se incluyen como anexo a dicho Acuerdo y a la presente Resolución.)

Segundo. Asimismo, se autoriza la publicación de dicho acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado», así como de su anexo correspondiente, para conocimiento general.

Tercero. Dar cuenta de todo ello a la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), como depositaria de dicho Convenio

Madrid, 31 de julio de 2009.–El Director General de Medio Natural y Política Forestal, Juan Garay Zabala.

ANEXO

Ficha sintética

1. Nombre del sitio Ramsar: Reserva Natural Complejo Endorreico de Chiclana.

2. Municipios: Chiclana de la Frontera y Medina Sidonia.

3. Provincia: Cádiz.

4. Comunidad Autónoma: Andalucía.

5. Superficie: 793,01 ha.

6. Coordenadas geográficas centrales: 36º 26’ 59’’ N / 6º 04’ 32’’ W.

7. Límites: Los límites del sitio Ramsar son los mismos que están establecidos y definidos para la Reserva Integral declarada en virtud de la Ley 2/1987 de la Junta de Andalucía, de 2 de abril, de declaración de 12 lagunas como reservas integrales en la provincia de Cádiz («BOJA» n.º 31, de 8 de abril de 1987).

Posteriormente estas lagunas se reclasifican como Reservas Naturales, sin modificar sus límites, por Ley 2/1989, de la Junta de Andalucía, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección («BOJA» n.º 60, de 27 de julio de 1989).

8. Descripción resumida del humedal: El humedal Reserva Natural Complejo Endorreico de Chiclana está formado por dos lagunas: la Laguna de Jeli y la Laguna de Montellano. La Laguna de Jeli, con una superficie media inundada de aproximadamente 19 ha, es de carácter semipermanente y régimen hidrológico mixto, recibiendo una parte del agua por escorrentía superficial y por precipitaciones directas, y otra parte de un acuífero ocluido a través de los terrenos permeables aluviales-coluviales que conforman parte de su cubeta. La Laguna de Montellano, con una superficie media inundada de aproximadamente 7 ha, es de carácter temporal y régimen hidrológico epigénico, debido a la impermeabilidad de su base arcillosa. El nivel de las aguas en ambas lagunas es somero, alcanzando en máximo nivel una profundidad de 2 m en el caso de Jeli y 3 m en el caso de Montellano.

Ambas lagunas constituyen ejemplos representativos del endorreísmo bético que se extiende por las campiñas de Cádiz y Sevilla. Este complejo endorreico se ubica en un área de campiña donde se entremezclan cultivos de secano con pastizales para el ganado extensivo, con algunos retazos de matorral mediterráneo. Su localización estratégica, próxima a las marismas del Guadalquivir y a otros humedales importantes, convierten a este espacio en un área esencial como humedal alternativo para la cría y escala migratoria de numerosas especies de aves acuáticas, especialmente en años secos.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Ficha sintética

1. Nombre del sitio Ramsar: Reserva Natural Complejo Endorreico de Puerto Real.

2. Municipios: Puerto Real y Medina Sidonia.

3. Provincia: Cádiz.

4. Comunidad Autónoma: Andalucía.

5. Superficie: 863,20 ha.

6. Coordenadas geográficas centrales: 36º 31’ 45’’ N / 6º 02’ 20’’ W.

7. Límites: Los límites del sitio Ramsar son los mismos que están establecidos y definidos para la Reserva Integral declarada en virtud de la Ley 2/1987 de la Junta de Andalucía, de 2 de abril, de declaración de 12 lagunas como reservas integrales en la provincia de Cádiz («BOJA» n.º 31, de 8 de abril de 1987).

Posteriormente estas lagunas se reclasifican como Reservas Naturales, sin modificar sus límites, por Ley 2/1989 de la Junta de Andalucía, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección («BOJA» n.º 60, de 27 de julio de 1989).

8. Descripción resumida del humedal: El humedal Complejo Endorreico de Puerto Real está formado por tres lagunas: la Laguna del Taraje, la Laguna de San Antonio y la Laguna de Comisario. La Laguna del Taraje, con una superficie media inundada de aproximadamente 19 ha y una profundidad máxima de 2 m, es de carácter permanente, con un régimen hidrológico de carácter epigénico alterado por aportes artificiales de agua procedentes de una planta potabilizadora cercana, al igual que la Laguna de San Antonio, con una superficie media inundada y una profundidad máxima algo menores (unas 9,5 ha y 0,5 m) y cuya cubeta lagunar está casi completamente cubierta de helófitos. La Laguna del Comisario, con una superficie media inundada de 21 ha y una profundidad máxima de 1,5 m, tiene igualmente un régimen hidrológico de carácter epigénico siendo, por el contrario, de carácter temporal.

Estas lagunas constituyen ejemplos representativos del endorreísmo bético que se extiende por las campiñas de Cádiz y Sevilla. Este complejo endorreico se ubica en un área de campiña donde se entremezclan cultivos de secano con pastizales para el ganado extensivo, con algunos retazos de matorral mediterráneo. Su localización estratégica, próxima a las marismas del Guadalquivir y a otros humedales importantes, convierten a este espacio en un área esencial como humedal alternativo para la cría y escala migratoria de numerosas especies de aves acuáticas, especialmente en años secos.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Ficha sintética

1. Nombre del sitio Ramsar: Paraje Natural Laguna Grande.

2. Municipios: Baeza.

3. Provincia: Jaén.

4. Comunidad Autónoma: Andalucía.

5. Superficie: 199,87 ha.

6. Coordenadas geográficas centrales: 37º 56’ 04’’ N / 3º 33’ 31’’ W.

7. Límites: Los límites del sitio Ramsar son los mismos que están establecidos y definidos para el Paraje Natural Laguna Grande en el Anexo I de la Ley 2/1989 de la Junta de Andalucía, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección (BOJA n.º 60, de 27 de julio de 1989).

8. Descripción resumida del humedal: El Paraje Natural Laguna Grande incluye dos lagunas, denominadas Laguna Grande y Laguna Chica, con una superficie media inundada de aproximadamente 21,6 ha y 5,2 ha, respectivamente. Ambas conforman un complejo palustre de origen natural y régimen hídrico estacional, declarado Paraje Natural desde 1989, sobre el que se dispone de citas históricas muy antiguas que refrendan su utilización para embalsar agua desde al menos el siglo XVII.

En el caso de la Laguna Grande, la construcción de una serie de infraestructuras relacionadas con las actividades de regadío del olivar han tenido como consecuencia la regulación artificial de su régimen hídrico; como resultado, en la actualidad es un humedal de aguas dulces, semipermanentes, con un máximo de 4 m de profundidad y marcadas oscilaciones estacionales.

El régimen hídrico de la Laguna Chica se aproxima bastante al original, comportándose como un humedal somero (0,5 m), de aguas dulces e inundación estacional habitual ligada a la pluviometría.

Ambas lagunas se hallan inmersas en un área de campiña en las cercanías del río Guadalquivir, donde domina el paisaje el cultivo del olivar de regadío con algunos retazos de matorral mediterráneo. Su importancia ecológica radica en que forman parte de una red palustre funcional (las llamadas «Lagunas del Alto Guadalquivir») que tiene una localización estratégica entre los importantes humedales de Doñana, de La Mancha y del Litoral Mediterráneo, por lo que son utilizadas como humedales alternativos por los organismos acuáticos que se mueven entre ellos.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Ficha sintética

1. Nombre del sitio Ramsar: Reserva Natural Lagunas de Archidona.

2. Municipios: Archidona.

3. Provincia: Málaga.

4. Comunidad Autónoma: Andalucía.

5. Superficie: 203,84 ha.

6. Coordenadas geográficas centrales: 37º 06’ 13’’ N / 4º 18’ 30’’ W.

7. Límites: Los límites del sitio Ramsar son los mismos que están establecidos y definidos para la Reserva Natural Lagunas de Archidona en el Anexo I de la Ley 2/1989 de la Junta de Andalucía, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección («BOJA» n.º 60, de 27 de julio de 1989).

8. Descripción resumida del humedal: El humedal Reserva Natural Lagunas de Archidona es un complejo formado por dos lagunas, la Laguna Grande y la Laguna Chica, separadas entre sí por poco más de 1 Km. La Laguna Grande, con una superficie inundada de 7,96 ha, es de carácter permanente y régimen hidrológico hipogénico (recibe la mayor parte del agua de un acuífero kárstico en yesos). La Laguna Chica, con una superficie inundada de 7,88 ha, tienen carácter semipermanente y régimen hidrológico mayoritariamente hipogénico, aunque con mayores fluctuaciones (puede llegar a secarse en épocas de déficit pluviométrico, cuando desciende la superficie piezométrica del acuífero). Ambas lagunas están generadas por el colapso de diferentes dolinas, lo que en el caso de la Laguna Chica genera una morfología característica en forma de ocho. La Laguna Grande alcanza en máximo nivel una profundidad de 13,2 m y es, por tanto, la laguna más profunda de la provincia de Málaga y la segunda de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La Laguna Chica alcanza en máxima profundidad 8,3 m y, junto al complejo de los Hoyos, constituye un destacado ejemplo de la morfología kárstica por disolución en yesos de la unidad triásica germano-andaluza.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Ficha sintética

1. Nombre del sitio Ramsar: Reserva Natural Complejo Endorreico Lebrija-Las Cabezas.

2. Municipios: Lebrija y Las Cabezas de San Juan.

3. Provincia: Sevilla.

4. Comunidad Autónoma: Andalucía.

5. Superficie: 897,33 ha.

6. Coordenadas geográficas centrales: 36º 54’ 53’’ N / 5º 53’ 50’’ W.

7. Límites: Los límites del sitio Ramsar son los mismos que están establecidos y definidos para la Reserva Natural Complejo Endorreico Lebrija-Las Cabezas en el anexo I de la Ley 2/1989, de la Junta de Andalucía, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección («BOJA» n.º 60, de 27 de julio de 1989).

8. Descripción resumida del humedal: El humedal Complejo Endorreico Lebrija-Las Cabezas está formado por seis lagunas: Charrodo (también conocida por los nombres de Charroao o Bujadillo), Taraje, Pilón, Cigarrera, Galiana y Peña. La Laguna de Taraje es de carácter semipermanente, mientras que el resto son de carácter estacional. El nivel de agua de las lagunas del complejo es generalmente somero, oscilando entre los máximos conocidos de más 2 m en Cigarrera y de 3 m en Taraje, y los mínimos de 50 cm en Charrodo.

Estas lagunas constituyen ejemplos representativos del endorreísmo bético que se extiende por las campiñas de Cádiz y Sevilla. Este complejo endorreico se ubica en un área de campiña donde se entremezclan cultivos de secano con pastizales para el ganado extensivo, con algunos retazos de matorral mediterráneo. Su localización estratégica, próxima a las marismas del Guadalquivir y a otros humedales importantes, convierten a este espacio en un área esencial como humedal alternativo para la cría y escala migratoria de numerosas especies de aves acuáticas, especialmente en años secos.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 31/07/2009
  • Fecha de publicación: 21/08/2009
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Andalucía
  • Aves
  • Humedales
  • Reservas Naturales

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid