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El Pleno del Tribunal Constitucional por Auto de 27 de enero actual, ha acordado en el recurso de inconstitucionalidad núm. 7258/2008, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, mantener la suspensión, en los términos expresados en el fundamento jurídico 7 de los arts. 4.b) y 16.3 de la Ley de Andalucía 21/2007, de 18 de diciembre, de régimen jurídico y económico de los puertos de Andalucía y levantar la de los arts. 16.2 y 20.3 de la misma Ley de Andalucía 21/2007, suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso y que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 257, de 24 de octubre de 2008.
Madrid, 27 de enero de 2009.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
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