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Documento BOE-A-2009-616

Orden ARM/3927/2008, de 23 de diciembre, por la que se modifica la Orden ARM/2696/2008, de 16 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas al desarrollo tecnológico pesquero y acuícola.

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 13 de enero de 2009, páginas 4052 a 4052 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-616
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2008/12/23/arm3927

TEXTO ORIGINAL

La Orden ARM/2696/2008, de 16 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas al desarrollo tecnológico pesquero y acuícola, se dictó de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.º 736/2008, de la Comisión, de 22 de julio de 2008, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales concedidas a las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción, transformación y comercialización de productos de la pesca.

Con el fin de clarificar conceptos, se considera necesario proceder a la modificación de la citada orden, en su virtud, dispongo:

Artículo único.

Modificación de la Orden ARM/2696/2008, de 16 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas al desarrollo tecnológico pesquero y acuícola.

La Orden ARM/2696/2008, de 16 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas al desarrollo tecnológico pesquero y acuícola, queda modificada como sigue:

Uno. En el artículo 2 se numera el párrafo único como 1 y se añade un nuevo apartado 2 con la siguiente redacción:

«2. Los beneficiarios deberán tener la condición de pequeñas y medianas empresas (PYMES), de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (CE) n.º 736/2008, de la Comisión, de 22 de julio de 2008 relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales concedidas a las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción, transformación y comercialización de productos de la pesca.»

Dos. Se suprime la disposición final primera.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor con efectos de 26 de septiembre de 2008.

Madrid, 23 de diciembre de 2008.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Elena Espinosa Mangana.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 23/12/2008
  • Fecha de publicación: 13/01/2009
  • Efectos desde el 26 de septiembre de 2008.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 2 de la Orden ARM/2696/2008, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2008-15532).
Materias
  • Acuicultura
  • Ayudas
  • Desarrollo tecnológico
  • Dirección General de Ordenación Pesquera
  • Pequeña y Mediana Empresa
  • Pesca
  • Subvenciones

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