El artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece la posibilidad de atribuir temporalmente el ejercicio de las competencias que, de acuerdo con el ordenamiento jurídico, corresponden a un órgano administrativo vacante o cuyo titular se encuentre ausente o enfermo, a otro órgano administrativo por parte del órgano competente para el nombramiento de aquéllos.
Por jubilación de su titular queda vacante la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones de Ourense, por lo que es preciso atribuir, mientras se dé tal circunstancia, el ejercicio de sus competencias, tanto originarias como delegadas, a otra unidad administrativa, a fin de que continúe el normal funcionamiento de los servicios en dicha provincia. Dicho puesto de trabajo se cubre mediante el sistema de libre designación de acuerdo con el artículo 51 del Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Por ello, resulta preciso establecer la suplencia de la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones de Ourense, que no supone alteración alguna del régimen competencial vigente.
En su virtud, resuelvo:
Primero.–De acuerdo con el artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las competencias atribuidas al Jefe Provincial de Inspección de Telecomunicaciones de Ourense por el ordenamiento jurídico serán ejercidas por suplencia, durante la vacante de la citada unidad administrativa, por el Jefe de Comprobación Técnica de Emisiones Radioeléctricas de la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones de Ourense, tanto con carácter originario como por la delegación efectuada por el apartado vigésimo primero de la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, por la que se delegan competencias del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencia de otros órganos superiores y directivos del Departamento (Boletín Oficial del Estado número 241, de 6 de octubre de 2004), ratificada por Orden ITC/1332/2008, de 12 de mayo («Boletín Oficial del Estado» núm. 117, de 14 de mayo de 2008).
Segundo.–Cuantas Resoluciones o actos se adopten en el ejercicio de esta suplencia, en virtud de lo previsto por el apartado primero de la presente Resolución, deberán hacer constar tal circunstancia, mediante la mención de la misma.
Tercero.–La presente Resolución surtirá efectos desde el mismo día en que se produzca su publicación.
Madrid, 24 de marzo de 2009.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.
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