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Documento BOE-A-2009-6532

Resolución de 30 de marzo de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta con las tablas salariales definitivas para 2008 y provisionales para 2009 del Convenio Colectivo para las industrias extractivas, industrias del vidrio, industrias cerámicas y para las del comercio exclusivista de los mismos materiales.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 18 de abril de 2009, páginas 35641 a 35655 (15 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2009-6532
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2009/03/30/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de fecha 26 de febrero de 2009 donde se recogen los acuerdos sobre tablas salariales definitivas para el año 2008 y las provisionales para el año 2009 del Convenio Colectivo de ámbito estatal para las Industrias Extractivas, Industrias del Vidrio, Industrias Cerámicas y para las del Comercio Exclusivista de los mismos materiales (Código de Convenio nº 9902045), que fue suscrito por la Comisión mixta de Interpretación de dicho Convenio, en la que están integradas, de una parte la Confederación Empresarial Española del Vidrio y Cerámica en representación de las empresas del sector y, de otra, por las centrales sindicales MCA-UGT, FIA-UGT y CC.OO. en representación del colectivo laboral afectado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero. Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Mixta de Interpretación.

Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 30 de marzo de 2009.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

COMISIÓN MIXTA DE INTERPRETACIÓN
Acta de revisión salarial final de 2008 y provisional para el año 2009

Asisten:

Por la representación empresarial:

Don Manuel Campos.

Don Luis Adolfo Martínez.

Don Carlos Martí.

Doña Ana Beatriz Rapela.

Don Álvaro Rodríguez-Hesles.

Don Frederic Bonne.

Por la representación sindical:

MCA-UGT, doña Conchín Clemente.

FIA-UGT, don Javier Hernándiz, doña Juliana Miranda.

CC.OO., don Fernando Justo, don Manuel Fernández.

Secretario: José Luis Alonso Zarandieta.

En Madrid siendo las 11 horas del día 26 de febrero de 2009, previa convocatoria al efecto se reúnen en la sede de la Confederación Empresarial Española del Vidrio y la Cerámica, sita en Gran Vía 80, los representantes empresariales, sindicales y el secretario que figuran referenciados para deliberar y tomar acuerdos sobre el siguiente Orden del día.

Orden del dia

1. Revisión de las tablas salariales de 2008.

2. Confección de las tablas salariales provisionales para el 2009.

3. Atrasos y diferencias por revisión salarial.

1. Revisión de las tablas salariales de 2008.–Dado que el IPC real 2008 no ha superado el previsto para ese año, no procede la revisión de las tablas y otros conceptos salariales para ese año por lo que se acuerda:

Que los valores definitivos 2008 sean los valores provisionales publicados en la revisión salarial 2008

2. Confección de las tablas provisionales para el 2009.

2.1 Confección de las tablas provisionales para el año 2008 según el IPC previsto 2%, mas 0,5% pactado excepto la tabla de referencia (anexo XIII) que se incrementa en un 0,8%.

Conocido que el IPC previsto para el año 2009 asciende al 2% y visto que el articulo 7 del Convenio Colectivo Estatal, establece un incremento para 2009 del IPC previsto mas 0,5 puntos para todas las tablas excepto la de referencia que se incrementa en el IPC previsto (2%) mas 0,8.

Se acuerda que las tablas salariales provisionales para el año 2009 sean las de 2008 anteriormente acordadas, incrementadas en los % indicados anteriormente.

a).–Tablas Salariales que se unen como Anexo formando parte de la presente, las siguientes:

1. Tablas Salariales Generales (Anexo II).

2. Tablas Salariales para la Provincia de Madrid (Anexo III).

3. Tablas salariales para el Subsector de Vidrio al Soplete (Anexo IV).

4. Tablas Salariales para la Fabricación de Frascos y envases de Vidrio por Procedimiento Automático, Provincia de Barcelona (Anexo V).

5. Tablas Salariales para la Fabricación y Enriquecimiento de Vidrio Hueco de Barcelona (Servicio de Mesa) (Anexo VI).

6. Tablas Salariales para el Sector de Industrias Extractivas y Explotación y Manufacturas de Tierras Industriales (Anexo VII).

7. Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Valencia (Anexo VIII).

8. Tablas Salariales para el Sector de Baldosín Cerámico de la Provincia de Valencia (Anexo IX).

9. Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Barcelona (Anexo X).

10. Tablas Salariales para la Cerámica de Valencia (Anexo XI).

11. Tablas Salariales para el Vidrio de Zaragoza (anexo XII).

12. Tabla de Referencia (Salarios mínimos garantizados) (Anexo XIII).

b) Otros conceptos.

Para el período de vigencia comprendido entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2009:

Media dieta: 6,51 €.

Plus de turnicidad: 3,49 €/ dia efectivamente trabajado.

3. Atrasos y diferencias por revisión salarial.–Los atrasos derivados del incremento pactado para el año 2009, se abonaran en un solo pago, dentro del mes siguiente al de la publicación de las tablas en el B.O.E.

Se acuerda que el Acta sea firmada por cuatro miembros de la representación empresarial, dos por FITEQA CC.OO y dos por UGT (uno por FIA y uno por MCA) y el Secretario de la mesa.

ANEXO II
TABLAS SALARIALES PROVISIONALES AÑO 2009
Incremento IPC previsto (2%) + 0,5 puntos
Generales

Grupo profesional

Nivel salarial

 

Día

7

II

Personal Titulado Superior

32,26

6

III

Personal Titulado Medio

30,30

6

IV

Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1ª

29,36

6

V

Jefe Administración 2ª, Jefe de Sección

28,45

5

VI

Oficial Administrativo 1ª, Técnico de Organización 1ª, Jefe Taller, Encargado

27,57

5

VII

Técnico de Organización 2ª, Contramaestre, Especialista Oficio

26,69

4

VIII

Oficial Administrativo 2ª, Oficial 1ª operario

25,79

4

IX

Auxiliar Administrativo, Oficial 2ª operario

24,62

3

X

Especialista de 1ª, Oficial 3ª operario

23,72

2

XI

Especialista de 2ª, Peón especializado

23,21

1

XII

Peón, Personal de limpieza

23,03

Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 3,85.

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,93.

ANEXO III
TABLAS SALARIALES PROVISIONALES AÑO 2009
Incremento IPC previsto (2% )+ 0,5 puntos
Provincia de Madrid

Grupo profesional

Nivel salarial

 

Dia

7

II

Personal Titulado Superior

32,26

6

III

Personal Titulado Medio

30,3

6

IV

Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1ª

29,63

6

V

Jefe Administración 2ª, Jefe de Sección

29,02

5

VI

Oficial Administrativo 1ª , Técnico de Organización 1ª, Jefe Taller, Encargado

28,41

5

VII

Técnico de Organización 2ª, Contramaestre, Especialista Oficio

27,82

4

VIII

Oficial Administrativo 2ª, Oficial 1ª operario

27,57

4

IX

Auxiliar Administrativo, Oficial 2ª operario

26,72

3

X

Especialista de 1ª, Oficial 3ª operario

26,23

2

XI

Especialista de 2ª, Peón especializado

25,52

1

XII

Peón, Personal de limpieza

24,9

Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 3,17.

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,91.

Dietas:

Comida y Pernocta: 21,17.

ANEXO IV
TABLAS SALARIALES PROVISIONALES 2009
Incremento IPC previsto (2%) + 0,5 puntos
Subsector del vidrio al soplete

Grupo profesional

Nivel salarial

 

Dia

7

II

Personal Titulado Superior

62,31

6

III

Personal Titulado Medio

57,93

6

IV

Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1ª

54,59

6

V

Jefe Administración 2ª, Jefe de Sección

47,23

5

VI

Oficial Administrativo 1ª, Técnico Organización 1ª, Jefe Taller, Encargado

39,92

5

VII

Técnico Organización 2ª, Contramaestre, Especialista Oficio

38,77

4

VIII

Oficial Administrativo 2ª, Oficial 1ª operario

32,42

4

IX

Auxiliar Administrativo, Oficial 2ª operario

28,85

3

X

Especialista de 1ª, Oficial 3ª operario

27,11

2

XI

Especialista de 2ª, Peón especializado

25,54

1

XII

Peón, Personal de limpieza

24,90

Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado, 2,99.

Transporte: Por día efectivamente trabajado, 2,77.

ANEXO V
TABLAS SALARIALES PROVISIONALES 2009
Incremento IPC previsto (2%) + 0,5 puntos
Fabricación de frascos y envases de vidrio por procedimiento automático provincia de Barcelona

Categoría profesional

Básico

PAC

Semana

Personal con remuneración mensual
Técnicos y directivos:

 

 

 

Jefe de fabricación

932,21

682,86

42,22

Encargado de sección

785,27

348,24

42,22

Contramaestre

759,72

200,78

42,22

Delineante superior

810,35

333,99

42,22

Delineante de 1ª

785,02

279,95

42,22

Delineante de 2ª

785,02

179,08

42,22

Auxiliares, de 1ª

707,48

119,38

42,22

Auxiliares de 2ª

682,15

49,14

42,22

Administrativos:

 

 

 

Jefe de 1ª

862,61

450,89

42,22

Jefe de 2ª

809,81

333,48

42,22

Oficial de 1ª

785,02

260,31

42,22

Oficial de 2ª

734,4

198,41

42,22

Auxiliares

720,49

69,22

40,31

Aspirantes

707,48

69,22

40,31

Mercantiles:

 

 

 

Jefe de ventas

810,35

335,89

42,22

Viajante o Agente

785,02

122,94

42,22

Oficial de ventas

707,48

96,76

40,31

Subalternos

 

 

 

Listeros

513,68

121,23

38,36

Cobradores

707,48

106,27

40,31

Capataces de peones

682,86

129,28

38,36

Almacenero

682,2

127,35

38,36

Vigilante y Portero

707,52

25,91

40,31

Sanitario y Ordenanza

682,15

25,91

38,36

Personal de remuneración diaria

 

 

 

Obreros:

 

 

 

Arqueta

22,44

2,86

40,62

Conductor máquina 1s ks. Potg

24,52

5,1

42,22

Mecánico Mak 1 s ks. De primera

24,52

5,1

42,22

Mecánico Mak 1 s ks. De segunda

24,52

4,98

42,22

Maquinista de primera

24,52

5,1

42,22

Maquinista de segunda

24,52

4,98

42,22

Fundidor de primera

24,52

4,98

42,22

Sacador de primera

24,52

4,43

42,22

Oficial primera de servicios auxiliares

24,52

4,43

42,22

Sacador de segunda

23,54

4,62

35,31

Soplador de primera

22,7

1,62

40,31

Vigilante Arca y Arca Corr.

22,7

1,62

40,31

Ayudante (todos)

22,7

1,62

40,31

Soplador de segunda

22,7

1,62

40,31

Peones especializados

21,83

2,21

38,36

Oficial segunda de servicios oficiales

23,54

3,7

38,39

Peones y servicio limpieza

21,06

1,87

38,39

Además , todo el personal percibirá, por día trabajado, las siguientes cantidades:

Plus estímulo empresarial: 2,13.

Plus estimulo empresarial: Peones y Peones especializados: 3,45.

Transporte:

Personal domiciliado dentro de un radio de 1 Km: 0,54.

Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 km: 0,79.

Personal domiciliado a más de tres kilómetros: 1,12, 0,51.

Prendas de trabajo (por sustitución de su entrega): 0,5.

Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, Patrono de la Industria Vidriera. Las Empresas, abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a 5 días de salario básico, más el plus de actividad correcta (PAC) incrementada, en su caso con el premio de antigüedad, si correspondiera.

ANEXO VI
TABLAS SALARIALES PROVISIONALES 2009
Incremento IPC previsto (2%) + 0,5 puntos
Fabricación y enriquecimiento de vidrio hueco de Barcelona (servicio de mesa)

Categoría profesional

Básico

PAC

Semanal

Personal con remuneración mensual

 

 

 

Técnicos:

 

 

 

Jefe de fabricación

932,21

665,08

42,22

Encargado de sección

785,02

348,24

42,22

Contramaestre

758,54

239,05

42,38

Administrativos:

 

 

 

Jefe de primera

862,61

455,10

42,22

Jefe de segunda

783,24

322,88

42,22

Oficial de primera

785,00

219,50

42,22

Oficial de segunda

734,37

223,70

42,22

Auxiliares

720,25

54,26

40,31

Aspirantes de 1ª

707,48

41,12

40,31

Aspirantes de 2ª

479,61

165,12

28,75

Mercantiles:

 

 

 

Jefe de ventas

810,35

315,86

42,22

Viajante o Corredor

785,02

157,24

42,22

Oficial de ventas

707,52

106,22

40,31

Subalternos:

 

 

 

Almacenero

682,15

126,32

38,36

Capataces de Peones

682,15

126,32

38,36

Listeros

682,15

111,04

38,36

Sanitarios y Ordenanzas

682,15

38,19

39,26

Cobradores

707,52

149,58

40,31

Guardias y Vigilantes

682,15

41,50

38,36

Porteros

682,15

41,50

38,36

Personal de remuneración diaria (profesionales de oficio)

 

 

 

Gran Plaza:

 

 

 

Maestro abridor

25,61

14,01

42,22

Soplador de primera

24,52

10,82

42,22

Soplador de segunda

24,52

6,53

42,22

Levantador

23,97

3,80

40,31

Posteros y Patroneros

23,54

4,60

40,31

Jarra o 2º Gran Plaza:

 

 

 

Abridor

24,52

10,82

42,22

Soplador

24,52

4,69

42,22

Levantador de asas

22,70

1,70

40,31

Fantasía:

 

 

 

Maestro

24,52

10,82

42,22

Levantador

23,54

3,80

40,31

Bohemia de 1ª:

 

 

 

Soplador

24,52

10,82

42,22

Patronero

22,70

6,59

40,31

Bohemia de 2ª:

 

 

 

Soplador

24,52

9,57

42,22

Patronero

22,70

6,15

40,31

Bohemia de 3ª:

 

 

 

Soplador

24,52

6,53

42,22

Patronero

22,70

4,66

40,31

Copas Gas Extra:

 

 

 

Maestro

24,52

10,82

42,22

Soplador

24,52

6,59

42,22

Levantador de pies y piernas

22,70

1,70

40,31

Vasos Corte y Gas:

 

 

 

Soplador toda clase

24,52

36,95

42,22

Soplador pequeños finos

24,52

3,35

42,22

Copas Gas Corriente:

 

 

 

Maestro colador pies y pierna

24,52

9,57

42,22

Soplador

24,52

5,89

42,22

Levantador de pies y piernas

21,00

1,70

40,31

Vasos acabados a mano:

 

 

 

Abridor

24,52

9,57

42,22

Soplador

24,52

6,59

42,22

Vasos acabados a mano de 2ª:

 

 

 

Abridor

24,52

7,57

42,22

Soplador

24,52

5,01

42,22

Prensa Refinada Extra:

 

 

 

Abridor

24,52

11,05

42,22

Prensador

24,52

7,57

42,22

Levantador

23,54

3,80

40,31

Prensa Miniatura:

 

 

 

Abridor

24,52

9,27

42,22

Prensador

24,52

6,53

42,22

Levantador

23,54

3,80

40,31

Prensa sin Refinar:

 

 

 

Prensador

24,52

5,01

42,22

Levantador

23,54

3,41

40,31

Copas Americanas Extras:

 

 

 

Colocador de pies

24,52

7,73

42,22

Soplador

24,52

6,53

42,22

Levantador

22,70

1,70

40,31

Copas Americanas Corrientes:

 

 

 

Colocador de pies

24,52

0,66

42,22

Soplador

24,52

5,64

42,22

Levantador

22,70

1,70

40,31

Tapones a Mano:

 

 

 

Taponero

24,52

7,45

42,22

Tapones Prensador (Punzados):

 

 

 

Taponero

22,70

1,70

40,31

Producción semiautomática:

 

 

 

Oficial de primera máquina

24,52

5,71

42,22

Oficial de primera sacador

24,52

4,03

42,22

Oficiales de primera soplador

22,70

1,70

40,31

Oficial de segunda máquina

24,52

4,41

42,22

Oficiales de segunda sacador

23,54

3,80

40,31

Oficial de segunda soplador

22,70

2,16

40,31

A) Sección Acabado:

 

 

 

Cortadores a gas (bohemia/F)

22,70

3,15

40,31

Cortadores a gas corriente

22,70

3,00

40,31

Fletadores (B.y F.)

23,54

3,80

40,31

Fletadores finos al torno

23,54

3,80

40,31

Fletadores corriente

23,54

3,80

40,31

Chaflanadores (B. y F.)

23,54

3,80

40,31

Chaflanadores (sonoro)

23,54

3,80

40,31

Requemadores a mano o maq.

22,70

3,00

40,31

Chaflanadores corrientes

22,70

3,00

40,31

Despuntilladores

22,70

3,00

40,31

Pulidores

22,70

3,00

40,31

Taponadores finos

24,52

4,41

42,22

Taponadores semifino

22,70

5,99

40,31

Taponadores ordinario

22,70

4,60

40,31

B) Sección Enriquecido:

 

 

 

Tallería:

 

 

 

Tallador de primera

24,52

7,74

42,22

Tallador de segunda

24,52

5,01

42,22

Tallador de tercera

22,70

7,03

40,31

Pulidor

22,70

3,41

40,31

Decorado:

 

 

 

Decorador de primera

24,52

7,74

42,22

Decorador de segunda

24,52

5,03

42,22

Decorador de tercera

23,54

3,41

40,31

Mufleros

23,54

2,81

40,31

Serigrafiados

23,54

2,81

40,31

Grabado:

 

 

 

Grabador a la rueda de primera

24,52

7,74

42,22

Grabadora a la rueda de segunda

22,70

5,64

40,31

Grabadora a la rueda de tercera

22,70

4,51

40,31

Grabadora al transporte

23,54

2,81

40,31

Panteng y Gillog

23,54

2,81

40,31

C.) Sección Temple:

 

 

 

Fundidor de primera

24,52

4,41

40,31

Fundidor de segunda

22,70

4,51

40,31

Arqueta

22,70

3,12

40,31

D) Servicios Auxiliares:

 

 

 

Oficial de primera

24,52

4,03

42,22

Oficial de segunda

24,52

1,70

42,22

Crisolista de primera

24,52

2,81

42,22

Crisolista de segunda

23,54

1,76

40,31

Peones especializados

21,83

2,00

39,17

Peones

21,06

1,87

39,17

Servicio de limpieza

21,06

1,87

39,17

Además, todo el personal percibirá por día trabajado las siguientes cantidades:

Plus estímulo empresarial: 2,13.

Transporte:

Personal domiciliado dentro de un radio de 1 km: 0,53.

Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 km: 0,79.

Personal domiciliado a más de 3 km: 1,12.

Prendas de trabajo (por sustitución de su entrega): 0,51.

Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, Patrono de la Industria Vidriera. Las Empresas, abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a 5 días de salario básico, más el plus de actividad correcta (PAC) incrementada, en su caso con el premio de antigüedad, si correspondiera.

ANEXO VII
TABLAS SALARIALES PROVISIONALES AÑO 2009
Incremento IPC previsto (2% )+ 0,5 puntos
Sector de industrias extractivas y explotacion y manufactura de minerales industriales

Quedan comprendidas dentro del ámbito de aplicación del Convenio Colectivo Estatal, a título orientativo las siguientes Industrias:

En general: Las minas y canteras no metálicas ni energéticas.

Más en concreto: las explotaciones, molienda, trituración, pulverización, lavado y clasificado, que se utilizan con la extracción o no de: Andalucita, Arcilla, Arena, Arenisca, Atapulguita, Barita, Bauxita, Bentonita, Caliza, Caolín, Ocres, Carbonato, Cuarcita, Cuarzo, Dolomía, Exquisto, Feldespato, Magnesita, Sepiolita, Neofelinica, Sienica, Solimanita, Talco, Tierra de trípoli, y todos aquellos que se utilizan, predominantemente, en la fabricación de vidrio y Cerámica.

Grupo profesional

Niveles

Categoría profesional

Salario base

 

 

Grupo A. Tecnicos

 

 

 

1. Titulados:

 

7

II

Ingenieros, Licenciados, Capaz Facultativo, Vigilantes de interior, vigilantes de exterior, Peritos y Practicantes.

32,49

 

 

2. No titulados:

 

6

V

Jefe de fábrica o taller

29,62

5

VI

Encargado de taller, Vigilantes de interior, Vigilantes de exterior, Topógrafo y Delineante de primera.

30,51

4

IX

Auxiliar de topógrafo, Calcador de plano y Analista

24,89

 

 

Grupo B. Administrativos

 

6

III

Jefe de primera

30,5

6

V

Jefe de segunda

28,68

5

VI

Oficial de primera

27,77

4

IX

Auxiliar

24,89

 

XIII

Aspirante de dieciséis a dieciocho años

0

 

 

Grupo C. Subalternos

 

5

VII

Capataz de peones

26,93

3

X

Listeros. Almacenero. Guarda Jurado. Guarda. Portero. Ordenanza. Basculero. Pesador. Enfermero. Dependiente de Economato. Personal de limpieza.

23,9

 

XIII

Botones y Recadero de dieciséis a diecisiete años

0

 

 

Grupo D. Obreros

 

 

 

1. Obreros de Interior.

 

 

 

a) Profesionales de:

 

4

VIII

Mineros de primera. Barreneros. Estibadores. Picadores. Caminero de primera.

25,93

1

XII

Caminero de segunda

23,21

 

 

b) Especialistas:

 

3

X

Ayudantes de Barrenero. Estibador y Picador. Tubero y Bombero.

24,67

2

XI

Vagonero

23,74

 

 

2. Obreros de Exterior.

 

 

 

a) Profesionales de oficio:

 

4

VIII

Oficial de primera

25,78

4

IX

Oficial de segunda

24,89

3

X

Maquinistas de extracción y de arrastre, carg. Barrenero y Fogonero.

24,67

3

X

Oficial de tercera

23,90

 

 

b) Especialistas:

 

2

XI

Celadores. Composteros. Lampisteros. Estriadores. Molineros. Trituradores. Ayudante de fogonero. Embasadores de sacos y otras especialidades.

23,21

1

XII

c) Peones

23,03

Pluses:

Plus de transporte: por día debidamente trabajado: 2,93.

Plus de asistencia: por día debidamente trabajado: 3,85.

ANEXO VIII
TABLAS SALARIALES PROVISIONALES AÑO 2009
Incremento IPC previsto (2% )+ 0,5 puntos
Comercio y manufacturas de vidrio plano de Valencia

Grupo profesional

Nivel

Categoría profesional

Salario día

 

 

Operarios

 

4

VIII

Oficial de primera

25,79

4

IX

Oficial de segunda

24,72

3

X

Ayudante Vigilante

24,30

2

XI

Peón Especialista

23,83

1

XII

Peón Ordinario

23,39

Plus de transporte: Por dia efectivamente trabajado, 2,93.

Plus de Asistencia: Por dia efectivamente trabajado, 3,85.

Grupo profesional

Nivel

Categoría profesional

Salario mes

 

 

Administrativos

 

6

III

Jefe de primera

1.155,75

6

V

Jefe de segunda

1.015,57

5

VI

Encargado de taller

926,23

5

VI

Oficial de primera

926,30

4

VIII

Oficial de segunda

803,87

4

IX

Auxiliar. Cobrador Subalterno.

754,92

Plus de asistencia mensual: 77,19.

Plus de Transporte mensual: 63,21.

Dieta:

Media dieta: 7,74.

Comida y Pernocta: 23,37.

ANEXO IX
TABLAS SALARIALES PROVISIONALES AÑO 2009
Incremento IPC previsto (2%)+ 0,5 puntos
Baldosín cerámico de la provincia de Valencia

Grupo profesional

Nivel

Categoría

Salario mínimo

Salario medio

Salario máximo

5

VII

Capataz

28,23

 

 

4

VIII

Oficial de primera

27,79

33,43

38,98

4

IX

Oficial de segunda

26,94

32,26

37,63

3

X

Especialista de primera

26,69

31,99

37,33

2

XI

Especialista de segunda

26,36

31,67

37,00

2

XI

Especialista de tercera

26,31

31,58

36,86

1

XII

Peón

26,19

31,32

36,64

1

XIII

Pinche

24,81

29,43

34,69

Pluses:

Asistencia: por día efectivamente trabajado: 3,87.

ANEXO X
TABLAS SALARIALES PROVISIONALES AÑO 2009
Incremento IPC previsto (2%) + 0,5 puntos
Manufactura y comercio vidrio plano de Barcelona

Grupo profesional

Nivel

Categoría profesional

Salario/día

7

II

Ingenieros

45,54

7

II

Licenciados

42,89

7

II

Peritos

32,14

6

III

Ayudante Técnico

29,95

6

III

Jefe de primera administrativo

37,56

6

IV

Jefe de fabrica

42,85

6

IV

Delineante proyectista

31,95

6

V

Jefe de segunda administrativo

32,01

5

VI

Encargado de taller

32,01

5

VI

Delineante

29,62

5

VI

Oficial de primera administrativo

30,77

5

VI

Vendedor

30,77

5

VII

Oficial de segunda administrativo

28,60

4

VIII

Contramaestre

30,60

4

VIII

Calcador

28,39

4

VIII

Oficial de primera

29,16

4

VIII

Capataz de peones

24,58

4

IX

Oficial de segunda

24,65

4

IX

Portero

22,63

4

IX

Ordenanza

22,63

4

IX

Auxiliar administrativo

23,06

3

X

Cobrador

25,61

3

X

Listero

25,01

3

X

Almacenero

25,27

3

X

Guarda jurado

23,72

3

X

Guarda ordinario y Vigilante

22,63

3

X

Basculero y Pesador

22,63

3

X

Sanitario no titulado

22,63

3

X

Auxiliar laboratorio. Administrativo mayor 18 años

22,63

2

XI

Oficial de tercera y ayudante

23,79

2

XII

Personal de limpieza

22,63

1

XII

Peón

23,15

1

XII

Botones

20,50

Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 3,85.

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,92.

Paga de San Antonio: 57,49.

Dietas:

Media dieta: 11,32.

ANEXO XI
TABLAS SALARIALES PROVISIONALES AÑO 2009
Incremento IPC previsto (2%) + 0,5 puntos
Ceramica de la provincia de Valencia

Grupo profesional

Nivel

Categoría profesional

Salario/día

7

II

Personal Titulado Superior

43,09

6

III

Personal Titulado Medio

35,10

6

IV

Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1ª

33,76

6

V

Jefe Administración 2ª, Jefe de Sección

31,07

5

VI

Oficial Administrativo 1ª, Técnico Organización 1ª, Jefe Taller, Encargado

29,02

5

VII

Técnico Organización 2ª, Contramaestre, Especialista Oficio

28,55

4

VIII

Oficial Administrativo 2ª, Oficial 1ª operario

27,59

4

IX

Auxiliar Administrativo, Oficial 2ª operario

27,14

3

X

Especialista de 1ª, Oficial 3ª operario

26,76

2

XI

Especialista de 2ª, Peón especializado

26,39

1

XII

Peón, Personal de limpieza

25,98

Pluses:

De transporte: 2,16.

Distancia: 0,08.

Plus de asistencia: 0,45.

ANEXO XII
TABLAS SALARIALES PROVISIONALES PARA EL AÑO 2009
Incremento IPC previsto (2% )+ 0,5 puntos
Vidrio de Zaragoza

Grupo

Nivel

 

Euro/dia

Euros

7

II

Personal Titulado Superior

54,93

24.990,83

6

III

Personal Titulado Medio, Jefe Administrativo 1ª

48,77

22.191,08

6

IV

Jefe de Personal, Encargado General

47,03

21.399,28

6

V

Jefe Administracion 2ª, Delineante superior,Jefe de Sección, Jefe de Organización 2ª

40,74

18.537,41

5

VI

Oficial Administrativo, Delineante, Tecnico Organización 1ª, Jefe Taller, Encargado

38,98

17.735,27

5

VII

Delineante, Tecnico Organizacion 2ª, Analista 1ª,Capataz

36,09

16.420,78

4

VIII

Oficial Adminitrativo 2ª, Corredor, Oficial 1ª oficio,Analista 2ª

35,23

16.032,64

4

IX

Auxiliar Administrativo, Auxiliar Organización,Oficial 2ª de oficio

33,94

15.442,67

3

X

Auxiliar Laboratorio,Vigilante,Almacenero,Enfermero,Cobrador,Ayudante.

30,46

13.859,08

2

XI

Especialista de 2ª, Peón especializado

29,65

13.496,80

1

XII

Peón, Personal de limpieza

28,80

13.108,67

Premio de Vinculación (*) (por año de servicio): 18,44.

Premio de Vinculación (Tope Máximo): 350,14.

Pluses:

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,93.

Se hara efectivo el día laborable anterior a la festividad de Nuestra Señora del Pilar

No se abonara este premio a los trabajadores que tengan mas de tres faltas de asistencia injustificadas en los doce meses anteriores a la fecha en que corresponde abonar este premio.

Respecto al Plus de Asistencia ,Ayuda escolar y Fiesta del pilar se estara a lo pactado en el Acuerdo de Adhesión, publicado en el BOE n.º 191, del viernes 10 de agosto de 2001.

ANEXO XIII
TABLAS SALARIALES PROVISIONALES PARA EL AÑO 2009
Incremento IPC previsto (2% )+ 0,8 puntos
Tabla de referencia (salarios mínimos garantizados)

Grupo

Nivel

Salario día

Salario anual

7

II

32,68

16.611,44

6

III, IV y V

29,70

15.255,32

5

VI y VII

27,48

14.245,22

4

VIII y IX

25,54

13.362,52

3

X

24,01

12.666,37

2

XI

23,51

12.438,87

1

XII

23,33

12.356,97

Plus de Asistencia: Por día efectivo de trabajo: 3,89.

Plus de Transporte: Por día efectivo de trabajo: 2,98.

Los valores anuales se entienden referidos para supuestos de:

Salario día a razón de 455 días (365 días/año+ 30 Paga extra de Verano + 30 Paga Extra de Navidad + 30 Paga de marzo).

Plus de asistencia a razón de 280 días (219 días trabajo efectivo+ 21 Paga Extra de Verano+20 Paga Extra de Navidad + 20 Paga de vacaciones).

Plus de transporte a razón de 219 días (219 días de trabajo efectivo año).

Las empresas que a partir del 1/1/1999 empiecen a regirse por el presente Convenio, podrán optar por la aplicación de esta Tabla de Referencia o por aquella a la que se hubieran acogido de no existir esta Tabla.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/03/2009
  • Fecha de publicación: 18/04/2009
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de de 16 de agosto de 2007 (Ref. BOE-A-2007-15880).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Industria de la cerámica
  • Industria del vidrio
  • Industria extractiva

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