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Documento BOE-A-2009-9480

Real Decreto 947/2009, de 5 de junio, por el que se fijan las plantillas reglamentarias de oficiales generales, oficiales y suboficiales para el período 2009-2013.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 8 de junio de 2009, páginas 48060 a 48067 (8 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2009-9480
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2009/06/05/947

TEXTO ORIGINAL

El artículo 16.3 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, establece que el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Defensa, fijará con vigencia para períodos cuatrienales las plantillas reglamentarias de oficiales generales, oficiales y suboficiales por cuerpos, escalas y empleos de los militares de carrera, excepto los correspondientes a los dos primeros empleos, cuyos efectivos serán los que resulten de las provisiones de plazas y de la aplicación del sistema de ascensos por antigüedad.

A este respecto, aunque la disposición transitoria primera de la citada ley establece que los efectivos máximos previstos en su artículo 16.2, de oficiales generales y coroneles, deberá alcanzarse antes del 30 de junio de 2013, la disposición adicional decimoquinta de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, ha autorizado al Gobierno a extender hasta el siguiente período cuatrienal de plantillas reglamentarias el proceso de ajuste establecido en dicha disposición transitoria.

Igualmente, las disposiciones transitorias cuarta.16 y quinta.8 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, habilitan al Ministro de Defensa para determinar las plantillas de las escalas a extinguir de oficiales y las plantillas de los militares de complemento, diferenciando las de militares de carrera; y la disposición derogatoria única.2 de la citada ley, mantiene en vigor la disposición transitoria tercera de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, en lo que se refiere al régimen del personal de escalas a extinguir.

Finalmente, coincidiendo con la tramitación de este real decreto, se ha visto la necesidad de modificar la estructura orgánica básica de la Armada, como consecuencia de la nueva estructura orgánica y despliegue de su Fuerza, establecidas en la Orden DEF/3771/2008, de 10 de diciembre, por la que se modifica la estructura orgánica y el despliegue de la Fuerza del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, que figura en el Real Decreto 416/2006, de 11 de abril. Esta nueva reorganización, que entre otros aspectos, dispone la integración de toda la Fuerza de la Armada en una única estructura denominada Flota, afecta a la dependencia orgánica del Comandante General de la Infantería de Marina y a la ubicación de su órgano de mando, la Comandancia General, recogidos en el Real Decreto 912/2002, de 6 de septiembre, por el que se desarrolla la estructura básica de los Ejércitos, lo cual no modifica, en lo más mínimo, la singularidad del Cuerpo de Infantería de Marina que, tal como reconoce la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, es un cuerpo específico de la Armada.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Defensa, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de junio de 2009,

DISPONGO:
Artículo 1. Aprobación de plantillas.

1. Se aprueban las plantillas reglamentarias de oficiales generales, oficiales y suboficiales por cuerpos, escalas y empleos de los militares de carrera, excepto los correspondientes a los dos primeros empleos, que se indican en el anexo, y que tendrán vigencia desde el día 1 de julio de 2009 hasta el 30 de junio del año 2013, ambos incluidos.

La distribución se hace en períodos anuales que comienzan el 1 de julio y finalizan el 30 de junio del año siguiente.

2. Además, existirá la plantilla indistinta de oficiales generales para dotar los puestos en los órganos centrales, incluido el Estado Mayor de la Defensa, y en los demás organismos del Ministerio de Defensa, que no estén expresamente asignados a un cuerpo determinado, que se indica en el anexo.

Artículo 2. Efectivos máximos por empleos.

Las plantillas que se establecen representan los efectivos máximos en cada empleo durante cada uno de los períodos anuales, e incluyen a todo el personal que se encuentre en las situaciones administrativas de servicio activo y suspensión de funciones.

Artículo 3. Amortización de excedentes.

Los excedentes de plantilla que existan en todo momento en los distintos empleos y escalas en relación a las plantillas aprobadas por este real decreto se amortizarán no dando al ascenso las siguientes vacantes:

a) En los empleos de la categoría de oficiales generales, la primera que se produzca de cada dos.

b) En los restantes empleos, la primera que se produzca de cada tres.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto.

Disposición final primera. Título competencial.

Este real decreto se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.4.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de Defensa y Fuerzas Armadas.

Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 1928/1991, de 20 de diciembre, por el que se adapta a las escalas declaradas a extinguir el régimen del personal establecido en la Ley 17/1989, de 19 de julio.

En los apartados 1, 2 y 3 del artículo 3 del Real Decreto 1928/1991, de 20 de diciembre, por el que se adapta a las escalas declaradas a extinguir el régimen del personal militar establecido en la Ley 17/1989, de 19 de julio, la expresión «Escala de subdirectores músicos: Alférez y Teniente» se sustituye por la siguiente:

«Escala de subdirectores músicos: Alférez, Teniente y Capitán»

Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 912/2002, de 6 de septiembre, por el que se desarrolla la estructura básica de los Ejércitos.

El artículo 2.3 del capítulo II del Real Decreto 912/2002, de 6 de septiembre, por el que se desarrolla la estructura básica de los Ejércitos, queda sin contenido.

Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 416/2006, de 11 de abril, por el que se establece la organización y el despliegue de la Fuerza del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, así como de la Unidad Militar de Emergencias.

Se añade una nueva disposición adicional, sexta, al Real Decreto 416/2006, de 11 de abril, por el que se establece la organización y el despliegue de la Fuerza del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, así como de la Unidad Militar de Emergencias, con la siguiente redacción:

«Disposición adicional sexta. Comandancia General de Infantería de Marina.

1. La Comandancia General de Infantería de Marina y su Comandante General estarán incluidos en la estructura orgánica de la Flota.

2. El Comandante General de la Infantería de Marina dependerá directamente del Jefe de Estado Mayor de la Armada para asesorarle en aquellos asuntos referidos al Cuerpo de Infantería de Marina que no se relacionen de forma específica y directa con la preparación de la Fuerza.»

Disposición final quinta. Habilitación normativa.

1. El Ministro de Defensa determinará anualmente en períodos que comienzan el 1 de julio y finalizan el 30 de junio del año siguiente, las plantillas por cuerpos, escalas y empleos de las escalas a extinguir de oficiales de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, las plantillas por empleos de los militares de complemento de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, adscritos a los diversos cuerpos y escalas, diferenciando las de los militares de carrera, y las plantillas de las escalas a extinguir de la disposición transitoria tercera de la Ley 17/1999, de 18 de mayo.

Los efectivos asignados en estas plantillas a los empleos de teniente coronel, comandante, subteniente y brigada, en los cuerpos que se determinen, se deducirán de las plantillas aprobadas en el artículo 1 de este real decreto para los períodos anuales y empleos correspondientes.

2. Se autoriza al Ministro de Defensa a modificar las plantillas de oficiales generales de cada período anual establecidas en el anexo, en el sentido de disminuir las de teniente general/almirante en aumento de las de general de división/vicealmirante y de disminuir las previstas para este empleo aumentando las de general de brigada/contralmirante, sin que se produzca variación en el número máximo de oficiales generales.

Disposición final sexta. Facultad de desarrollo.

Se autoriza al Ministro de Defensa a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de este real decreto.

Disposición final séptima. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 5 de junio de 2009.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Defensa,

CARME CHACÓN PIQUERAS

 
ANEXO
Plantillas reglamentarias de cuadros de mando de las Fuerzas Armadas para el periodo 2009-2013
1. Ejército de Tierra

a) Cuerpo General:

Empleos

Escalas

Oficiales

Suboficiales

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

General de Ejército

1

1

1

1

 

 

 

 

Teniente General

8

8

8

8

 

 

 

 

General de División

18

18

18

18

 

 

 

 

General de Brigada

53

51

49

48

 

 

 

 

Coronel

542

533

498

498

 

 

 

 

Teniente Coronel

1.432

1.451

1.499

1.535

 

 

 

 

Comandante

1.936

1.924

1.924

1.887

 

 

 

 

Suboficial Mayor

 

 

 

 

195

195

197

200

Subteniente

 

 

 

 

4.188

4.259

4.259

4.259

Brigada

 

 

 

 

4.602

4.531

4.529

4.526

b) Cuerpo de Intendencia:

Empleos

Escala de Oficiales

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

General de División

1

1

1

1

General de Brigada

5

5

5

4

Coronel

53

51

51

46

Teniente Coronel

176

176

176

176

Comandante

160

159

158

158

c) Cuerpo de Ingenieros Politécnicos:

Empleos

Escalas

Oficiales

Técnica

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

General de División

1

1

1

1

 

 

 

 

General de Brigada

2

2

2

2

 

 

 

 

Coronel

24

24

23

23

 

 

 

 

Teniente Coronel

64

66

68

70

6

6

6

6

Comandante

65

65

65

65

51

51

51

51

 
2. Armada

a) Cuerpo General:

Empleos

Escalas

Oficiales

Suboficiales

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

Almirante General

1

1

1

1

 

 

 

 

Almirante

4

4

4

4

 

 

 

 

Vicealmirante

8

8

8

8

 

 

 

 

Contralmirante

13

13

13

12

 

 

 

 

Capitán de Navío

144

142

139

136

 

 

 

 

Capitán de Fragata

270

286

298

301

 

 

 

 

Capitán de Corbeta

495

487

475

472

 

 

 

 

Suboficial Mayor

 

 

 

 

85

85

85

85

Subteniente

 

 

 

 

1.028

1.051

1.062

1.071

Brigada

 

 

 

 

1.273

1.255

1.248

1.243

b) Cuerpo de Infantería de Marina:

Empleos

Escalas

Oficiales

Suboficiales

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

General de División

1

1

1

1

 

 

 

 

General de Brigada

3

2

2

2

 

 

 

 

Coronel

39

39

38

37

 

 

 

 

Teniente Coronel

74

78

79

80

 

 

 

 

Comandante

110

110

110

110

 

 

 

 

Suboficial Mayor

 

 

 

 

13

13

13

13

Subteniente

 

 

 

 

136

141

144

147

Brigada

 

 

 

 

199

196

195

195

c) Cuerpo de Intendencia:

Empleos

Escala de Oficiales

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

General de División

1

1

1

1

General de Brigada

2

2

2

2

Coronel

36

35

34

33

Teniente Coronel

60

65

67

68

Comandante

82

78

78

78

 

d) Cuerpo de Ingenieros:

Empleos

Escalas

Oficiales

Técnica

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

Vicealmirante

1

1

1

1

 

 

 

 

Contralmirante

3

3

3

3

 

 

 

 

Capitán de Navío

26

25

25

24

 

 

 

 

Capitán de Fragata

44

44

44

44

 

 

 

 

Capitán de Corbeta

45

45

45

45

 

 

2

3

3. Ejército del Aire

a) Cuerpo General:

Empleos

Escalas

Oficiales

Suboficiales

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

General del Aire

1

1

1

1

 

 

 

 

Teniente General

4

4

4

4

 

 

 

 

General de División

12

11

11

10

 

 

 

 

General de Brigada

15

15

14

14

 

 

 

 

Coronel

152

151

149

147

 

 

 

 

Teniente Coronel

298

310

330

340

 

 

 

 

Comandante

424

430

436

442

 

 

 

 

Suboficial Mayor

 

 

 

 

130

130

130

130

Subteniente

 

 

 

 

1.583

1.582

1.581

1.580

Brigada

 

 

 

 

2.317

2.268

2.214

2.160

b) Cuerpo de Intendencia:

Empleos

Escala de Oficiales

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

General de División

1

1

1

1

General de Brigada

2

2

2

2

Coronel

24

24

23

23

Teniente Coronel

52

53

54

55

Comandante

65

64

64

64

c) Cuerpo de Ingenieros:

Empleos

Escalas

Oficiales

Técnica

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

General de División

1

1

1

1

 

 

 

 

General de Brigada

2

2

2

2

 

 

 

 

Coronel

18

18

17

17

 

 

 

 

Teniente Coronel

39

37

35

33

7

7

7

7

Comandante

28

29

32

34

97

95

93

90

4. Cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas

a) Cuerpo Jurídico Militar:

Empleos

Escala de Oficiales

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

General Consejero Togado

3

3

3

3

General Auditor

8

8

8

8

Coronel

29

28

28

28

Teniente Coronel

63

65

67

69

Comandante

73

74

74

74

b) Cuerpo Militar de Intervención:

Empleos

Escala de Oficiales

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

General de División

3

3

3

2

General de Brigada

4

4

4

4

Coronel

25

25

25

25

Teniente Coronel

65

64

63

62

Comandante

91

90

89

88

c) Cuerpo Militar de Sanidad:

Empleos

Escalas

Oficiales

Oficiales Enfermeros

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

General de División

1

1

1

1

 

 

 

 

General de Brigada

10

9

9

9

 

 

 

 

Coronel

101

100

98

96

 

 

 

 

Teniente Coronel

430

428

426

424

8

9

10

10

Comandante

438

436

434

432

51

56

61

67

 

d) Cuerpo de Músicas Militares:

Empleos

Escalas

Oficiales

Suboficiales

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

2009/
2010

2010/
2011

2011/
2012

2012/
2013

Coronel

1

1

1

1

 

 

 

 

Teniente Coronel

5

5

5

5

 

 

 

 

Comandante

8

9

9

10

 

 

 

 

Suboficial Mayor

 

 

 

 

28

29

30

30

Subteniente

 

 

 

 

150

151

152

152

Brigada

 

 

 

 

154

153

153

153

5. Plantilla indistinta de Oficiales Generales:

Periodo

2009/2010

2010/2011

2011/2012

2012/2013

Oficiales Generales

48

47

46

45

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 05/06/2009
  • Fecha de publicación: 08/06/2009
  • Fecha de entrada en vigor: 09/06/2009
  • Vigencia del anexo desde el 1 de julio de 2009 hasta el 30 de junio de 2013.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN sobre fijación de las plantillas para el período 2013-2017: Real Decreto 386/2013, de 31 de mayo (Ref. BOE-A-2013-5772).
  • SE MODIFICA la disposición final 5.2 y el anexo, por Real Decreto 1095/2011, de 22 de julio (Ref. BOE-A-2011-12866).
Referencias anteriores
  • DEROGA el art. 2.3 del capítulo II del Real Decreto 912/2002, de 6 de septiembre (Ref. BOE-A-2002-17521).
  • MODIFICA el art. 3 del Real Decreto 1928/1991, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-1992-260).
  • AÑADE la disposición adicional 6 al Real Decreto 416/2006, de 11 de abril (Ref. BOE-A-2006-7168).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 16.3 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre (Ref. BOE-A-2007-19880).
Materias
  • Fuerzas Armadas
  • Plantillas

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