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Documento BOE-A-2009-9717

Sentencia de 10 de marzo de 2009, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara nulo el párrafo segundo del artículo 36 y el inciso "del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio" del apartado 5.4 del Plan Nacional de Numeración Telefónica incluido como Anexo en el Real Decreto nº 2296/2004, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre mercados de comunicaciones electrónicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 11 de junio de 2009, páginas 49360 a 49360 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Supremo
Referencia:
BOE-A-2009-9717

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo n.º 61/2005, interpuesto por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, representada por el Procurador don Álvaro Arana Moro, la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 10 de marzo de 2009, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

Que declaramos estimar en parte el presente recurso contencioso-administrativo n.º 1/61/2005, interpuesto por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, contra el Real Decreto n.º 2966/2004, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre mercados de comunicaciones electrónicas; anulamos el párrafo segundo del artículo 36 y el inciso «del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio» del apartado 5.4 del Plan Nacional de Numeración Telefónica incluido como anexo en dicho Real Decreto; sin expresa condena en costas.

Publíquese este fallo en el «Boletín Oficial del Estado» a los efectos previstos en el artículo 72 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Presidente: Excmo. Sr. D. Fernando Ledesma Bartret; Magistrados: Excmo. Sr. D. Óscar González González; Excmo. Sr. D. Manuel Campos Sánchez-Bordona; Excmo. Sr. D. Eduardo Espín Templado; Excmo. Sr. D. José Manuel Bandrés Sanchez-Cruzat.

Asimismo, la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo, ha dictado Auto de aclaración, en fecha 12 de mayo de 2009, del siguiente tenor:

La Sala acuerda:

Rectificar el error material en que se ha incurrido en la sentencia de 10 de marzo de 2009, dictada en el recurso contencioso-administrativo n.º 61/2005, y donde se dice en el Fallo de la Sentencia «Real Decreto 2966/2004, de 10 de diciembre», debe decir «Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre».

Publíquese este acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» a los efectos previstos en el artículo 72 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

ANÁLISIS

  • Rango: Sentencia
  • Fecha de disposición: 10/03/2009
  • Fecha de publicación: 11/06/2009
  • Fecha de entrada en vigor: 11/06/2009
Referencias anteriores
  • DECLARA la nulidad del párrafo 2 del art. 36 y el inciso indicado, del Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-21841).
Materias
  • Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones
  • Plan Nacional de Numeración para los Servicios de Telecomunicaciones
  • Redes de telecomunicación
  • Teléfonos
  • Tribunal Supremo

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