El Real Decreto 435/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Inventario nacional de zonas húmedas (artículo 9.3 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad), establece en su artículo 4 que la inclusión de una zona húmeda en el inventario se llevará a cabo mediante Resolución motivada de esta Dirección General, a propuesta del órgano competente de la Comunidad Autónoma, previa notificación al correspondiente organismo de cuenca para su informe.
En el artículo 4 de dicho Real Decreto también se establece que las resoluciones de inclusión serán publicadas en el Boletín Oficial del Estado, con expresión del nombre, código, superficie, localización geográfica y Comunidad Autónoma.
Por todo lo anterior, a propuesta de la Dirección General de Medio Natural del Gobierno de La Rioja y tras informe favorable del organismo de cuenca correspondiente, se dispone la inclusión en el Inventario Español de Zonas Húmedas de los siguientes 49 humedales de la Comunidad de La Rioja, cuyos nombres, códigos, superficies y localizaciones geográficas se incluyen como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 19 de enero de 2010.–El Director General de Medio Natural y Política Forestal, José Jiménez García-Herrera.
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