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Documento BOE-A-2011-19702

Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, hecho en Lisboa el 11 de septiembre de 2009. Firma por parte de la República del Paraguay.

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 19 de diciembre de 2011, páginas 138625 a 138626 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2011-19702
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/2011/10/28/(3)

TEXTO ORIGINAL

El 28 de octubre de 2011 la República del Paraguay ha procedido a la firma del Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, hecho en Lisboa el 11 de septiembre de 2009, así como al depósito de sus respectivos anexos debidamente cumplimentados.

El texto del Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 7, de 8 de enero de 2011, páginas 1630 a 1643, junto con el texto del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, páginas 1645 a 1665.

El contenido de los anexos cumplimentados por la República del Paraguay es el siguiente:

ANEXO I
Autoridades competentes

(Artículo 2.1)

Por la República del Paraguay, el Ministerio de Justicia y Trabajo.

ANEXO II
Instituciones competentes en los Estados Parte del Convenio

(Artículo 2.2)

Por la República del Paraguay el Instituto de Previsión Social (IPS), Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda, Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), Caja Paraguaya de Jubilaciones y Pensiones del Personal de la Itaipú Binacional, Fondo de Jubilaciones y Pensiones para Miembros del Poder Legislativo, Caja de Seguros Sociales y Obreros Ferroviarios, Caja de Jubilaciones y Pensiones de Empleados Bancarios y Afines, Caja de Jubilaciones y Pensiones del Personal Municipal.

ANEXO III
Organismos de enlace en cada uno de los Estados Parte del Convenio

(Artículo 2.3)

Paraguay: Instituto de Previsión Social (IPS).

ANEXO IV
Regla de cálculo para el pago de pensiones

(Artículo 13.3)

(En blanco)

ANEXO V
Acuerdos sobre reembolsos de gastos administrativos y médicos

(Artículo 25.2)

(En blanco)

Conforme a lo previsto en su artículo 33, el Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social entró en vigor el 28 de octubre de 2011 entre Paraguay y los Estados que habían procedido anteriormente a la firma del Acuerdo: Brasil, Bolivia, España, Ecuador y Uruguay.

Madrid, 2 de diciembre de 2011.–La Secretaria General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Rosa Antonia Martínez Frutos.

ANÁLISIS

  • Rango: Nota Diplomática
  • Fecha de disposición: 28/10/2011
  • Fecha de publicación: 19/12/2011
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 2 de diciembre de 2011.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 312, de 28 de diciembre de 2011 (Ref. BOE-A-2011-20356).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Acuerdo de 11 de septiembre de 2009 (Ref. BOE-A-2011-396).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Organización Iberoamericana de Seguridad Social
  • Paraguay
  • Seguridad Social

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