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Documento BOE-A-2011-8688

Sentencia de 21 de marzo de 2011, dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula el inciso "factor 0,8" que figura en el artículo 14 de la Orden ITC/3863/2007, de 28 de diciembre, cuyo tenor es el siguiente: En el caso de suministro de gas natural mediante redes de distribución suministradas desde una planta satélite de gas natural licuado, se procederá a multiplicar tanto el término fijo como el variable del término de conducción establecido en el anexo I que correspondan a cada usuario por el factor 0,8.

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 19 de mayo de 2011, páginas 50094 a 50094 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Supremo
Referencia:
BOE-A-2011-8688

TEXTO ORIGINAL

En el Recurso contencioso-administrativo número 468/2009, interpuesto por la Procuradora doña Beatriz Ruano Casanova, en nombre y representación de «Tabicesa, S.A.», la Sala Tercera (Sección Tercera) ha dictado sentencia en fecha 21 de marzo de 2011, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

Primero.–Estimar el recurso contencioso-administrativo 468/2009, interpuesto por «Tabicesa, S.A.», contra la Orden ITC/3863/2007, de 28 de diciembre, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas para el año 2008 y se actualizan determinados aspectos relativos a la retribución de las actividades reguladas del sector gasista.

Segundo.–Anular el inciso «factor 0,8» que figura en el artículo 14 de la citada Orden, cuyo tenor es el siguiente: «En el caso de suministro de gas natural mediante redes de distribución suministradas desde una planta satélite de gas natural licuado, se procederá a multiplicar tanto el término fijo como el variable del término de conducción establecido en el anexo I que correspondan a cada usuario por el factor 0,8.».

Tercero.–No hacer imposición de costas.

Cuarto.–Ordenar la publicación de este fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Así por esta nuestra sentencia, que deberá insertarse en la Colección Legislativa, lo pronunciamos, mandamos y firmamos: Pedro José Yagüe.–Manuel Campos.–Eduardo Espín.–José Manuel Bandrés.–María Isabel Perelló.–Rubricados.

ANÁLISIS

  • Rango: Sentencia
  • Fecha de disposición: 21/03/2011
  • Fecha de publicación: 19/05/2011
Referencias anteriores
  • DECLARA la nulidad del inciso indicado del art. 14 de la Orden ITC/3863/2007, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2007-22461).
Materias
  • Distribución de energía
  • Gas
  • Precios
  • Suministro de energía
  • Tarifas
  • Tasas
  • Tribunal Supremo

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