Habiendo observado error en el texto de la citada Ley, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 12, de 14 de enero de 2012, se detalla su oportuna corrección:
En la página 2312, en el artículo 56, donde dice:
Se modifica el apartado 7 del artículo 138 de la Ley 18/2002, que queda redactado del siguiente modo:
7. La liquidación de la cooperativa descalificada ha de realizarse en el plazo de tres años a contar desde que la resolución de descalificación sea firme, de acuerdo con lo establecido por los artículos 87, 88 y 89. Transcurrido este plazo, se debe actuar de acuerdo con lo establecido por el artículo 190.»
debe decir:
Se modifica el apartado 7 del artículo 138 de la Ley 18/2002, que queda redactado del siguiente modo:
7. La liquidación de la cooperativa descalificada ha de realizarse en el plazo de tres años a contar desde que la resolución de descalificación sea firme, de acuerdo con lo establecido por los artículos 87, 88 y 89. Transcurrido este plazo, se debe actuar de acuerdo con lo establecido por el artículo 90.»
(Publicada en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» número 6053, de 26 de enero de 2012.)
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