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Documento BOE-A-2012-2975

Corrección de errores de la Aplicación provisional del Convenio de extradición entre el Reino de España y el Reino de Marruecos, hecho en Rabat el 24 de junio de 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2012, páginas 17961 a 17961 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2012-2975
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/2009/06/24/(1)/corrigendum/20120302

TEXTO ORIGINAL

Detectada una discordancia entre los textos en español, árabe y francés, mediante el canje de Notas Verbales entre el Reino de España y el Reino de Marruecos de 27 de octubre de 2009 y 20 de mayo de 2011, se ha acordado introducir en el texto publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 238, de 2 de octubre de 2009, las siguientes rectificaciones:

– En el artículo 22 se añade un último párrafo, que dice lo siguiente:

Las disposiciones del presente artículo no impedirán que se pueda enviar temporalmente al inculpado para que comparezca ante las autoridades judiciales de la Parte que solicita la extradición, siempre que dichas autoridades garanticen su devolución una vez haya concluido el procedimiento.

– El artículo 22 bis queda como sigue:

1. La Parte requerida podrá, una vez aceptada la solicitud de extradición, aplazar la entrega de la persona reclamada si estuviera procesada o si estuviera cumpliendo una pena en el territorio de la Parte requerida por causa de otro delito, hasta que se termine el proceso o cumpla la pena que se le haya impuesto.

2. En lugar de aplazar la extradición, la Parte requerida podrá entregar temporalmente a la persona reclamada a la Parte requirente de conformidad con las condiciones que hayan acordado las dos Partes.

3. Asimismo, se podrá aplazar la extradición de la persona reclamada por su estado de salud, en el caso de que el viaje pueda poner su vida en peligro o pueda hacer que su estado de salud se deteriore gravemente.

– Se suprime la numeración de los párrafos en los artículos 15 y 17.

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 02/03/2012
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores en el Convenio de 24 de junio de 2009 (Ref. BOE-A-2009-15671).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Enjuiciamiento Criminal
  • Extradición
  • Marruecos

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