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Documento BOE-A-2012-4068

Resolución de 7 de marzo de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica la revisión salarial 2011-2012 del Convenio colectivo de La Casera, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 23 de marzo de 2012, páginas 25353 a 25369 (17 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2012-4068
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2012/03/07/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial 2011-2012 del Convenio Colectivo de la empresa La Casera, S.A., (Código de Convenio n.º 90014262012003) aprobada en acta suscrita con fecha 26 de enero de 2012 de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma y, de otra, por el Comité Intercentros en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de marzo de 2012.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE FIRMA DEL IV CONVENIO COLECTIVO NACIONAL DE LA COMPAÑÍA LA CASERA, S.A. PARA EL AÑO 2011 (APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL 2011 DE 0,5%)

En Toledo, a 26 de Enero de 2012, se celebra reunión del Comité Intercentros y Comisión Negociadora del IV Convenio Colectivo Nacional de la Compañía La Casera, S.A.

Por la dirección de la Empresa:

Acitores, José Luis.

Esteban, Francisco Javier.

Moreno, Francisco.

Taboada, Evangelina.

Por el Comité Intercentros:

Criado, Roberto (CC.OO.).

Cano, Javier (CC.OO.).

García, Alejandro (CC.OO.).

Mendiguchía, José Antonio (CC.OO.).

Pérez, Pedro Luis (CC.OO.).

Rodríguez, Rafael (CC.OO.).

Toribio, José Luis (CC.OO.).

Orive, Andrés (U.G.T.).

Blanco, José Luis (U.S.O.).

Se procede a los efectos oportunos a la actualización y firma de las tablas y anexos de contenido económico de 2011, de conformidad a lo previsto en el «Artículo 21 Cláusula de Revisión Salarial» del IV Convenio Colectivo Nacional de la Compañía La Casera, S.A., que firmado en 2011, estipuló un incremento inicial de aquellos en el 1% para el ejercicio 2011, y que tras la toma en consideración del IPC real del 2,4%, se procede a la actualización de las mismas en el máximo previsto de +0,5%, y que una vez firmadas por ambas partes, se acuerda enviar a la Dirección General de Trabajo para su registro, depósito y publicación.

A los efectos de proceder al Registro telemático del IV Convenio Colectivo Nacional de la Compañía La Casera, S.A., ante la Dirección General de Trabajo en su división de Registro de Convenios (REGCON), los firmantes de este acta delegan en la persona de Francisco Javier Esteban Sáez, con D.N.I. 08.958.305 N, en calidad de Apoderado de la Compañía, para el registro del mismo, a través de firma digital.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, en el lugar y fecha indicados y de ella el presente acta para su firma por los asistentes.

ANEXO I
Tabla de horas extras y festivos 2011

Personal jornada trabajo diurno

Categorías

Coefic. Salarial

Euros

H. Extras

Euros

Festivos

Euros

Aprendiz

61

9,15

64,08

Peones

100

15,00

105,01

Subalternos

110

15,76

110,30

Ayudantes Espec., y Aux. Adtivos.

115

16,16

113,10

Oficiales 2.ª

120

16,57

116,00

Oficiales 1.ª

130

17,43

122,01

Enc. Grupo, y Capataces Turno

140

18,33

128,28

Enc. Sección, Jefes Sección, y Tec. Tit. Medios

170

21,16

148,15

Enc. General, Jefes Departam., y Tec. Tit. Superior

200

24,15

169,05

Personal jornada trabajo nocturno

Categorías

Coefic. Salarial

Euros

H. Extras

Euros

Festivos

Euros

Aprendiz

61

12,26

85,86

Peones

100

20,10

140,71

Subalternos

110

21,11

147,80

Ayudantes Espec., y Aux. Adtivos.

115

21,65

151,55

Oficiales 2.ª

120

22,20

155,43

Oficiales 1.ª

130

23,36

163,50

Enc. Grupo, y Capataces Turno

140

24,56

171,90

Enc. Sección, Jefes Sección, y Tec. Tit. Medios

170

28,36

198,52

Enc. General, Jefes Departam., y Tec. Tit. Superior

200

32,36

226,52

ANEXO II
Salario de convenio 2011

Categorías

Coef. salar.

Períodos

Salario base de convenio

Euros

Plus de convenio

Euros

Retribución de convenio

Euros

Aprendiz.

61

Anuales

6.901,98

2.426,65

9.328,62

Mensuales

431,38

151,66

583,04

Diarios

14,23

5,00

19,23

Peones.

100

Anuales

11.314,71

3.978,10

15.292,82

Mensuales

707,18

248,63

955,79

Diarios

23,33

8,20

31,53

Subalternos.

110

Anuales

12.446,19

3.616,47

16.062,65

Mensuales

777,89

226,03

1.003,92

Diarios

25,66

7,46

33,12

Ayudantes, Espec. y Aux. Adtivos.

115

Anuales

13.011,91

3.459,21

16.471,13

Mensuales

813,25

216,20

1.029,44

Diarios

26,83

7,13

33,96

Oficiales 2.ª.

120

Anuales

13.577,66

3.315,08

16.892,74

Mensuales

848,60

207,20

1.055,79

Diarios

28,00

6,84

34,83

Oficiales 1.ª.

130

Anuales

14.709,12

3.060,06

17.769,18

Mensuales

919,33

191,25

1.110,57

Diarios

30,33

6,31

36,64

Enc, Grupo y Capataces.

140

Anuales

15.840,58

2.841,50

18.682,07

Mensuales

990,04

177,60

1.167,64

Diarios

32,66

5,86

38,52

E. Sección, Jefe Sección y Téc. Tit. Medios.

170

Anuales

19.234,99

2.340,07

21.575,06

Mensuales

1.202,19

146,25

1.348,44

Diarios

39,66

4,82

44,48

Encargado General Jefe Departamento y Téc. Tit. Superior.

200

Anuales

22.629,43

1.989,05

24.618,48

Mensuales

1.414,34

124,31

1.538,66

Diarios

46,66

4,10

50,76

Gratificación fecha disfrute vacaciones 2011

Período comprendido: Desde el 1 enero al 15 junio y del 15 septiembre al 31 diciembre.

Total días: 25 días laborables vac = 22 días laborables de gratif. f. disfr. vac

Categorías

Coef. salar.

Coeficiente por cada día laborable disfrutado

Gratif. fecha disfr. vacaciones

Euros

Total por día vacaciones lab.

Euros

Aprendiz

61

0,88

19,24

16,93

Peones

100

0,88

31,53

27,75

Subalternos

110

0,88

33,12

29,15

Ayudantes Esp. y Aux. Admin. Cotización Diaria

115

0,88

33,96

29,88

Ayudantes Esp. y Aux. Admin. Cotización Mensual

115

0,88

34,31

30,19

Oficiales 2.ª Cotización Diaria

120

0,88

34,83

30,65

Oficiales 2.ª Cotización Mensual

120

0,88

35,19

30,97

Oficiales 1.ª Cotización Diaria

130

0,88

36,63

32,24

Oficiales 1.ª Cotización Mensual

130

0,88

37,02

32,58

Enc, Grupo y Capataces

140

0,88

38,92

34,25

E. Sección, Jefe Sección y Téc. Tit. Medios

170

0,88

44,94

39,55

Encargado General Jefe Departamento y Téc. Tit. Superior

200

0,88

51,29

45,14

ANEXO III
Tabla cálculo antigüedad para 2011

Categorías

Coef. salar.

Base anual

Euros

Base mensual

Euros

Base diaria

Euros

Peones

100

8.836,75

552,29

18,22

Subalternos

110

9.720,43

607,52

20,04

Ayudantes Espec., y Aux. Adtivos.

115

10.162,28

635,15

20,95

Oficiales 2.ª

120

10.604,12

662,76

21,86

Oficiales 1.ª

130

11.487,79

717,99

23,69

Enc. Grupo, y Capataces Turno

140

12.371,48

773,22

25,51

Enc. Sección, Jefes Sección, y Téc. Tit. Medios

170

15.022,50

938,91

30,97

Enc. General, Jefes Departam., y Téc. Tit. Superior.

200

17.673,54

1.104,59

36,44

ANEXO IV
Antigüedad 2011

Años empresa

F. ingreso

Porcentaje antigüedad

2

2009

5

3

2008

5

4

2007

10

5

2006

10

6

2005

10

7

2004

16

8

2003

16

9

2002

16

10

2001

22

11

2000

22

12

1999

22

13

1998

28

14

1997

28

15

1996

28

16

1995

34

17

1994

34

18

1993

34

19

1992

40

20

1991

40

21

1990

40

22

1989

46

23

1988

46

24

1987

46

25

1986

52

26

1985

52

27

1984

52

28

1983

58

29

1982

58

30

1981

58

31

1980

64

32

1979

64

33

1978

64

34

1977

70

35

1976

70

36

1975

70

ANEXO V
Tabla cálculo nocturnidad 2011

Categorías

Coefic. salarial

Base anual

Euros

Base mensual

Euros

Base diaria

Euros

Base hora

Euros

Precio hora

Euros

Peones

100

15.292,79

1.274,39

41,90

8,57

2,91

Subalternos

110

16.062,64

1.338,56

44,01

9,00

3,06

Ayudantes Espec., y Aux. Adtivos.

115

16.471,14

1.372,59

45,13

9,23

3,14

Oficiales 2.ª

120

16.892,70

1.407,73

46,28

9,47

3,22

Oficiales 1.ª

130

17.769,18

1.480,77

48,68

9,96

3,39

Enc. Grupo, y Capataces Turno

140

18.682,07

1.556,83

51,18

10,47

3,56

Enc. Sección, Jefes Sección, y Téc. Tit. Medios

170

21.575,06

1.797,92

59,11

12,09

4,11

Enc. General, Jefes Departam., y Téc. Tit. Superior

200

24.618,47

2.051,54

67,45

13,80

4,69

ANEXO VI
Tabla calculo prima producción 2011 Toledo y Sevilla

Porcentaje rendimiento

2011

Del 0 al 1

4,61

Del 1 al 2

4,66

Del 2 al 3

4,70

Del 3 al 4

4,75

Del 4 al 5

4,80

Del 5 al 6

4,85

Del 6 al 7

4,89

Del 7 al 8

4,94

Del 8 al 9

4,99

Del 9 al 10

5,05

Del 10 al 11

5,10

Del 11 al 12

5,15

Del 12 al 13

5,19

Del 13 al 14

5,25

Del 14 al 15

5,30

Del 15 al 16

5,35

Del 16 al 17

5,41

Del 17 al 18

5,46

Del 18 al 19

5,52

Del 19 al 20

5,58

Del 20 al 21

5,62

Del 21 al 22

5,68

Del 22 al 23

5,74

Del 23 al 24

5,80

Del 24 al 25

5,85

Del 25 al 26

5,91

Del 26 al 27

5,97

Del 27 al 28

6,03

Del 28 al 29

6,09

Del 29 al 30

6,15

Del 30 al 31

6,21

Del 31 al 32

6,28

Del 32 al 33

6,34

Del 33 al 34

6,40

Del 34 al 35

6,47

Del 35 al 36

6,53

Del 36 al 37

6,59

Del 37 al 38

6,67

Del 38 al 39

6,74

Del 39 al 40

6,80

Del 40 al 41

6,87

Del 41 al 42

6,94

Del 42 al 43

7,00

Del 43 al 44

7,07

Del 44 al 45

7,14

Del 45 al 46

7,22

Del 46 al 47

7,29

Del 47 al 48

7,36

Del 48 al 49

7,43

Del 49 al 50

7,52

Del 50 al 51

7,66

Del 51 al 52

7,81

Del 52 al 53

7,97

Del 53 al 54

8,13

Del 54 al 55

8,29

Del 55 al 56

8,46

Del 56 al 57

8,63

Del 57 al 58

8,80

Del 58 al 59

8,98

Del 59 al 60

9,15

Del 60 al 61

9,33

Del 61 al 62

9,53

Del 62 al 63

9,72

Del 63 al 64

9,91

Del 64 al 65

10,11

Del 65 al 66

10,32

Del 66 al 67

10,52

Del 67 al 68

10,72

Del 68 al 69

10,94

Del 69 al 70

11,17

Del 70 al 71

11,44

Del 71 al 72

11,73

Del 72 al 73

12,02

Del 73 al 74

12,31

Del 74 al 75

12,63

Del 75 al 76

12,94

Del 76 al 77

13,27

Del 77 al 78

13,59

Del 78 al 79

13,94

Del 79 al 80

14,29

Del 80 al 81

14,72

Del 81 al 82

15,15

Del 82 al 83

15,61

Del 83 al 84

16,08

Del 84 al 85

16,56

Del 85 al 86

17,11

Del 86 al 87

17,71

Del 87 al 88

18,32

Del 88 al 89

19,06

Del 89 al 90

19,82

Del 90 al 91

20,81

Del 91 al 92

21,85

Del 92 al 93

23,06

Del 93 al 94

24,44

Del 94 al 95

26,15

Del 95 al 96

28,24

Del 96 al 97

30,78

Del 97 al 98

33,86

Del 98 al 99

37,92

Del 99 al 100

43,61

Tabla cálculo prima producción 2011 Valladolid

Porcentaje rendimiento

2011

Del 0 al 1

4,63

Del 1 al 2

4,83

Del 2 al 3

4,91

Del 3 al 4

5,06

Del 4 al 5

5,15

Del 5 al 6

5,31

Del 6 al 7

5,41

Del 7 al 8

5,50

Del 8 al 9

5,60

Del 9 al 10

5,78

Del 10 al 11

5,88

Del 11 al 12

5,98

Del 12 al 13

6,09

Del 13 al 14

6,28

Del 14 al 15

6,39

Del 15 al 16

6,50

Del 16 al 17

6,62

Del 17 al 18

6,82

Del 18 al 19

6,95

Del 19 al 20

7,07

Del 20 al 21

7,20

Del 21 al 22

7,32

Del 22 al 23

7,55

Del 23 al 24

7,68

Del 24 al 25

7,82

Del 25 al 26

7,96

Del 26 al 27

8,10

Del 27 al 28

8,25

Del 28 al 29

8,41

Del 29 al 30

8,56

Del 30 al 31

8,72

Del 31 al 32

8,87

Del 32 al 33

9,03

Del 33 al 34

9,21

Del 34 al 35

9,38

Del 35 al 36

9,55

Del 36 al 37

9,72

Del 37 al 38

9,89

Del 38 al 39

10,09

Del 39 al 40

10,27

Del 40 al 41

10,45

Del 41 al 42

10,64

Del 42 al 43

10,83

Del 43 al 44

11,02

Del 44 al 45

11,22

Del 45 al 46

11,42

Del 46 al 47

11,62

Del 47 al 48

11,83

Del 48 al 49

12,04

Del 49 al 50

12,25

Del 50 al 51

12,47

Del 51 al 52

12,69

Del 52 al 53

12,92

Del 53 al 54

13,15

Del 54 al 55

13,38

Del 55 al 56

13,62

Del 56 al 57

13,87

Del 57 al 58

14,11

Del 58 al 59

14,36

Del 59 al 60

14,62

Del 60 al 61

14,88

Del 61 al 62

15,15

Del 62 al 63

15,42

Del 63 al 64

15,69

Del 64 al 65

15,97

Del 65 al 66

16,25

Del 66 al 67

16,54

Del 67 al 68

16,84

Del 68 al 69

17,14

Del 69 al 70

17,44

Del 70 al 71

17,75

Del 71 al 72

18,07

Del 72 al 73

18,39

Del 73 al 74

18,72

Del 74 al 75

19,05

Del 75 al 76

19,39

Del 76 al 77

19,74

Del 77 al 78

20,09

Del 78 al 79

20,45

Del 79 al 80

20,81

Del 80 al 81

21,06

Del 81 al 82

21,33

Del 82 al 83

21,59

Del 83 al 84

21,85

Del 84 al 85

22,11

Del 85 al 86

22,37

Del 86 al 87

22,63

Del 87 al 88

22,89

Del 88 al 89

23,15

Del 89 al 90

23,41

Del 90 al 91

23,88

Del 91 al 92

24,36

Del 92 al 93

25,09

Del 93 al 94

26,09

Del 94 al 95

27,40

Del 95 al 96

29,04

Del 96 al 97

31,65

Del 97 al 98

34,82

Del 98 al 99

39,00

Del 99 al 100

43,68

ANEXO VII
Tabla de incentivos a empleados para 2011

Categorías

Coef. salar.

Cuantía anual

Euros

Cuantía mensual

Euros

Cuantía diaria

Euros

Aprendiz

61

4.588,64

382,39

12,57

Peones

100

5.022,42

418,54

13,76

Subalternos

110

5.024,03

418,67

13,76

Ayudantes Espec., y Aux. Adtivos.

115

5.024,03

418,67

13,76

Oficiales 2.ª

120

5.031,89

419,32

13,79

Oficiales 1.ª

130

5.285,77

440,48

14,48

Enc. Grupo, y Capataces Turno

140

5.547,12

462,26

15,20

Enc. Sección, Jefes Sección, y Téc. Tit. Medios.

170

6.395,83

532,98

17,52

Enc. General, Jefes Departam., y Téc. Tit. Superior.

200

7.325,91

610,49

20,07

Otros conceptos: Año 2011

Conceptos

Precio hora

Precio día/efect.

Precio mensual

Precio anual

Cuantía dieta

Plus empresa mínimo antigüedad 3 años.

 

 

 

2.900

 

Dieta completa

 

 

 

 

52,72

Media dieta

 

 

 

 

26,36

Toxicidad

0,41

 

 

 

 

Puntualidad/Asistencia

 

 

17,19

189,09

 

Plus transporte

 

1,87

 

 

 

Quebranto moneda

 

 

 

 

 

Ayuda guardería

 

 

 

231,89

 

Ayuda escolar

 

 

 

240,88

 

Economato laboral

 

 

2,08

24,93

 

Prestación por hijo

 

 

14,07

168,83

 

Prestación cónyugue

 

 

40,15

481,80

 

Nupcialidad

 

 

 

816,49

 

Natalidad

 

 

 

326,27

 

Disminuidos

 

 

271,90

3.262,75

 

Paquete navidad

 

 

 

149,79

 

Becas bachiller y F.P.

 

 

 

534,33

 

Becas E. superiores

 

 

 

883,20

 

Baja Def. Inv.-55%

 

 

 

36.406,48

 

Baja Def. Inv.-75%

 

 

 

24.270,98

 

Baja Def.Inv.-55% mas de 12 I.T.

 

 

 

36.406,48

 

Baja Def.Inv.-75% mas de 12 I.T.

 

 

 

24.270,98

 

Baja Def. Inv.-55% entre 6 y 12 I.T.

 

 

 

38.746,76

 

Baja Def. Inv.-75% entre 6 y 12 I.T.

 

 

 

27.676,27

 

Baja Def. Inv.-55% menos de 6 I.T.

 

 

 

44.282,03

 

Baja Def. Inv.-75% menos de 6 I.T.

 

 

 

33.211,53

 

Edad de jubilación

Importe bruto euros

60 años

40.600,00

61 años

34.002,50

62 años

29.638,00

63 años

26.390,00

64 años

23.142,00

65 años

18.676,00

ACTA DE FIRMA DEL IV CONVENIO COLECTIVO NACIONAL DE LA COMPAÑÍA LA CASERA, S.A., PARA EL AÑO 2012

En Toledo, a 26 de Enero de 2012, se celebra reunión del Comité Intercentros y Comisión Negociadora del IV Convenio Colectivo Nacional de la Compañía La Casera, S.A.

Por la dirección de la Empresa:

Acitores, José Luis.

Esteban, Francisco Javier.

Moreno, Francisco.

Taboada, Evangelina.

Por el Comité Intercentros:

Criado, Roberto (CC.OO.).

Cano, Javier (CC.OO.).

García, Alejandro (CC.OO.).

Mendiguchía, José Antonio (CC.OO.).

Pérez, Pedro Luis (CC.OO.).

Rodríguez, Rafael (CC.OO.).

Toribio, José Luis (CC.OO.).

Orive, Andrés (U.G.T.).

Blanco, José Luis (U.S.O.).

Se procede a los efectos oportunos a la firma de las tablas y anexos de contenido económico de 2012, de conformidad a lo previsto en el Artículo 20 del IV Convenio Colectivo Nacional de la Compañía La Casera, S.A., que firmado en 2011, estipula un incremento de aquellos en el 1,5% para el ejercicio 2012, y que una vez firmado por ambas partes, se acuerda enviar a la Dirección General de Trabajo para su registro, depósito y publicación.

A los efectos de proceder al Registro telemático del IV Convenio Colectivo Nacional de la Compañía La Casera, S.A., ante la Dirección General de Trabajo en su división de Registro de Convenios (REGCON), los firmantes de este acta delegan en la persona de Francisco Javier Esteban Sáez, con D.N.I. 08.958.305 N, en calidad de Apoderado de la Compañía, para el registro del mismo, a través de firma digital.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, en el lugar y fecha indicados y de ella el presente acta para su firma por los asistentes.

ANEXO I
Tabla de horas extras y festivos 2012

Personal jornada trabajo diurno

Categorías

Coefic. salarial

H. extras

Euros

Festivos

Euros

Aprendiz

61

9,29

65,04

Peones

100

15,23

106,58

Subalternos

110

15,99

111,95

Ayudantes Espec., y Aux. Adtivos.

115

16,40

114,80

Oficiales 2.ª

120

16,82

117,74

Oficiales 1.ª

130

17,69

123,84

Enc. Grupo, y Capataces Turno

140

18,60

130,21

Enc. Sección, Jefes Sección, y Téc. Tit. Medios

170

21,48

150,37

Enc. General, Jefes Departam., y Téc. Tit. Superior

200

24,51

171,58

Personal jornada trabajo nocturno

Categorías

Coefic. salarial

H. extras

Euros

Festivos

Euros

Aprendiz

61

12,45

87,15

Peones

100

20,40

142,82

Subalternos

110

21,43

150,01

Ayudantes Espec., y Aux. Adtivos.

115

21,98

153,83

Oficiales 2.ª

120

22,54

157,77

Oficiales 1.ª

130

23,71

165,95

Enc. Grupo, y Capataces Turno

140

24,93

174,48

Enc. Sección, Jefes Sección, y Téc. Tit. Medios

170

28,78

201,49

Enc. General, Jefes Departam., y Téc. Tit. Superior

200

32,85

229,92

ANEXO II
Salario de convenio 2012

Categorías

Coef. salar.

Periodos

Salario base de convenio

Euros

Plus de convenio

Euros

Retribución de convenio

Euros

Aprendiz.

61

Anuales

7.005,51

2.463,05

9.468,55

Mensuales

437,85

153,94

591,79

Diarios

14,41

5,07

19,48

Peones.

100

Anuales

11.484,43

4.037,77

15.522,21

Mensuales

717,78

252,36

970,13

Diarios

23,63

8,31

31,94

Subalternos.

110

Anuales

12.632,88

3.670,71

16.303,59

Mensuales

789,56

229,42

1.018,98

Diarios

25,99

7,55

33,55

Ayudantes, Espec. y Aux. Adtivos.

115

Anuales

13.207,09

3.511,10

16.718,19

Mensuales

825,45

219,44

1.044,88

Diarios

27,18

7,22

34,40

Oficiales 2.ª

120

Anuales

13.781,33

3.364,80

17.146,13

Mensuales

861,33

210,30

1.071,62

Diarios

28,36

6,92

35,28

Oficiales 1.ª

130

Anuales

14.929,75

3.105,96

18.035,72

Mensuales

933,12

194,12

1.127,23

Diarios

30,72

6,39

37,11

Enc, Grupo y Capataces.

140

Anuales

16.078,19

2.884,12

18.962,30

Mensuales

1.004,89

180,26

1.185,15

Diarios

33,08

5,93

39,02

E. Sección, Jefe Sección y Téc. Tit. Medios.

170

Anuales

19.523,52

2.375,17

21.898,69

Mensuales

1.220,22

148,45

1.368,67

Diarios

40,17

4,89

45,06

Encargado General Jefe Departamento y Téc. Tit. Superior.

200

Anuales

22.968,87

2.018,88

24.987,76

Mensuales

1.435,56

126,17

1.561,74

Diarios

47,26

4,15

51,42

Gratificación fecha disfrute vacaciones

Período comprendido: Desde el 1 enero al 15 junio y del 15 septiembre al 31 diciembre.

Total días: 25 días laborables vac = 22 días laborables de gratif. f. disfr. vac.

Categorías

Coef. salar.

Coeficiente por cada día laborable disfrutado

Gratif. fecha disfr. vacaciones

Euros

Total por día vacaciones lab.

Euros

Aprendiz

61

0,88

19,52

17,18

Peones

100

0,88

32,00

28,16

Subalternos

110

0,88

33,62

29,58

Ayudantes Esp. y Aux. Admin. Cotización Diaria

115

0,88

34,47

30,33

Ayudantes Esp. y Aux. Admin. Cotización Mensual

115

0,88

34,83

30,65

Oficiales 2.ª Cotización Diaria

120

0,88

35,36

31,11

Oficiales 2.ª Cotización Mensual

120

0,88

35,72

31,43

Oficiales 1.ª Cotización Diaria

130

0,88

37,18

32,72

Oficiales 1.ª Cotización Mensual

130

0,88

37,57

33,07

Enc, Grupo y Capataces

140

0,88

39,51

34,77

E. Sección, Jefe Sección y Téc. Tit. Medios

170

0,88

45,62

40,14

Encargado General Jefe Departamento y Téc. Tit. Superior

200

0,88

52,06

45,81

ANEXO III
Tabla cálculo antigüedad para 2012

Categorías

Coef. salar.

Base anual

Euros

Base mensual

Euros

Base diaria

Euros

Peones

100

8.969,30

560,58

18,46

Subalternos

110

9.866,24

616,64

20,30

Ayudantes Espec., y Aux. Adtivos.

115

10.314,71

644,68

21,22

Oficiales 2.ª

120

10.763,18

672,70

22,15

Oficiales 1.ª

130

11.660,10

728,76

23,99

Enc. Grupo, y Capataces Turno

140

12.557,05

784,81

25,84

Enc. Sección, Jefes Sección, y Tec. Tit. Medios

170

15.247,84

952,99

31,37

Enc. General, Jefes Departam., y Tec. Tit. Superior

200

17.938,64

1.121,16

36,91

ANEXO IV
Antigüedad 2012

Años empresa

F. ingreso

Porcentaje antigüedad

2

2010

5

3

2009

5

4

2008

10

5

2007

10

6

2006

10

7

2005

16

8

2004

16

9

2003

16

10

2002

22

11

2001

22

12

2000

22

13

1999

28

14

1998

28

15

1997

28

16

1996

34

17

1995

34

18

1994

34

19

1993

40

20

1992

40

21

1991

40

22

1990

46

23

1989

46

24

1988

46

25

1987

52

26

1986

52

27

1985

52

28

1984

58

29

1983

58

30

1982

58

31

1981

64

32

1980

64

33

1979

64

34

1978

70

35

1977

70

36

1976

70

ANEXO V
Tabla cálculo nocturnidad 2012

Categorías

Coefic. salarial

Base anual

Euros

Base mensual

Euros

Base diaria

Euros

Base hora

Euros

Precio hora

Euros

Peones

100

15.522,19

1.293,51

42,41

8,70

2,96

Subalternos

110

16.303,58

1.358,63

44,55

9,14

3,11

Ayudantes Espec., y Aux. Adtivos.

115

16.718,21

1.393,18

45,68

9,37

3,19

Oficiales 2.ª

120

17.146,09

1.428,85

46,85

9,61

3,27

Oficiales 1.ª

130

18.035,72

1.502,98

49,28

10,11

3,44

Enc. Grupo, y Capataces Turno

140

18.962,30

1.580,19

51,81

10,63

3,61

Enc. Sección, Jefes Sección, y Téc. Tit. Medios

170

21.898,69

1.824,89

59,83

12,28

4,17

Enc. General, Jefes Departam., y Téc. Tit. Superior

200

24.987,74

2.082,32

68,27

14,01

4,76

ANEXO VI
Tabla calculo prima producción 2012 Toledo y Sevilla

Porcentaje rendimiento

2012

Del 0 al 1

4,68

Del 1 al 2

4,73

Del 2 al 3

4,77

Del 3 al 4

4,82

Del 4 al 5

4,87

Del 5 al 6

4,92

Del 6 al 7

4,97

Del 7 al 8

5,02

Del 8 al 9

5,07

Del 9 al 10

5,13

Del 10 al 11

5,17

Del 11 al 12

5,22

Del 12 al 13

5,27

Del 13 al 14

5,33

Del 14 al 15

5,38

Del 15 al 16

5,43

Del 16 al 17

5,49

Del 17 al 18

5,54

Del 18 al 19

5,60

Del 19 al 20

5,66

Del 20 al 21

5,71

Del 21 al 22

5,77

Del 22 al 23

5,83

Del 23 al 24

5,89

Del 24 al 25

5,94

Del 25 al 26

6,00

Del 26 al 27

6,06

Del 27 al 28

6,12

Del 28 al 29

6,18

Del 29 al 30

6,24

Del 30 al 31

6,30

Del 31 al 32

6,38

Del 32 al 33

6,44

Del 33 al 34

6,50

Del 34 al 35

6,57

Del 35 al 36

6,63

Del 36 al 37

6,69

Del 37 al 38

6,77

Del 38 al 39

6,84

Del 39 al 40

6,90

Del 40 al 41

6,97

Del 41 al 42

7,05

Del 42 al 43

7,11

Del 43 al 44

7,18

Del 44 al 45

7,25

Del 45 al 46

7,32

Del 46 al 47

7,40

Del 47 al 48

7,47

Del 48 al 49

7,54

Del 49 al 50

7,63

Del 50 al 51

7,77

Del 51 al 52

7,93

Del 52 al 53

8,09

Del 53 al 54

8,25

Del 54 al 55

8,42

Del 55 al 56

8,59

Del 56 al 57

8,76

Del 57 al 58

8,93

Del 58 al 59

9,11

Del 59 al 60

9,29

Del 60 al 61

9,47

Del 61 al 62

9,67

Del 62 al 63

9,86

Del 63 al 64

10,06

Del 64 al 65

10,26

Del 65 al 66

10,47

Del 66 al 67

10,68

Del 67 al 68

10,88

Del 68 al 69

11,10

Del 69 al 70

11,33

Del 70 al 71

11,61

Del 71 al 72

11,90

Del 72 al 73

12,20

Del 73 al 74

12,50

Del 74 al 75

12,81

Del 75 al 76

13,13

Del 76 al 77

13,47

Del 77 al 78

13,80

Del 78 al 79

14,15

Del 79 al 80

14,50

Del 80 al 81

14,94

Del 81 al 82

15,38

Del 82 al 83

15,84

Del 83 al 84

16,33

Del 84 al 85

16,81

Del 85 al 86

17,37

Del 86 al 87

17,98

Del 87 al 88

18,60

Del 88 al 89

19,35

Del 89 al 90

20,11

Del 90 al 91

21,12

Del 91 al 92

22,18

Del 92 al 93

23,41

Del 93 al 94

24,80

Del 94 al 95

26,54

Del 95 al 96

28,67

Del 96 al 97

31,24

Del 97 al 98

34,36

Del 98 al 99

38,49

Del 99 al 100

44,26

ANEXO VII
Tabla de incentivos a empleados para 2012

Categorías

Coef. salar.

Cuantía anual

Euros

Cuantía mensual

Euros

Cuantía diaria

Euros

Aprendiz

61

4.657,47

388,12

12,73

Peones

100

5.097,76

424,81

13,93

Subalternos

110

5.099,39

424,95

13,93

Ayudantes Espec., y Aux. Adtivos.

115

5.099,39

424,95

13,93

Oficiales 2.ª

120

5.107,36

425,61

13,95

Oficiales 1.ª

130

5.365,06

447,09

14,66

Enc. Grupo, y Capataces Turno

140

5.630,32

469,19

15,38

Enc. Sección, Jefes Sección, y Téc. Tit. Medios.

170

6.491,77

540,98

17,74

Enc. General, Jefes Departam., y Téc. Tit. Superior.

200

7.435,79

619,65

20,32

Otros conceptos: año 2012

Conceptos

Precio hora

Euros

Precio día/efect.

Euros

Precio mensual

Euros

Precio anual

Euros

Cuantía dieta

Euros

Plus empresa mínimo antigüedad 3 años

 

 

 

2.900

 

Dieta completa

 

 

 

 

53,51

Media dieta

 

 

 

 

26,75

Toxicidad

0,41

 

 

 

 

Puntualidad/asistencia

 

 

17,45

191,93

 

Plus transporte

 

1,89

 

 

 

Quebranto moneda

 

 

 

 

 

Ayuda guardería

 

 

 

235,36

 

Ayuda escolar

 

 

 

244,49

 

Economato laboral

 

 

2,11

25,31

 

Prestación por hijo

 

 

14,28

171,36

 

Prestación cónyugue

 

 

40,75

489,03

 

Nupcialidad

 

 

 

828,74

 

Natalidad

 

 

 

331,17

 

Disminuidos

 

 

275,97

3.311,69

 

Paquete Navidad

 

 

 

152,03

 

Becas Bachiller y F.P.

 

 

 

542,35

 

Becas E. Superiores

 

 

 

896,45

 

Baja Def. Inv.-55%

 

 

 

36.952,57

 

Baja Def. Inv.-75%

 

 

 

24.635,05

 

Baja Def.Inv.-55% mas de 12 I.T.

 

 

 

36.952,58

 

Baja Def.Inv.-75% mas de 12 I.T.

 

 

 

24.635,04

 

Baja Def. Inv.-55% entre 6 y 12 I.T.

 

 

 

39.327,96

 

Baja Def. Inv.-75% entre 6 y 12 I.T.

 

 

 

28.091,41

 

Baja Def. Inv.-55% menos de 6 I.T.

 

 

 

44.946,26

 

Baja Def. Inv.-75% menos de 6 I.T.

 

 

 

33.709,70

 

Edad de jubilación

Importe bruto euros

60 años

41.209,00

61 años

34.512,54

62 años

30.082,57

63 años

26.785,85

64 años

23.489,13

65 años

18.956,14

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/03/2012
  • Fecha de publicación: 23/03/2012
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 14 de septiembre de 2011 (Ref. BOE-A-2011-15258).
Materias
  • Bebidas
  • Bebidas analcohólicas
  • Convenios colectivos

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