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Documento BOE-A-2012-8890

Resolución de 11 de junio de 2012, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera, de 20 de septiembre de 2011, que ha devenido firme.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 3 de julio de 2012, páginas 47351 a 47351 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2012-8890

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el Boletín Oficial del Estado el fallo de la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera constituida en Pleno, de 20 de septiembre de 2011, que ha devenido firme.

En el recurso de casación número 278/2008, seguido ante el Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, interpuesto por el abogado del Estado, en representación de la Dirección General de los Registros y del Notariado, contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Valencia, rollo número 480/2007, de 11 de diciembre de 2007, que estimó el recurso de apelación interpuesto por doña Laura María de la Cruz Cano Zamorano, contra la sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia, de 25 de junio de 2007, en autos del juicio verbal número 0068/2007, que desestimó la demanda interpuesta por la representación procesal de la registradora Mercantil referida, frente a la resolución estimatoria de la Dirección General de los Registros y del Notariado, de 15 de noviembre de 2006, sin expresa imposición de las costas causadas,

FALLAMOS:

Desestimar el recurso de casación interpuesto por la Dirección General de los Registros y del Notariado contra la Sentencia dictada por la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Valencia con fecha 11 de diciembre de 2007, en el rollo de apelación número 480 de 2007, dimanante del juicio verbal 68/2007 del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia; sin hacer especial declaración en cuanto a las costas causadas.

Publíquese esta resolución conforme a derecho, y devuélvanse a la Audiencia los autos originales y rollo de apelación remitidos con testimonio de esta resolución a los efectos procedentes.

Así, por esta nuestra sentencia, que se insertará en la Colección Legislativa pasándose al efecto las copias necesarias, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Don Juan Antonio Xiol Ríos. Don Xavier O’Callaghan Muñoz. Don Jesús Corbal Fernández. Don Francisco Marín Castán. Don José Ramón Ferrándiz Gabriel. Don José Antonio Seijas Quintana. Don Antonio Salas Carceller. Doña Encarnación Roca Trías. Don Francisco Javier Arroyo Fiestas. Don Román García Varela. Magistrados del Tribunal Supremo, Sala Primera. Firmado y rubricado.

Madrid, 11 de junio de 2012.–El Director General de los Registros y del Notariado, Joaquín José Rodríguez Hernández.

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