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Documento BOE-A-2012-8989

Orden SSI/1464/2012, de 21 de junio, por la que se modifica la Orden SPI/3495/2011, de 14 de diciembre, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 4 de julio de 2012, páginas 47929 a 47930 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2012-8989
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2012/06/21/ssi1464

TEXTO ORIGINAL

El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, dispone que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o Diario oficial correspondiente.

En consecuencia, para dar cumplimiento a lo establecido en dicho artículo y con el fin de completar la relación de ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos dependientes, se procede a modificar la Orden SPI/3495/2011, de 14 de diciembre, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, creando un nuevo fichero con datos de carácter personal que facilita la gestión y posibilita el conocimiento del perfil sociofamiliar de los usuarios de la Red Pública de Servicios Sociales de Atención Primaria, así como el proceso de intervención social.

En la tramitación de esta orden ha emitido informe preceptivo la Agencia Española de Protección de Datos.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Creación de fichero.

Se amplía el contenido del anexo I de la Orden SPI/3495/2011, de 14 de diciembre, con la creación de un nuevo fichero automatizado, denominado «Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales (SIUSS)», cuyos datos figuran como anexo de esta orden.

Artículo 2. Medidas de gestión y organización.

El titular del órgano responsable de estos ficheros adoptará, bajo la superior dirección de la persona titular del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en sus normas de desarrollo, y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados y no automatizados que contengan datos de carácter personal.

Artículo 3. Cesión de datos.

Los datos contenidos en este fichero solo podrán ser cedidos en los supuestos expresamente previstos por la ley.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de junio de 2012.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato Adrover.

ANEXO I

Denominación del fichero: Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales (SIUSS).

Finalidad y usos previstos del fichero: Finalidad: gestionar el sistema de información de usuarios de servicios sociales, según funciones atribuidas a la Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia, dependiente de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad. Los usos previstos del fichero son posibilitar el conocimiento del perfil sociofamiliar de los usuarios, así como el proceso de intervención social, de manera que se facilite el impulso, coordinación y seguimiento de los programas de actuación en materia de servicios sociales de atención primaria (Real Decreto 263/2010, de 20 de octubre).

Colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Usuarios de servicios sociales de atención primaria.

Procedencia y procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Directamente del interesado, por parte de los profesionales que les atienden.

Cesiones de datos y/o transferencias de datos que se prevean a países terceros: No hay cesión de datos.

Órgano Administrativo responsable del fichero: Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia. Subdirección General de Programas Sociales. Paseo de la Castellana, 67, 28003 Madrid.

Servicios o Unidades ante los cuales se podrá ejercitar el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Programas Sociales. Paseo de la Castellana, 67, 28003 Madrid.

Medidas de seguridad con indicación de nivel: Nivel Alto.

Estructura básica del fichero. Datos de carácter personal incluidos en el fichero: Datos personales: nombre, apellidos, DNI, domicilio, teléfono, fecha nacimiento, nacionalidad, sexo, discapacidad, referentes al origen racial o étnico, ingresos económicos, estado civil, datos laborales, datos del hábitat, datos de ayuda a domicilio, de maltrato infantil y de violencia de género. Concesiones de ayudas de servicios sociales.

Sistema de Tratamiento: Automatizado.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 21/06/2012
  • Fecha de publicación: 04/07/2012
  • Fecha de entrada en vigor: 05/07/2012
Referencias anteriores
  • AMPLIA el anexo I de la Orden SPI/3495/2011, de 14 de diciembre (Ref. BOE-A-2011-20172).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 20 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

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