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Documento BOE-A-2013-12838

Resolución de 27 de noviembre de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se corrigen errores en la de 5 de septiembre de 2013, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Grupo Importaco Frutos Secos.

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 7 de diciembre de 2013, páginas 97654 a 97654 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2013-12838
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2013/11/27/(3)

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el Convenio colectivo de Grupo Importaco Frutos Secos, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Empleo de 5 de septiembre de 2013, en el «BOE» núm. 225 de 19 de septiembre.

Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.

En la página 74183, Artículo 31. Salario de Convenio. Hay que añadir en la tabla que aparece en la página 74184, en el Grupo profesional operaciones y a continuación de Peón, las siguientes categorías:

Grupo profesional comercial

Salario bruto anual

Salario convenio diario

Prorrata pagas diaria

Peón Especialista

11.720,65

25,76

6,35

Oficial 3.ª

13.390,21

29,43

7,26

Oficial 2.ª

15.109,45

33,21

8,19

Oficial 1.ª

15.519,16

34,11

8,41

En la página 74185, artículo 32.3, hay que añadir el cuadro del importe bruto anual Flexibilidad en Delegaciones Comerciales:

Funciones

Importe bruto anual Flexibilidad en Delegaciones Comerciales

Oficial 3.ª

2.417

Peón Especialista

2.203

Oficial 2.ª Admón.

2.733

Aux. Administrativa

2.417

Asp. Administrativa

2.203

Madrid, 27 de noviembre de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/11/2013
  • Fecha de publicación: 07/12/2013
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores del Convenio publicado por Resolución de 5 de septiembre de 2013 (Ref. BOE-A-2013-9727).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Importaciones
  • Productos alimenticios

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