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El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 17 de diciembre actual, dictado en los recursos de inconstitucionalidad números 803-2010 y 2977-2010 acumulados, ha acordado «Tener por desistido al Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, en los recursos de inconstitucionalidad núms. 803-2010 y 2977-2010 interpuestos, respectivamente, contra el Decreto-ley del Consell de la Generalitat Valenciana 1/2010, de 7 de enero, de medidas de protección y revitalización del conjunto histórico de la ciudad de Valencia y contra los arts. 1, 2, 3, el apartado 2 de la disposición derogatoria y el párrafo segundo de la disposición final segunda de la Ley de la Generalitat Valenciana 2/2010, de 31 de marzo, de medidas de protección y revitalización del conjunto histórico de la ciudad de Valencia, declarando extinguido el proceso». Recursos que fueron admitidos a trámite por providencias de 18 de febrero de 2010 y 14 de abril de 2010 («Boletín Oficial del Estado» núms. 51 y 96, de 27 de febrero de 2010 y 21 de abril de 2010) respectivamente.
Madrid, 17 de diciembre de 2013.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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