La Sala Primera del Tribunal Constitucional, por Auto de 3 de junio actual, ha acordado declarar extinguida por desaparición sobrevenida de su objeto, la cuestión de inconstitucionalidad número 1457/2013, planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Santander, en relación con el artículo 2 de la Ley de Cantabria 2/2011, de 4 de abril, por la que se modifica la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y del Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, a la que se añade una nueva disposición adicional sexta, por posible vulneración de los artículos 149.1.6 y 149.1.18 en relación con los artículos 9.3, 24.1, 106.1, 117, 118 todos ellos de la Constitución. Admitida a trámite («Boletín Oficial del Estado» número 94, de 19 de abril de 2013).
Madrid, 3 de junio de 2013.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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