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Documento BOE-A-2013-8352

Resolución de 17 de julio de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales del Convenio colectivo de Essilor España, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 2013, páginas 55674 a 55678 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2013-8352
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2013/07/17/(9)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales del Convenio colectivo de la empresa Essilor España, SA (código de convenio nº 90015812012007) que fue suscrito con fecha 29 de mayo de 2013, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma y de otra por el Comité Intercentros en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas saláriales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 17 de julio de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ESSILOR ESPAÑA, S.A.
Acuerdos
Primero.

Se modifican las tablas salariales iniciales, anexo I, respecto de la distribución de los conceptos salariales para todo el personal de Essilor España, S.A., siendo asimismo actualizadas a valores del ejercicio 2013.

Dicho anexo tendrá la siguiente redacción:

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Segundo.

El presente acuerdo será de aplicación con efectos de 1 de enero de 2013.

Tercero.

Por unanimidad de la Comisión Negociadora se aprueban las Tablas Salariales Iniciales 2013 en los términos aquí redactados.

Cuarto.

Se da por finalizado el periodo negociaciones.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 17/07/2013
  • Fecha de publicación: 30/07/2013
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 1 de julio de 2009 (Ref. BOE-A-2009-11795).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Óptica y Optometría

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