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Documento BOE-A-2014-12015

Resolución de 7 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acta del acuerdo sobre la revisión salarial del Convenio colectivo de Aldeas Infantiles SOS de España.

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 20 de noviembre de 2014, páginas 95269 a 95271 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2014-12015
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2014/11/07/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo sobre la revisión salarial del V Convenio colectivo de la empresa Aldeas Infantiles SOS de España (código de convenio núm. 90012962012002) que fue suscrito con fecha 9 de abril de 2014, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y, de otra, por la organización sindical de UGT (FSP) que representa a la mayoría de los miembros del Comité de empresa y Delegados de personal, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 7 de noviembre de 2014.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA 2.ª REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL V CONVENIO COLECTIVO ALDEAS INFANTILES SOS ESPAÑA

Reunidos de una parte:

Aldeas Infantiles:

Doña Elena Valero.

Don José Ramón García.

UGT f FSPÌ:

Don Juan Carlos Rojo.

Don Ernesto Olmedillas.

Doña Raquel Campo.

Doña María José Carballo.

En Madrid, siendo las 10,00 horas del día 9 de abril de 2014, se reúnen en la sede de Aldeas Infantiles SOS España, las personas relacionadas al margen en representación de sus respectivas organizaciones a los fines establecidos en el artículo 10 del Convenio Colectivo de Aldeas Infantiles SOS España.

Por la parte social, se presenta un documento en el cual se da traslado a esta comisión paritaria una consulta en relación con los artículos números 10 y 19 del Convenio Colectivo instando a la organización para que se vigile el cumplimiento de lo establecido referente a la vacantes y a la promoción interna, pues existe según la parte social cierto malestar por cómo se aplican dichos artículos.

En respuesta de dicha solicitud, la representación de la Asociación manifiesta su compromiso en el cumplimiento del artículo número 19, así como en implementar la publicidad de los procedimientos de cobertura vacantes, así como de su comunicación al Comité de Empresa correspondiente.

Del mismo modo la representación de la organización ratifica su compromiso de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 10. GJ, del Convenio Colectivo que implica la comunicación a la comisión paritaria de la creación de nuevos puestos de trabajo, que si bien no se ha efectuado hasta este momento, ha sido porque la comisión no había sido constituida.

Con respecto a la revisión salarial pendiente para el ejercicio 2014, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 4, se abre una negociación al respecto que finaliza con acuerdo de llevar a efecto un incremento retributivo equivalente al 0,36 %, con efectos del día 1 de mayo. Este incremento retributivo se reflejará en las correspondientes tablas salariales que una vez elaboradas serán incorporadas como anexo del presente acta.

Por último, ambas partes acuerdan el cambio del domicilio de la comisión paritaria incorporado en el artículo 10 del Convenio Colectivo, que pasará a ubicarse a partir de la firma del presente acta, en Madrid, calle Angelita Cavero, número 9, CP 28029.

Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las 12,30 horas del mismo día.

Tabla salarial 2014 (0,36 %)

Personal directivo

 

Salario base

Dedicación especial

Atención continuada

Total

Director/a de Área

2.273,47

213,38

 

2.486,84

Director/a de Departamento

2.091,07

213,38

 

2.304,45

Director/a de Aldea Infantil v Residencia de Jóvenes

1.600,96

213,38

447,46

2.261,79

Director/a de Centro Programa Sociales

2.005,73

213,38

 

2.219,11

Director/a de Escuela de Formación

1.996,58

213,38

 

2,209,96

Director/a de Centro Primera Acogida y Valoración

1.996,58

213,38

 

2.209,96

Director/a de Programa

1,704,28

213,38

 

1.917,66

Ayudante de Dirección

1.704,28

213,38

 

1.917,66

Personal educativo

 

Salario base

Dedicación especial

Atención continuada

Jornada especial

Turnicidad

Total

Subgrupo 1

 

 

 

 

 

 

Educador Aldea

1.121,99

207,77

 

 

79,06

1.408,82

Educador/a de Residencia

1.121,99

207,77

 

 

79,06

1.408,82

Educador de Centro de primera acogida y valoración

1.121,99

207,77

 

 

79,06

1.408,82

Educador de Programa

1.121,99

234,35

 

 

 

1.356,34

Educador de CEI

1.159,62

 

 

 

 

1.159.62

Cuidador/a

1.055,25

 

 

 

 

1.055,25

Profesor/a de Apoyo

1.206,31

 

 

 

 

1.206,31

Monitor de Taller

1.055,25

 

 

 

 

1.055,25

Subgrupo 2

 

 

 

 

 

 

Educador/a Permanente (madre/padre SOS) N. Ingreso

781,83

 

335,72

 

 

1.539,23

Educador Permanente 1 año

806,51

 

370,28

 

 

1.598,47

Educador Permanente 2 año

831,15

 

421,68

 

 

1.674,51

Educador Permanente 4 año

855,94

 

474,38

 

 

1.752,00

Educador Permanente 7 año

880,72

 

527,68

 

 

1.830,08

Educador Permanente 10 año

949,88

 

546,78

 

 

1.918,34

Educador Permanente de comunal

781,83

 

335,72

 

 

1.539,23

Personal técnico

 

Salario base

Total

Técnico de Área

1.496,63

1.496,63

Técnico de Programa

1.496,63

1.496,63

Técnico de Formación

1.453,87

1.453,87

Psicología

1.453,87

1.453,87

Pedagogía

1.453,87

1.453,87

Trabajador/a Social

1.412,89

1.412,89

Logopeda

1.206,31

1.206,31

Personal de Administración y Servicios

 

Salario base

Total

Subgrupo 1

 

 

Jefe Administrativo/a

1.248,59

1.248,59

Oficial Administrativo/a

1.180,17

1.180,17

Auxiliar Administrativo/a

1.055,25

1.055,25

Recepcionista

1.055,25

1.055,25

Teleoperador/a

1.055,25

1.055,25

Subgrupo 2

 

 

Chófer/Mantenedor

1.120,32

1.120,32

Cocinero/a

1.055,25

1.055,25

Empleado/a del Servicio de Limpieza

1.055,25

1.055,25

Auxiliar de oficios

645,30

645,30

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/11/2014
  • Fecha de publicación: 20/11/2014
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 20 de febrero de 2013 (Ref. BOE-A-2013-2541).
Materias
  • Asistencia social
  • Asociaciones
  • Convenios colectivos
  • Organizaciones No Gubernamentales

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