Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el Boletín Oficial del Estado el fallo de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Cuarta, de 8 de marzo de 2013, que ha devenido firme.
En el recurso de apelación número 1182/2011, seguido ante la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Cuarta, interpuesto por la Abogacía del Estado, en nombre y representación de la Dirección General de los Registros y del Notariado, contra la sentencia de fecha 15 de noviembre de 2010, dictada en autos de juicio verbal número 1352/2010 del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Málaga que estimó la demanda formulada por doña M. C. G. R., procuradora de los tribunales, en nombre y representación de don Juan Francisco Ruiz-Rico Márquez, registrador de la Propiedad de Málaga número 10, frente a la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 25 de marzo de 2010, declarando nula por extemporaneidad la Resolución objeto de demanda, debiéndose entender que se ha producido resolución firme desestimatoria del recurso gubernativo interpuesto contra la calificación del actor, objeto del presente procedimiento, sin hacer especial pronunciamiento en costas,
FALLAMOS:
Que desestimando el recurso de apelación planteado por la Abogada del Estado, en representación de la Dirección General de los Registros y del Notariado, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de Málaga, debemos confirmar y confirmamos la citada resolución, con expresa imposición a la parte apelante de las costas procesales originadas en esta alzada.
Así por esta nuestra Sentencia, juzgando definitivamente en segunda instancia, la pronunciamos, mandamos y firmamos. Don José Javier Díez Núñez, presidente, don Joaquín Delgado Baena y don Alejandro Martín Delgado, magistrados de la Audiencia Provincial de Málaga.
Madrid, 7 de noviembre de 2014.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.
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