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Documento BOE-A-2014-1313

Resolución de 27 de enero de 2014, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acta referente a las tablas salariales para el año 2012 del I Convenio colectivo marco estatal de ocio educativo y animación sociocultural.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 2014, páginas 10779 a 10780 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2014-1313
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2014/01/27/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta en la que se contiene las tablas salariales para el año 2012 del I Convenio colectivo marco estatal de ocio educativo y animación sociocultural, (código de convenio n.º 99100055012011) que fue suscrito con fecha 18 de diciembre de 2013 de una parte por las asociaciones empresariales FOESC, AEEISSS y ANESOC en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos FE-CC.OO. y FSP-UGT en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de enero de 2014.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL I CONVENIO COLECTIVO MARCO ESTATAL DE OCIO EDUCATIVO Y ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL

En Madrid, a 18 de diciembre de 2013, siendo las 11:30 horas, se reúnen en el domicilio de CC.OO., en plaza de Cristino Martos, número 4, las representaciones de las organizaciones de FOESC y ANESOC, Federación de Enseñanza de CC.OO. y Federación de Servicios Públicos de UGT, firmantes del I Convenio Colectivo Marco Estatal de Ocio Educativo y Animación Sociocultural, cuya inscripción se ordenó por Resolución de la Dirección General de 22 de febrero de 2011 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 57, del día 8 de marzo de 2011.

Por parte de FOESC: José Luís Manzanares, Oriol Carbonell y José Luís Antolín.

Por parte de F.E.CC.OO.: Amadeu Atxara y Paloma Perona.

Por parte de AEEISSS: Justifica su ausencia.

Por parte de FSP-UGT: Pilar Mármol, Margarita Domínguez y Ernesto Olmedillas.

Por parte de ANESOC: Mercedes González y José Ignacio Olalla.

Desde la patronal AEEISSS delegan su voto en la patronal FOESC mediante el pertinente comunicado a la Comisión Paritaria.

Se acuerda la firma y remisión al BOE de las tablas salariales para el año 2012.

Las tablas salariales para el año 2012 firmadas se anexan a esta acta.

Se autoriza a la Secretaría de la Comisión Paritaria, concretamente, a la secretaria de la misma, Paloma Perona Mejías, para realizar las gestiones oportunas ante la Dirección General de Trabajo para el registro y publicación de este acuerdo.

Tablas salariales para el año 2012

 

 

Salario bruto mensual

Euros

Salario bruto anual

Euros

Grupo I. Personal directivo.

Director/a/Gerente.

1.413,84

19.793,76

Grupo II. Personal de gestión.

Jefe/a de departamento.

1.237,11

17.319,54

Director/a de programas, proyectos y equipamientos.

1.237,11

17.319,54

Coordinador/a de proyectos pedagógicos y de ocio.

1.192,93

16.700,99

Técnico/a de gestión sociocultural.

1.192,93

16.700,99

Grupo III. Personal de atención educativa y de ocio.

Coordinador/a de actividades y proyectos de centro.

1.060,38

14.845,32

Monitor/a de ocio educativo.

927,83

12.989,66

Animador/a sociocultural.

1.104,56

15.463,88

Experto/a en talleres.

1.038,29

14.536,04

Controlador/a de salas.

751,10

10.515,44

Técnico/a de información.

927,83

12.989,66

Titulado/a de grado.

1.148,75

16.082,43

Grupo IV. Personal de administración.

Técnico/a de gestión administrativa.

1.237,11

17.319,54

Agente comercial.

927,83

12.989,66

Oficial administrativo/a.

927,83

12.989,66

Taquillero/a.

839,47

11.752,55

Auxiliar administrativo.

839,47

11.752,55

Recepcionista/telefonista.

839,47

11.752,55

Grupo V. Personal de servicios generales.

Cocinero/a.

1.104,56

15.463,88

Ayudante/a de cocina.

924,75

12.946,50

Técnico/a de mantenimiento.

759,94

10.639,15

Conductor/a.

759,94

10.639,15

Limpiador/a.

759,94

10.639,15

Portero/a-Celador/a.

759,94

10.639,15

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/01/2014
  • Fecha de publicación: 07/02/2014
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • Art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con Convenio publicado por Resolución de 22 de febrero de 2011 (Ref. BOE-A-2011-4345).
Materias
  • Centros de animación sociocultural
  • Convenios colectivos
  • Ocio

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